CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO


En Sesiones Ordinarias celebradas en el mes de enero de 2008, el Consejo del Consejo de Defensa del Estado adoptó los siguientes acuerdos:

ACUERDO

Prorrogar por sesenta días el plazo para el cumplimiento de las transacciones acordadas en las causas “Municipalidad de Constitución con Roberto Urrutia Concha”, RIT N° 270-04 del Juzgado de Garantía de Constitución, y “Fisco con Talca Chillán, Sociedad Concesionaria Ltda.”, Rol N° 1.108-07 del Primer Juzgado de Letras de Talca.

ACUERDO

Prorrogar nuevamente por sesenta días el plazo para el cumplimiento de la transacción acordada en la causa “C.D.E. y Municipalidad de Caldera con Emilio Bianchi Falchi y Otros”, Rol N°4.597 del Juzgado del Crimen de Caldera.

ACUERDO

Rechazar la proposición de transacción en las causas “Hidráulica Sanitaria y Pavimentación Ltda. con Besalco S.A. y Sociedad Concesionaria Bas y Fisco”, Rol N° 10.409-07 del Décimo Juzgado Civil de Santiago, y “Mazú y Cía. Ltda. con Besalco S.A. y Sociedad Concesionaria Bas Dos S.A. y Fisco”, Rol N° 11.737-07 del Séptimo Juzgado Civil de Santiago.

ACUERDO

Rechazar la proposición de transacción en la causa “Caballero, Vicente con Dirección General de Carabineros”, Rol N°2.366-06 del Séptimo Juzgado del Trabajo de Santiago.

ACUERDO

Aprobar la solicitud de facilidades de pago en la causa “Fisco con Zenobio Villca Condori”, Rol N° 8.412-JG del Segundo Juzgado de Policía Local de Arica, en los términos recomendados por la Sección, sin perjuicio de especificar que la deuda se pagará en cuotas mensuales y sucesivas, a partir de la firma del respectivo escrito.

(La Sección recomendó aceptar la solicitud de facilidades de pago, en los siguientes términos: a) El Sr.Nelson Flores pagará la suma total de $1.739.861, conforme el siguiente detalle: al Fisco la suma de $1.600.515 y al Consejo de Defensa del Estado la suma de $139.346 por concepto de costas; b) El monto anterior será solucionado en cinco cuotas de $300.000 y una final de $239.861. El valor de las costas será imputado a la última cuota; c) Para efectos de la reajustabilidad futura, el monto acordado y sus cuotas será expresado en unidades de fomento, conforme el valor de dicha unidad a la fecha del acuerdo aprobatorio de Consejo; d) Se deberá incluir cláusula de aceleración; e)En garantía del cumplimiento de la obligación, se deberá mantener el embargo trabado en autos.)

ACUERDO

Aprobar la proposición de transacción en la causa “C/Hervé Gallardo Díaz”, Rol N°85.087 del Primer Juzgado del Crimen de Temuco, en los términos recomendados por la Sección.

(La Sección recomendó aceptar la propuesta de transacción, en los siguientes términos: a) El demandado pagará al Fisco la suma única y total de $2.000.000 al contado; b) En el marco de las concesiones reciprocas, el Fisco renuncia al saldo de lo demandado; c) Cada parte pagará sus costas.)

ACUERDO

Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Cecilia Aguilar Condori”, Rol N°892-06 del Primer Juzgado de Letras de Iquique, en los términos recomendados por la Procuraduría Fiscal.

(La Procuraduría Fiscal recomendó la aprobación en los siguientes términos: la Sra.Aguilar pagará la suma adeudada ascendente a $472.977, equivalente a 24,23 UF, en cuotas mensuales y sucesivas de $50.000, hasta cumplir íntegramente con la obligación.)

ACUERDO

Encomendar al Sr.Mackenney y a la Sra.Horvitz, en conjunto con el abogado patrocinante de la causa, la elaboración del escrito definitivo de solicitud de dictación de auto de procesamiento en la causa Rol N°972-2006, de la Fiscalía Militar, a cargo del Ministro en Visita Sr.Billard, debiendo considerarse las sugerencias formuladas por Sres. Consejeros.

ACUERDO

Recomendar a la Sección Penal que, en forma previa a la implementación de su decisión de establecer distintos grados de control de las causas penales a cargo de las Procuradurías Fiscales, se revisen las circulares existentes en este tipo de materias para evitar contradicciones. Asimismo, que en su oportunidad se comunique dicha decisión individualmente a cada Procuraduría, en forma verbal o por escrito, haciendo presente que se fundamenta en la experiencia producto de la interrelación de la Sección con esa Unidad.

ACUERDO

Entender que el Consejo está siempre facultado para conocer una nueva proposición de transacción en un juicio determinado, a pesar de un acuerdo en contrario, siempre que exista variación en las condiciones de la oferta.

ACUERDO

Someter nuevamente a consideración del Consejo el acuerdo alcanzado en la mediación Rol PTOMO-2007-01153, entre el Sr.Augusto Serón Ojeda y otros y el Servicio de Salud Llanquihue, Chiloé y Palena, incorporando en el acta respectiva las modificaciones sugeridas por los Sres.Consejeros, de las cuales tomó nota el Sr.Barría.

ACUERDO

Rechazar la proposición de transacción en la causa “C.D.E.-Municipalidad de Coquimbo con Pedro Antonio Velásquez Seguel”, RUC N°0400442318-1 del Tribunal Oral en lo Penal de La Serena.

ACUERDO

Rechazar la proposición de transacción en la causa “Cobo De La Maza, Roberto con Fisco”, Rol N° 11.564-07 del Sexto Juzgado Civil de Santiago.

ACUERDO

Aprobar la proposición de transacción en la causa “Juan Della Rosa Letelier con Juan Castillo Villagra”, Rol N°15.810-M-07 del Segundo Juzgado de Policía Local de Santiago, en los términos recomendados por la Sección.

(La Sección recomendó aceptar la propuesta de transacción, en los siguientes términos: a) MAPFRE Compañía de Seguros Generales de Chile S.A. pagará al Fisco la suma única y total de $912.031, al contado. Dicha suma será enterada en el plazo de 30 días siguientes a la firma del avenimiento al Juzgado. b) En el marco de las concesiones recíprocas, el Fisco renuncia al saldo de lo demandado. c) Cada parte pagará sus costas.)

ACUERDO

Rechazar la proposición de transacción en la causa “Asesorías, Servicios e Inversiones Ltda. (ASIL) con Fisco”, Rol N° 1.809-07 del Trigésimo Juzgado Civil de Santiago.

ACUERDO

Aprobar la proposición de transacción en la causa “Gestión Patrimonial Nepcot SCC con Fisco”, Rol 21.266-06 del Décimo Quinto Juzgado Civil de Santiago, en los términos que constan del escrito que se archiva en Secretaría, sin perjuicio de corregir los datos de la comparecencia de la Sra.Procuradora Fiscal de Santiago; añadir, en la cláusula décima del escrito, una renuncia a la interposición de acciones por los conceptos mencionados en esa cláusula; dejar constancia que las representantes de ambas sociedades tienen facultades suficientes para transigir y otras observaciones de redacción que se instruirán al abogado de la causa.

ACUERDO

Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Entel PCS Telecomunicaciones S.A.”, Rol 1.340-01 del Segundo Juzgado de Letras de Buin, en los términos que constan del escrito que se archiva en Secretaría, sin perjuicio de las siguientes modificaciones: a) en la cláusula octava, precisar que la multa de $ 50.000.000 se hace efectiva al primer día de concluido el término referido, la que se incrementará en 10 Unidades de Fomento por cada día de simple atraso o mora en el retiro de la antena, aclarando que se trata de una única multa; b) en la cláusula novena, exponer que bastará el informe del Secretario Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales para acreditar el incumplimiento total o parcial de la obligación de las cláusula cuarta, números 1.- y 2.-, y quinta; c)en el segundo otrosí, corregirlo de acuerdo con la observación efectuada por la Sra.Manaud y precisar que la aceptación del Sr.Maturana se otorga, además, en su calidad de representante de Entel Telefonía Móvil S.A.; y d) en el petitorio del escrito, solicitar el tribunal que apruebe la transacción. Además, se estima innecesario incorporar al escrito una renuncia de la contraparte a la acción resolutoria.

ACUERDO

Rechazar la proposición de transacción en la causa “Fuentes Canovas, Gregorio con Comando de Apoyo Administrativo del Ejército (CAAE)”, Rol N°20.405-06 del Vigésimo Juzgado Civil de Santiago.

ACUERDO

Disponer que el cumplimiento del acuerdo N° 98/2005, adoptado el 19 de abril de 2005, en la parte relativa a la distribución de las actas de las Secciones, se efectuará a contar de esta fecha mediante la remisión a los Sres.Consejeros por correo electrónico de las tablas correspondientes, sin perjuicio de entregarse al Secretario Abogado copia de las actas una vez aprobadas, para que las mantenga a disposición de los Sres. Consejeros.

ACUERDO

Los abogados Procuradores Fiscales podrán negociar con la contraparte acuerdos reparatorios cuya cuantía no exceda del equivalente a 50 UF, para ser sometidos a la aprobación del Consejo.

ACUERDO

Aprobar el acuerdo adoptado en la mediación Rol PTOMO-2007-01441, entre el Sr.Augusto Serón Ojeda, doña Yesenia Monserrat Serón Toledo y doña Tatiana Carolina Serón Toledo y el Servicio de Salud Llanquihue Chiloé y Palena, en los términos que constan del acta de fecha 14 de diciembre de 2007, complementada por acta de 22 de enero de 2008, bajo la condición que doña Tatiana Carolina Serón Toledo no esté casada en régimen de sociedad conyugal.

ACUERDO

Encomendar al Jefe de la Unidad de Mediación que imparta instrucciones a los mediadores sobre el cuidado que deben tener en las actas de mediación y la necesidad de atenerse al acta modelo aprobada por el Consejo.

ACUERDO

Aprobar el acuerdo adoptado en la mediación Rol STGO-2007-01238, entre los Sres. Víctor Andrés Salas Jara, Roberto Eduardo, Alejandra Patricia y Natalie Andrea Salas Fuentes y el Servicio de Salud Metropolitano Norte, en los términos que constan del acta de fecha 10 de enero de 2008.

ACUERDO

Rechazar la proposición de transacción en la causa “Matus Acuña, Alejandra con Fisco”, Rol 9.822-06 del Décimo Quinto Juzgado Civil de Santiago, en los términos propuestos.

ACUERDO

Aprobar la solicitud de facilidades de pago en la causa “Silva Maldonado con Lepín Millalén”, Rol 33.965-2 del Cuarto Juzgado de Policía Local de Santiago, en los términos recomendados por la Sección.

(La Sección recomendó aceptar la solicitud de facilidades de pago, en los siguientes términos: a) El deudor pagará al Fisco la suma de 133,5 UF en 133 cuotas iguales mensuales y sucesivas de 1 UF y una final de 0,5 UF. b)Se deberá incluir cláusula de aceleración. c)En garantía del cumplimiento de la obligación, se deberá mantener el embargo.)

ACUERDO

Aprobar la proposición de transacción en la causa “Reyes Peña, Aquiles con

Campos Ramírez, María José”, Rol 4.184-4 del Cuarto Juzgado de Policía Local de Santiago, en los términos recomendados por la Sección.

(La Sección recomendó aceptar la propuesta de transacción, en los siguientes términos: a) La Srta.María José Campos pagará al Fisco la suma de $587.000, en 19 cuotas iguales mensuales y sucesivas de $30.000 y una final de $17.000. b) Para efectos de la reajustabilidad futura, el monto acordado y sus cuotas será expresado en unidades de fomento, conforme el valor de dicha unidad a la fecha del acuerdo aprobatorio de Consejo. c) En el marco de las concesiones recíprocas, el Fisco renuncia al saldo de lo demandado. d) Se deberá incluir cláusula de aceleración. e) Cada parte soportará sus costas.)

ACUERDO

Aceptar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Jorge Rivas Hinojosa”, Rol 51.148-5 del Segundo Juzgado de Letras de Arica, en los términos recomendados por la Sección.

(La Sección recomendó aceptar la propuesta de transacción, en los siguientes términos: a) El deudor pagará al Fisco la suma de $1.844.759, en 61 cuotas iguales, mensuales y sucesivas de $30.000 y una final de $14.759. b) Para efectos de la reajustabilidad futura, el monto acordado y sus cuotas será expresado en unidades de fomento, conforme el valor de dicha unidad a la fecha del acuerdo aprobatorio de Consejo. c) En el marco de las concesiones recíprocas, el Fisco renuncia al saldo de lo demandado. d) Se deberá incluir cláusula de aceleración. d) En garantía del cumplimiento de la obligación se mantendrán los embargos trabados en autos. e) Cada parte soportará sus costas.)

ACUERDO

Interponer recurso de apelación contra la resolución que rechazó los procesamientos solicitados por el Consejo en la causa Rol 972-2006, de la Fiscalía Militar, a cargo del Ministro en Visita Sr.Billard. Asimismo, recurrir de apelación en el evento de disponerse el sobreseimiento en la referida causa.

ACUERDO

Concordar con la decisión del Comité de Medio Ambiente en el sentido de no iniciar acciones por la contaminación de los esteros Alhué y Carén, encomendando a la Unidad de Medio Ambiente preparar oficio respuesta a la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente de la Cámara de Diputados, que solicitó la intervención del Consejo en la materia.

ACUERDO

Delegar en el Presidente del Consejo, durante el mes de febrero próximo, las siguientes facultades contempladas en la ley orgánica del Servicio: a) Decidir si se asume la defensa de organismos descentralizados en los casos que señala el artículo 3°, número 3. b) Resolver el sostenimiento de la acción penal en los casos de los delitos del artículo 5°, con excepción de aquellos señalados en la letra e), conforme al número 5 del artículo 3º c) La supervigilancia de la conducción de determinados procesos, conforme a lo dispuesto en el artículo 3°, número 6. d) Asumir las defensas en los recursos de protección, con arreglo a lo dispuesto en el número 7 deI artículo 3°. e) Representar al Estado en los asuntos de naturaleza contencioso administrativo. f) Resolver el sostenimiento de la acción penal en el caso de delitos que afectan a entidades descentralizadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6°, inciso primero. g) Decidir sobre la interposición de recursos que debe conocer la Corte Suprema.

ACUERDO

Instruir a la Sra.Abogado Procurador Fiscal de Santiago que reitere al Ejército de Chile los oficios por los cuales, en cumplimiento de un acuerdo de fecha 14 de agosto de 2007, se solicitó información sobre la existencia de un sumario administrativo por los hechos investigados en la causa 396-07 de la Quinta Fiscalía Militar de Santiago.

ACUERDO

Instruir a la Jefatura del Departamento de Control Judicial que solicite a la Procuraduría Fiscal de Antofagasta que confirme si la propuesta de facilidades de pago planteada en la causa “Fisco con Rodrigo Vega Espinoza”, rol 3565-07 del Primer Juzgado de Letras de Antofagasta, conocida por el Consejo en sesión ordinaria de fecha 11 de septiembre de 2007, contempla como abono aquella suma que el Ejército informó no tener registrada en su contabilidad.

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