SESIÓN 02 DE OCTUBRE DE 2018

TRIGÉSIMA TERCERA SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO

FECHA: 2 de OCTUBRE de 2018

ASISTENCIA:

Presidida por la Sra. María Eugenia Manaud Tapia, con la asistencia de los Consejeros Sra. Clara Szczaranski Cerda, Sra. Paulina Veloso Valenzuela, Sr. Carlos Mackenney Urzúa, Sr. Rodrigo Quintana Meléndez, Sra. María Inés Horvitz Lennon, Sra. Ana María Hübner Guzmán, Sr. Jaime Varela Aguirre, Sr. Daniel Martorell Correa, Sr. Juan Peribonio Poduje y Sr. Raúl Letelier Wartenberg.

Estuvo ausente la Sra. Javiera Blanco Suárez, quien hace uso de permiso administrativo.

ACUERDOS Y FUNDAMENTOS:

  • Aprobar la proposición de donación respecto de las Municipalidades de Villa Alemana, Parral y Santa Bárbara de inmuebles de propiedad de la Fundación Cema Chile, identificados en las cláusulas cuarenta y siete, cincuenta y cinco, y sesenta y cuatro, respectivamente, del contrato de transacción que consta en escritura pública de 15 de marzo de 2018, otorgada ante la notaria de Santiago, doña Nancy de la Fuente, y no aprobar la donación propuesta al Círculo de Suboficiales en Retiro, Social y Cultural “Los Araucanos” de Osorno.

Por estimarse que no existen razones para oponerse a la propuesta en lo relativo a las municipalidades de que se trata. En cambio, el Círculo de Suboficiales en Retiro, Social y Cultural “Los Araucanos” de Osorno, participa orgánicamente en la asociación Chile Mi Patria, que tiene entre sus objetivos el apoyo de los procesos judiciales contra ex uniformados que se encuentran con juicios pendientes o condenados por causas de derechos humanos, en los cuales interviene como contraparte este Servicio.

  • Aprobar el acuerdo adoptado en la mediación Rol N° ARICA-2017-13684, entre la Sra. Marjorie Neira Inostroza y el Hospital Dr. Juan Noé Crevani y el Servicio de Salud Arica, en los términos que constan del acta de 12 de junio de 2018, en el sentido que dicho Servicio pagará a los Sres. Marjorie Neira Inostroza, Jessica Neira Inostroza y Hugo Neira la suma única y total de $ 80.960.670, renunciando los reclamantes a sus acciones contra las entidades reclamadas y toda persona natural dependiente de éstas.

En consideración a que la indemnización es de un monto adecuado, atendida la naturaleza del daño sufrido. Se tiene en cuenta, además, la posibilidad de condena en un eventual juicio indemnizatorio.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Empresa Concesionaria de Servicios Sanitarios S.A. con Fisco”, Rol Nº 886-18 del Segundo Juzgado de Letras de Copiapó, sobre constitución de servidumbre, en los siguientes términos: a) El Fisco accederá a la solicitud de servidumbre sobre terrenos fiscales de una extensión de 37,13 hectáreas, identificadas en el informe elaborado por la Seremi de Bienes Nacionales de Atacama, adjunto a su oficio Nº 1626, de 2018; b) La demandante pagará al Fisco la suma de 5.501 UF, al contado, al momento de suscribirse la correspondiente escritura de transacción, mediante vale vista nominativo en favor de la Tesorería General de la República; c) Cada parte pagará sus costas. Se faculta al Abogado Procurador Fiscal para suscribir la escritura pública de transacción y recibir el vale vista para su ingreso inmediato en arcas fiscales. El presente acuerdo se formalizará previa aprobación del Ministerio de Hacienda.

En atención a que la proponente es una sociedad anónima de propiedad del Estado y que la servidumbre solicitada tiene por objeto la realización de un proyecto de agua potable para habitantes de la Región de Atacama, con gran déficit hídrico. Se considera, además, que el valor ofrecido es conveniente.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Aridos Maipú S.A.” Rol Nº 8.689-05 del Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, sobre daño ambiental e indemnización de perjuicios, de cuantía indeterminada, en los siguientes términos: a) La demandada pagará al Fisco la suma de $ 110.963.358 por concepto de daño ecológico y daño emergente, mediante una cuota al contado de $ 55.481.679, al momento de suscribir el respectivo acuerdo, y el saldo mediante doce cuotas mensuales, iguales y sucesivas; b) Además, la empresa pagará la suma de $ 58.000.000, por concepto de multa, mediante treinta y seis cuotas mensuales, iguales y sucesivas; c) La empresa se obligará a completar las reparaciones ordenadas en el fallo dictado en autos; d) Se mantendrán los embargos decretados en la causa; e) Cada parte soportará sus costas.

En consideración a la extensa tramitación de la causa y porque lo propuesto permite ponerle termino obligándose la empresa a efectuar las reparaciones pendientes, pagando las indemnizaciones y multas fijadas en la sentencia.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Espinoza Cuevas, María con Ministerio del Interior”, RIT Nº T-803-18 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre tutela de derechos constitucionales, de una cuantía de $ 60.737.500, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de 180 UF, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al importante ahorro que se obtiene frente a la suma demandada y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Montes Novoa, Juan con Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño”, RIT Nº O-4.768-18 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 42.840.900, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 9.812.160, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al importante ahorro que se obtiene frente a la suma demandada y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Rivera Gallardo, Raúl con Ministerio Secretaría General de Gobierno”, RIT Nº O-3.062-18 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 7.009.569, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 5.100.000, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a la suma demandada y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Marcia Serrano Castillo con Gobernación de Linares”, RIT Nº O-36-18 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Linares, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 23.697.611, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 3.714.724, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al importante ahorro que se obtiene frente a la suma demandada y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aceptar la solicitud formulada por el Sr. Ramiro Cerda Miranda y, por tanto, no continuar con el cobro de las cuotas insolutas por deuda derivada de atenciones hospitalarias, materia de la causa “Fisco con Cerda Miranda, Ramiro”, Rol Nº 2.729-06 del Cuarto Juzgado Civil de San Miguel, previo pago por el peticionario de la suma de $ 158.874, al contado.

En consideración a la naturaleza de la deuda y la circunstancia de que el demandado ha cumplido con cuarenta de las cincuenta y tres cuotas pactadas, y enterará el saldo del capital adeudado.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Nelly Veizaga con Genco S.A. y Fisco”, Rol Nº M-1.752-18 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 3.313.664, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 1.300.000. Cada parte soportará sus costas.

Considerando la cuantía del asunto y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Concordar con la propuesta de sustitución del bono de estímulo por desempeño individual por un bono de incremento por desempeño colectivo, solicitando que la normativa correspondiente sea incorporada en un proyecto de ley miscelánea.

 

  •  Solicitar a la Sra. Abogada Procuradora Fiscal de Santiago la aplicación de una anotación de mérito al abogado Sr. Jorge Escobar Ruiz, por su destacada intervención en la tramitación de la solicitud de medidas prejudiciales precautorias en la causa Rol Nº 30.284-18 del Séptimo Juzgado Civil de Santiago.

CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO