CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO

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SESIÓN 09 DE ABRIL DE 2019


DÉCIMA SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO

FECHA: 9 de ABRIL de 2019

ASISTENCIA:

Presidida por la Sra. María Eugenia Manaud Tapia, con la asistencia de los Consejeros Sra. Paulina Veloso Valenzuela, Sr. Carlos Mackenney Urzúa, Sr. Rodrigo Quintana Meléndez, la Sra. María Inés Horvitz Lennon, Sr. Jaime Varela Aguirre, Sr. Daniel Martorell Correa, Sr. Juan Peribonio Poduje y Sr. Raúl Letelier Wartenberg.


Ausente la Sra. Szczaranski, por estar preparando alegato en causa a su cargo, y la Sra. Ana María Hübner Guzmán, quien hace uso de feriado legal.

ACUERDO Y FUNDAMENTOS:




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa "Fisco con Pino Valdivia, Alejandra", Rol N° 2.213-18 del Tercer Juzgado Civil de Valparaíso, sobre cobro de pesos, de una cuantía de 147 UTM, en los siguientes términos: a) La demandada pagará al Fisco la suma única y total de 73,5 UTM, mediante siete cuotas mensuales y sucesivas de 0,5 UTM, y treinta y cinco 2 UTM también mensuales y sucesivas, a contar de la fecha de suscripción del respectivo escrito; b) El Fisco renunciará al saldo de la deuda y sus intereses; c) Cada parte soportará sus costas.


En consideración a la disposición de la demandada para solucionar la deuda; y su precaria situación socioeconómica.




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa "Fisco con Marambio Merino, Cristián", Rol N° 14.172-18 del Décimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, sobre cobro de pesos, de una cuantía de $ 6.145.517, en los siguientes términos: a) El demandado pagará al Fisco dicha suma mediante ciento dos cuotas mensuales y sucesivas de $ 60.000 y una última cuota de $ 25.517. Las sumas anteriores deberán ser convertidas a unidades de fomento, según su equivalencia a la fecha del presente acuerdo; b) El Fisco renunciará a los intereses y reajustes devengados como también a los intereses futuros, con excepción de los que se generen por eventual mora; c) Se deberá incluir cláusula de caducidad del plazo; d) Cada parte pagará sus costas.


En consideración a la situación socioeconómica del demandado y a que se propone pagar la totalidad del capital nominal adeudado.




  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “Retamales Pizarro, Pedro con Fisco”, Rol Nº 1.938-14 del Cuarto Juzgado Civil de Valparaíso, sobre indemnización de perjuicios.


Por no existir acto antijurídico de la Administración, pues la situación se enmarca dentro de las limitaciones para la ejecución de labores mineras establecidas en el artículo 17 del Código de Minería y en atención a la opinión desfavorable de Sernageomin.




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa "Pereira Quiróz, Rosa con Fisco", Rol N° 21.156-13 del Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, sobre indemnización de perjuicios por fallecimiento a consecuencia de tsunami, de una cuantía de $ 100.000.000, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 10.000.000, soportando cada parte sus costas.


En consideración a la jurisprudencia actual de la Corte Suprema respecto a la materia controvertida y por considerar que el monto propuesto es adecuado, en consideración a la relación familiar de que se trata.




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Zepeda León, Miguel con Fisco", Rol N° 36.955-17 del Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago, sobre indemnización de perjuicios por prisión política y tortura, de una cuantía de $ 300.000.000, en el sentido que se pagará al demandante la suma única y total de $ 14.000.000, soportando cada parte sus costas.


En atención a la jurisprudencia existente en la materia y por estimar que se trata de una oferta conveniente.




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa "Schlotfeldt Leighton, Carmen con Fisco", RIT N° O-3.778-18 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 30.372.251, más cotizaciones previsionales, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 21.026.943, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.


En consideración al ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa "Delpiano Kaempfer, Matías con Fisco", RIT N° O-5.071-18 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 60.261.986, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 6.457.500, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.


En consideración al ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa "Arnaldo Nacarette Hernández con Subsecretaría de Transportes", RIT N° O-365-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique, sobre despido injustificado, de una cuantía de $ 8.003.080, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 4.419.208, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.


En consideración al ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.




  • No aprobar la proposición de transacción en la causa "Jorge Sanhueza con Fisco", RIT N° T-8-19 del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique, sobre tutela de derechos constitucionales.


Por estimar que el procedimiento de tutela no es aplicable a los funcionarios de las Fuerzas Armadas y debido a que el retiro fue producto de la decisión de la junta de selección de la Fuerza Aérea de Chile.




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa "Gárate Castillo, Pablo con Fisco", RIT N° T-242-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, sobre tutela de derechos constitucionales, de una cuantía de $ 26.253.514, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 1.875.251. Cada parte soportará sus costas.


En consideración al ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.




  • No aprobar la proposición de transacción en la causa "Jeria Carvallo, Raúl y Otros con Construcciones Integrales Figueroa Ltda. y Otro", RIT N° O-45-18 del Segundo Juzgado de Letras de San Antonio, sobre nulidad de despido.


Por entender que el despido dispuesto por la empresa empleadora no es injustificado.




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa "González Velásquez, Alain y Otro con Fisco", RIT N° T-1.008-18 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre tutela de derechos constitucionales, de una cuantía de $ 50.187.919, en el sentido que se pagará a la Sra. Karol Silva la suma única y total de $ 1.908.621, y al Sr. Alain González la suma única y total de $ 1.652.979, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común durante su desempeño a honorarios. Cada parte soportará sus costas.


En consideración al ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.




  • No aprobar la proposición de transacción en la causa "Paxelia Loreto Huerta Villalobos con Fisco-Ministerio de Justicia", RIT N° T-177-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, sobre tutela de derechos constitucionales.


Por entender que no existen indicios de las vulneraciones materia de la demanda




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa "Ubilla Araya, Felipe con Fisco-Subsecretaría de Obras Públicas”, RIT N° T-334-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, sobre tutela de derechos constitucionales, de una cuantía de $ 38.664.588, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 5.000.000. Cada parte soportará sus costas.


En consideración al ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.




  • No aprobar la proposición de transacción en la causa "Rocío Félix Rosas con Fisco (Ministerio de Salud)", RIT N° T-182-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique, sobre tutela de derechos constitucionales.


Por entender que no existen indicios de las vulneraciones materia de la demanda.




  • No aprobar la proposición de transacción en la causa "Guajardo Orellana, Luis con Fisco", RIT N° O-846-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua, sobre nulidad de despido.


Por considerar demasiado alta la suma propuesta.




  • No aprobar la proposición de transacción en la causa "Guzmán Trujillo, Luis con Fisco", RIT N° T-114-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, sobre tutela de derechos constitucionales.


Por entender que no existen indicios de las vulneraciones materia de la demanda y considerar elevada la suma propuesta.




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa "Hernández Guentelicán, Camila con Aguilar Paredes, María José y Servicio Médico Legal", RIT N° O-161-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de Castro, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 14.017.648, en el sentido que se pagará a la actora la suma única de $ 3.500.000, soportando cada parte sus costas.


En consideración al ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.




  • Aprobar la solicitud de facilidades de pago formulada por la Sra. Margarita Mayorga en el sentido de pagar la suma de 18,89 UTM, establecida en fallo de juicio de cuentas, mediante cuotas mensuales y sucesivas de $ 40.000, expresadas en unidades tributarias mensuales según su equivalencia a la fecha del presente acuerdo, hasta completar el total adeudado.


En atención a la cuantía de la deuda y que se pagará el total fijado en el fallo.




  • Ratificar el acuerdo reparatorio adoptado en la causa “C/Matías Contreras y Otros”, RIT Nº O-7.105-18 del Juzgado de Garantía de Antofagasta, sobre delito de daños, en el sentido que los imputados pagarán al Fisco la suma de $ 704.622, mediante tres cuotas mensuales y sucesivas.


En consideración que se paga el total del perjuicio fiscal y a la baja cuantía de éste.




  • Aprobar la proposición de facilidades de pago planteada por el Sr. Luis Tebes Tapia, en el sentido de pagar a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo a suma de $ 1.111.111 mediante ocho cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $ 138.889, debiendo el proponente renunciar expresamente a eventuales acciones en relación con los hechos que dan origen a la deuda.


En atención a la cuantía de la deuda y los antecedentes socioeconómicos del oferente.




  • Aprobar la proposición de transacción planteada por el Sr. Víctor Gutiérrez respecto de multa sanitaria de 15 UTM, en el sentido que pagará diez cuotas mensuales iguales y sucesivas de 1,5 UTM, condonándosele los intereses.


En atención a la cuantía de la deuda y los antecedentes socioeconómicos del proponente.




  • Transigir en los términos convenidos con los abogados Sres. Juan y Marcelo Vasseur, en relación con juicios indemnizatorios derivados de fallecimientos a consecuencia del tsunami de febrero de 2010, de una cuantía total de $ 43.500.000.000, en el sentido que el Fisco pagará a los familiares de las víctimas las sumas de $ 40.000.000 a cada cónyuge y conviviente, de $ 20.000.000 a cada padre e hijo, de $ 7.500.000 a cada hermano y de $ 5.000.000 a cada abuelo o nieto que vivía con la víctima. En consecuencia, se pagará en cada causa las sumas totales que se indica: a) “Santibáñez y Otros con Fisco”, Rol Nº 1.385-15 del Tercer Juzgado Civil de Valparaíso, la suma de $ 140.000.000; b) ”Bastías y Otros con Fisco”, Rol Nº 3.097-15 del Segundo Juzgado Civil de Concepción, la suma de $ 70.000.000; c) “Mendoza y Otros con Fisco”, Rol Nº 4.139-15 del Segundo Juzgado Civil de Concepción, la suma de $ 140.000.000; d) “Contreras y Otros con Fisco”, Rol Nº 1.460-15 del Tercer Juzgado de Letras de Talca, la suma de $ 80.000.000; e) “Contreras con Fisco”, Rol Nº 1.409-15 del Segundo Juzgado de Letras de Talca, la suma de $ 347.500.000; f) “Yáñez y Otros con Fisco”, Rol Nº 1.411-15 del Segundo Juzgado de Letras de Talca, la suma de $ 945.000.000; g) “Pinochet y Otros con Fisco”, Rol Nº 1.410-15 del Segundo Juzgado de Letras de Talca, la suma de $ 302.500.000; h) “Marabolí y Otros con Fisco”, Rol Nº 1.460-15 del Cuarto Juzgado de Letras de Talca, la suma de $ 395.000.000; i) “Vasseur con Fisco”, Rol Nº 1.459-15 del Tercer Juzgado de Letras de Talca, la suma de $ 747.500.000; j) “Villalobos y Otros con Fisco”, Rol Nº 1.437-15 del Primer Juzgado de Letras de Talca, la suma de $ 335.000.000; k) “Cáceres y Otros con Fisco”, Rol Nº 1.438-15 del Primer Juzgado de Letras de Talca, acumulada a la anterior, la suma de $ 122.500.000. Cada parte soportará sus costas. El presente acuerdo se materializará previa aprobación del Ministerio de Hacienda.


En consideración a la jurisprudencia actual de la Corte Suprema respecto a la materia controvertida y por considerar que el monto propuesto es adecuado, en consideración a la relación familiar de que se trata en cada caso.


 

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