CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO


En Sesiones Ordinarias celebradas en el mes de junio de 2007, el Consejo del Consejo de Defensa del Estado adoptó los siguientes acuerdos:

ACUERDO

Aceptar la proposición de avenimiento en la causa "Mattar Porcile, Pedro Fernando con Fisco", Rol Nº 2.407-06 del Cuarto Juzgado del Trabajo de Santiago, en el sentido que la Superintendencia de Valores y Seguros pagará al demandante la suma única y total de $ 45.000.000, debiendo éste renunciar a todo otro derecho o acción, cualquiera fuese su naturaleza, que pudiere corresponderle con ocasión de sus funciones en la referida entidad fiscalizadora y del término de las mismas, otorgando, además, a la citada Superintendencia y al Fisco el más amplio y completo finiquito.

ACUERDO

Rechazar la proposición de transacción en la causa “Alvaro Pérez Castro con Fisco”, Rol N° 16.116-05 del Primer Juzgado Civil de Santiago.

ACUERDO

Aceptar la proposición de transacción en la causa "Fisco con Maldonado Bastías y Otra", Rol N° 4.435-06 del Décimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, en los términos recomendados por la Sección.

(La Sección recomendó aceptar la propuesta de transacción, en los siguientes términos: Las demandadas pagarán al Fisco la suma de $ 500.000 al contado; en el marco de las concesiones recíprocas el Fisco renunciará al saldo de lo demandado; cada parte soportará sus costas.)

ACUERDO

Rechazar la proposición de transacción en la causa “Flores Alvarez, Manuel y Otra con Vergara Carvallo, Helia y Otros”, Rol N° 3.609-05 del Primer Juzgado de Letras de Puerto Montt.

ACUERDO

Rechazar la proposición de transacción en la causa “Urra con Fisco”, Rol N° 1.336-04 del Primer Juzgado Civil de Valparaíso.

ACUERDO

Rechazar, por ahora, la proposición de transacción en la causa “Fisco con Teodoro Ribera Beneit”, Rol N° 81.648 del Primer Juzgado de Letras de Temuco.

ACUERDO

Aceptar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Hilda E. Apaza y Otros”, Rol N° 5.314-02-F del Cuarto Juzgado de Letras de Arica, en los términos recomendados por la Sección.

(La Sección recomendó aceptar la proposición de transacción en los siguientes términos: La Sra. Hilda Apaza Herrera pagará al Fisco, la suma de $ 714.000 conforme el siguiente detalle: $ 30.000 al momento de suscribir la transacción y 36 cuotas mensuales y sucesivas de $ 19.000; para efectos de la reajustabilidad futura, los montos señalados precedentemente deberán ser expresados en unidades de fomento, conforme el valor de dicha unidad al momento de suscribirse el instrumento respectivo; en el marco de las concesiones recíprocas el Fisco renunciará al saldo adeudado; se condonarán los intereses devengados y futuros, sin perjuicio de aquellos que se devenguen por el incumplimiento de alguna de las cuotas en que se divide la deuda; se deberá incluir cláusula de aceleración; en garantía del cumplimiento de la obligación, se deberá mantener el embargo trabado en autos; cada parte soportará sus costas.)

ACUERDO

Aceptar la solicitud presentada por el Sr. Cabello en relación con el acuerdo de fecha 18 de enero de 2005, relativo a la aprobación de facilidades de pago en la causa “Fisco con Nelson Cabello Aliste”, Rol N° 2.064 04 del Primer Juzgado de Letras de Talca, en el sentido de suspender su cumplimiento hasta el mes de julio de 2008, debiendo materializarse este acuerdo con las mismas formalidades del acuerdo original.

ACUERDO

Aceptar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Florencio Ceballos”, Rol Nº 13.606-06 del Vigésimo Segundo Juzgado Civil de Santiago, en los términos recomendados por la Sección.

(La Sección recomendó aceptar la propuesta de transacción en los siguientes términos: La parte demandada pagará al Fisco la suma única y total de $ 22.000.000, al contado; en el marco de las concesiones recíprocas, el Fisco renunciará al saldo de lo demandado; cada parte soportará sus costas.)

ACUERDO

Aceptar la proposición de transacción en la causa “Servicio de Bodegaje Boderent Limitada”, Rol Nº V-144-03 del Segundo Juzgado Civil de Viña del Mar, en los siguientes términos: a) Fijar como límite norte del terreno de propiedad de la demandante el establecido en el plano acompañado a los antecedentes, que se archiva en Secretaría, cediéndose por tanto gratuitamente al Fisco la franja de terreno utilizada en la construcción de la carretera Troncal Sur, sin perjuicio de que se deberá protocolizar dicho plano. b) El Fisco renunciará a sus eventuales derechos sobre la ribera del estero Marga Marga, contigua a la propiedad de la demandante, en que se han ejecutado obras de abovedamiento. c) La empresa renunciará al cobro de indemnización por la eventual expropiación de una franja de terreno achurada en el referido plano, en la medida que se emplee exclusivamente para construir una o más pistas de circulación general para la carretera Troncal Sur, esto es, excepto obras tales como caleteras, áreas de servicios, de localización de estacionamientos, de ubicación de vehículos de emergencia, pasarelas, vías de desaceleración, entre otros. d) La empresa se obligará a reparar o construir la solera en todo el frontis de su propiedad que deslinda con calle Limache y a pintar dicho frontis; a iluminar el frontis de la parte de su propiedad que limita con la ruta Troncal Sur; a limpiar y despejar de maleza, arbustos, escombros y en general cualquier objeto, en todo el frente de su propiedad hacia dicha carretera, en especial en las acequias, canales o ductos de aguas lluvias. e) Las partes se otorgarán el más amplio, total e íntegro finiquito recíproco, declarando que nada tienen que reclamar y que no existen pagos u obligaciones pendientes respecto de la materia. La Procuraduría Fiscal de Valparaíso adecuará el proyecto de escritura de transacción, el que deberá ser aprobado por la Sección Civil y luego por la Sección Transacciones.

ACUERDO

No iniciar acciones en contra del Sr. Gonzalo Aguilar Ule, en relación con las rentas de arrendamiento del lote Nº 13, ubicado en el Centro de Apoyo Melimoyu, de la comuna de Cisnes, de la XI Región.

ACUERDO

No interponer recurso de queja en contra de la resolución de la Corte de Apelaciones de Rancagua de 6 de junio en curso, dictada en la causa tributaria Rol N° 778-2006 de dicha Corte.

ACUERDO

Aceptar las bases de conciliación en la causa Rol N° 39.122-A del Sexto Juzgado del Crimen de Santiago, relativa a la denominada Operación Albania, en el sentido que el Fisco pagará la suma única y total de $ 300.000.000 a cada grupo familiar demandante por las víctimas Sres. Recaredo Valenzuela Pohorecky, Juan Henríquez Araya, Wilson Henríquez Gallegos, Julio Guerra Olivares, José Valenzuela Levy, Ester Cabrera Hinojosa, Ricardo Rivera Silva, Ricardo Silva Soto, Manuel Valencia Calderón, Elisabeth Escobar Mondaca y Patricia Quiroz Nilo. La referida suma se pagará en dos cuotas iguales, la primera durante el presente año y la segunda con cargo al ejercicio presupuestario correspondiente al año 2008. El presente acuerdo se materializará una vez aprobado por el Ministerio de Hacienda.

ACUERDO

Interponer un recurso de reposición, apelando en subsidio, en contra de la resolución de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago por la cual se declaró inadmisible el recurso de queja en contra del fallo dictado en el juicio arbitral Rol N° 2120-J, caratulado “Sociedad Concesionaria Bas S.A. con Ministerio de Obras Públicas”. El texto del recurso, que deberá interponerse a más tardar el próximo jueves 21 de junio, deberá ser sometido a la aprobación de la Sección Civil.

ACUERDO

Aprobar la proposición de transacción en la causa “C.D.E. con José Barría Jara”, Rol N° 26.403-07 del Segundo Juzgado Civil de Coyhaique, en los términos recomendados por la Sección, sin perjuicio de que la referencia a los intereses legales debe entenderse referida a los intereses corrientes.

(La Sección recomendó aceptar la proposición, en los siguientes términos: El Sr. José Barría Jara pagará al Fisco, la suma de $ 918.689, en cuotas mensuales y sucesivas de $ 120.000, hasta solucionar el total del monto acordado, el cual representa el capital adeudado, más reajuste e intereses legales; para efectos de la reajustabilidad futura, las cifras indicadas precedentemente serán expresadas en unidades de fomento, conforme el valor de dicha unidad a la fecha de la liquidación practicada por el Ministerio de Bienes Nacionales, esto es, al 23 de octubre de 2006; se condonarán los intereses penales devengados y los legales futuros, sin perjuicio de aquellos que se devenguen por el incumplimiento de alguna de las cuotas en que se divide la deuda; se deberá incluir cláusula de aceleración; en garantía del cumplimiento de la obligación, se deberá mantener el embargo trabado en autos; cada parte soportará sus costas.)

ACUERDO

Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Rafael Vallejos Benítez”, Rol N° 20.121-06 del Vigésimo Octavo Juzgado Civil de Santiago, en los términos recomendados por la Sección.

(La Sección recomendó aceptar la propuesta de transacción en los siguientes términos: El Sr. Vallejos Benítez pagará al Fisco la suma de $ 1.876.742, en 36 cuotas mensuales, iguales y sucesivas; para efectos de mantener la reajustabilidad futura, la suma anterior y sus cuotas deberán ser expresadas en unidades de fomento, conforme el valor de dicha unidad a la fecha de suscripción de la transacción; en el marco de las concesiones recíprocas, el Fisco condona el saldo adeudado, incluyendo el reajuste e intereses devengados y futuros, sin perjuicio de los intereses futuros que se devenguen por el incumplimiento de alguna de las cuotas en las que se divide la deuda; se deberá incluir cláusula de aceleración; en garantía del cumplimiento de la obligación, el Sr. Vallejos deberá autorizar el descuento de las cuotas de la pensión que percibe de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional; cada parte soportará sus costas.)

ACUERDO

Rechazar la proposición de transacción presentada por el Sr. Gonzalo Correa Meneses, sin perjuicio de encomendar a la Procuraduría Fiscal de Santiago que someta a la consideración de la Sección correspondiente la procedencia de iniciar acciones en contra del deudor.

ACUERDO

Aprobar la solicitud de facilidades de pago en la causa “Fisco con Elio del Carmen González Aguilar y Otro”, Rol N° 9.018-4-02 del Primer Juzgado de Policía Local de San Bernardo, en los términos recomendados por la Sección.

(La Sección recomendó aceptar la solicitud de facilidades de pago, en los siguientes términos: El Sr. González Aguilar pagará la suma total de $ 725.909, conforme el siguiente detalle: al Fisco la suma de $ 635.909; al Consejo de Defensa del Estado, por concepto de costas del juicio, la suma de $ 90.000. La suma anterior será solucionada con una cuota inicial al contado de $ 250.000, y el saldo en cuotas mensuales y sucesivas de $ 50.000, hasta solucionar el total adeudado; las primeras cuotas serán imputadas al capital; para efectos de la reajustabilidad futura, las cifras señaladas precedentemente deberán ser expresadas en unidades de fomento, conforme el valor de dicha unidad a la fecha de la última liquidación del crédito, esto es, 24 de mayo de 2007; se deberá incluir cláusula de aceleración; en garantía del cumplimiento de la obligación, se deberá mantener el embargo trabado en autos.)

ACUERDO

Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Aguirre Martínez, Doris”, Rol N° 413-07 del Primer Juzgado Civil de Valparaíso, en los términos recomendados por la Sección, sin perjuicio de reemplazar la traba de embargo sobre uno de los vehículos de propiedad de la demandada por una medida precautoria sobre uno de esos bienes.

(La Sección recomendó aceptar la proposición de transacción en los siguientes términos: La Sra. Doris Aguirre pagará al Fisco la suma de $ 825.000, en seis cuotas mensuales y sucesivas; para efectos de la reajustabilidad futura, la suma anterior y sus cuotas deberán ser expresadas en unidades de fomento, conforme el valor de dicha unidad a la fecha de la suscripción del convenio de pago; en el marco de la concesiones recíprocas el Fisco condonará el reajuste e intereses devengados y futuros, sin perjuicio del interés futuro que se devengue por el incumplimiento de alguna de las cuotas en que se divide la deuda; se deberá incluir cláusula de aceleración; en garantía del cumplimiento de la obligación se deberá trabar embargo sobre uno de los tres vehículos de propiedad de la señora Aguirre, el que se mantendrá vigente, mientras se encuentre pendiente el pago total de la deuda; cada parte soportará sus costas.)

ACUERDO

Ratificar el acuerdo adoptado por la Sección Transacciones, en el sentido de no presentar en las causas tributarias un escrito fundado sosteniendo que la derogación del artículo 116 del Código Tributario sólo opera a futuro.

ACUERDO

Estimar que no es posible jurídicamente acordar en un mismo acto tanto la reforma de estatutos de corporaciones o fundaciones como su disolución, para que rijan ambas a contar de una misma fecha.

ACUERDO

En relación con lo dispuesto por Acuerdo adoptado en sesión de 26 de diciembre de 2006, aprobatorio de la transacción en la causa “Sociedad Imprenta Horizonte Ltda. con Fisco”, Rol Nº 292-04 del Vigésimo Primer Juzgado Civil de Santiago, dar por cumplidas las condiciones referidas a la acreditación de la propiedad de los inmuebles identificados por la actora en su demanda, y modificar dicho acuerdo en el sentido de reemplazar la suma total de $ 6.020.815.008, que el Fisco se obliga a pagar a la parte demandante, por la suma total de $ 5.952.914.851, como consecuencia de haberse verificado que la superficie del inmueble de calle La Victoria, N° 0250, Comuna de La Granja es, según sus títulos, de 3.318 m2, en vez de los 5.000 m2 considerados en la tasación comercial practicada por el Servicio de Impuestos Internos, tenida en cuenta en su oportunidad para la aprobación de la respectiva proposición.

ACUERDO

Rechazar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Edith Celis Bustamante”, Rol Nº 10.929-05 del Vigésimo Juzgado Civil de Santiago.

ACUERDO

Aprobar la solicitud de facilidades de pago en la causa “Fisco con Valladares”, Rol Nº 3.271-06 del Segundo Juzgado Civil de Valparaíso, en los términos recomendados por el Sr. Procurador Fiscal de esa ciudad.

(La Procuraduría Fiscal recomendó aceptar la solicitud de facilidades de pago del Sr. Valladares, y que se le permita pagar el monto actualizado de la deuda, $ 506.585, equivalentes a 27,28 UF, en 33 cuotas mensuales e iguales de 0,81 UF cada una, según el valor de dicha unidad al momento del pago. Se mantendrá el embargo sobre los dos vehículos del demandado, mientras se encuentra pendiente el pago total de lo adeudado. Además, el demandado deberá suscribir un pagaré ante Notario Público por el monto total de la deuda, con cláusula de aceleración, para asegurar dicho pago.)

ACUERDO

Aprobar la solicitud de facilidades de pago en la causa “Fisco con Luis González Kindblad”, Rol Nº 3.082, del Tercer Juzgado de Letras de Antofagasta, en el sentido que el Sr. González pagará al Fisco la suma total de $ 304.246, en cuotas mensuales iguales y sucesivas de $ 60.000 hasta completar dicha suma, sin perjuicio de establecer cláusula de aceleración y mantenerse el embargo trabado en autos, designando, en su caso, al deudor como depositario provisional, y, por tanto, sin proceder al retiro de especies.

ACUERDO

Dejar sin efecto el reparo formulado en el informe Nº 358, de 9 de mayo pasado, relativo a la reforma de estatutos de la corporación “International Sporting Club”, en cuanto a que el abogado patrocinante no ha acompañado copia del certificado municipal que acredita estar al día en el pago de su patente profesional, por no corresponder a este Consejo fiscalizar tal circunstancia.

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