CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO

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SESIÓN 21 DE AGOSTO DE 2018


VIGÉSIMA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO

FECHA: 21 de AGOSTO de 2018

ASISTENCIA:

Presidida por la Sra. María Eugenia Manaud Tapia, con la asistencia de los Consejeros Sra. Clara Szczaranski Cerda, Sra. Paulina Veloso Valenzuela, Sr. Rodrigo Quintana Meléndez, Sra. María Inés Horvitz Lennon, Sra. Ana María Hübner Guzmán, Sr. Daniel Martorell Correa, Sr. Juan Peribonio Poduje y Sr. Raúl Letelier Wartenberg.


Estuvieron ausentes el Sr. Carlos Mackenney Urzúa, quien hace uso de feriado legal, y el Sr. Jaime Varela Aguirre y la Sra. Javiera Blanco Suárez, quienes hacen uso de permiso administrativo.


ACUERDOS Y FUNDAMENTOS:




  • Otorgar un nuevo plazo de noventa días para materializar el acuerdo adoptado en sesión de 15 de mayo último, aprobatorio de la transacción respecto del Cuaderno Nº 18 de la causa arbitral relativa al Contrato de Concesión del Centro de Justicia de Santiago.

  •  No aprobar la proposición de transacción en la causa “Castillo Romero, Fernando con Fisco”, RIT Nº T-679-18 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre tutela de derechos constitucionales.


En consideración a que el actor fue destituido a consecuencia de un sumario administrativo, siendo improcedente discutir judicialmente la legalidad y mérito de lo resuelto en el mismo.




  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “Muñoz Pérez, Marcelo con Fisco”, RIT Nº T-589-18 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre tutela de derechos constitucionales.


Atendido que la contratación a honorarios del actor correspondía a labores accidentales y específicas, encuadradas en lo establecido en el artículo 11 del Estatuto Administrativo.




  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “Tatiana Beatriz Pla Álvarez con Fisco”, RIT Nº T-12-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de Coyhaique, sobre despido injustificado.


En atención a que la actora estaba contratada para desempeñarse en un proyecto específico financiado por el Gobierno Regional de Aysén.




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Carolina Zepeda Torres con Fisco”, RIT Nº O-241-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique, sobre despido injustificado, de una cuantía de $ 37.026.071, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 10.141.697, dejándose expresa constancia de que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.


Atendido el importante ahorro que se obtiene frente a la suma demandada y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.




  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “Jorge Bordeu Urrejola con Armada y Fisco”, RIT Nº O-1.369-17 del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, sobre despido indirecto.


Por entender que las razones dadas por el actor para su autodespido no reúnen caracteres de gravedad suficientes para justificarlo, y en atención a que el actor prestó servicios a través de una sociedad de profesionales.




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Ernesto Felipe Reinoso Rojas con Fisco”, RIT Nº T-42-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 67.863.602, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 15.000.000, dejándose expresa constancia de que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.


En consideración al importante ahorro que se obtiene frente a la suma demandada y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Pastene Aballay, Alvaro con Fisco”, RIT Nº O-3.813-18 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 20.509.893, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 4.131.159, dejándose expresa constancia de que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.


Dado el importante ahorro que se obtiene frente a la suma demandada y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Pérez Cáceres, Danitza con Fisco”, RIT Nº O-3.819-18 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 5.400.759, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 3.300.000, dejándose expresa constancia de que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.


En consideración al importante ahorro que se obtiene frente a la suma demandada y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Pino Valero, Marta con Fisco”, RIT Nº O-48-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de San Fernando, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 7.491.815, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 6.064.815, dejándose expresa constancia de que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.


Considerando el importante ahorro que se obtiene frente a la suma demandada y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fernández Fawaz, Paulina con Subsecretaría de Prevención del Delito”, RIT Nº O-3.295-18 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 10.027.920, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 7.000.000, dejándose expresa constancia de que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.


En consideración al importante ahorro que se obtiene frente a la suma demandada y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.


 


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