CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO

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SESIÓN 24 DE JULIO DE 2018


VIGÉSIMA CUARTA SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO

FECHA: 24 de JULIO de 2018

ASISTENCIA:

Presidida por el Sr. Carlos Mackenney Urzúa, en su calidad de Presidente subrogante, con la asistencia de los Consejeros Sra. Clara Szczaranski Cerda, Sr. Paulina Veloso Valenzuela, Sr. Rodrigo Quintana Meléndez, Sra. María Inés Horvitz Lennon, Sra. Ana María Hübner Guzmán, Sr. Jaime Varela Aguirre, Sr. Daniel Martorell Correa y Sr. Juan Peribonio Poduje.

Ausentes la Sra. María Eugenia Manaud Tapia y Sra. Javiera Blanco Suárez, quienes hacen uso de feriado legal, y el Sr. Raúl Letelier Wartenberg, quien hace uso de permiso administrativo.

ACUERDOS Y FUNDAMENTOS:

  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “Susana Muñoz Fuentes y Otros con Fisco”, Rol Nº 8.079-17 del Segundo Juzgado Civil de Concepción, sobre indemnización de perjuicios.


En atención a los beneficios pecuniarios que perciben los actores, al monto solicitado y al estado procesal de la causa.




  • Aprobar las bases de conciliación planteadas en audiencia de 28 de mayo pasado por la Comisión Arbitral de la Concesión de Obra Pública Centro de Justicia de Santiago, exclusivamente en lo referido a las multas materia del cuaderno Nº 24, en el sentido que la concesionaria pagará al Fisco la suma total de 288 UTM. Cada parte soportará sus costas.


En consideración a que la propuesta relativa al Cuaderno 24 se estima conveniente para el interés fiscal, pues permite ponerle término mediante el pago de una parte importante del monto aplicado por multa, y la opinión favorable del Ministerio de Obras Públicas. Además, se tiene en cuenta la opinión desfavorable de dicha entidad respecto de la proposición que incide en los cuadernos Nº 19, 22 y 23, y la circunstancia de que el Consejo no es parte en el reclamo relativo al cuaderno Nº 25.




  • Aprobar las bases de conciliación planteadas en audiencia de 29 de enero pasado, por la Comisión Arbitral de la Concesión de Obra Pública Centro de Justicia de Santiago referidas a la multa materia del cuaderno Nº 21, en el sentido que la concesionaria pagará al Fisco la suma única de 36 UTM. Cada parte soportará sus costas.


En consideración a que se estima conveniente, pues permite poner término a la controversia mediante el pago de una parte importante del monto aplicado por multa, y teniendo en cuenta la opinión favorable del Ministerio de Obras Públicas.




  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “Zara Pizarro, María con Fisco”, RIT Nº O-3.061-18 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre despido injustificado.


En consideración a que el reclamo es extemporáneo, la actora firmó un finiquito y atendida la opinión desfavorable del ente requirente.




  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “Faine Maturana, Susanne con Fisco”, RIT Nº T-1.497-17 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre tutela de derechos constitucionales.


Dado que la actora renunció voluntariamente a su cargo y no existen indicios de vulneración a sus derechos.




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Rohten Quilodran, Scarlet con Ministerio Secretaría General de Gobierno”, RIT Nº O-2.667-18 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 10.122.523, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 6.500.000, dejándose expresa constancia de que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.


En consideración al ahorro que se obtiene frente a la suma demandada y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Arce Abarca, Alberto con Fisco”, RIT Nº O-1.560-18 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 6.376.702, en el sentido de que se pagará al actor la suma única y total de $ 1.417.045, dejándose expresa constancia de que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.


En consideración al ahorro que se obtiene frente a la suma demandada y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.




  • No aprobar la proposición de transacción relativa a las causas “Naranjo Fuentes, Claudio con Presidencia de la República”, “Berríos Tamayo, Angela con Presidencia de la República”, “Erazo Lorca, Wendy con Presidencia de la República” y “Rudulfo Rivera, Marcos con Presidencia de la República”, RIT Nºs T-571-18, T-577-18 y T-530-18 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, y Nº T-558-18 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, todos sobre tutela de derechos constitucionales.


Por entender que no existen indicios de vulneración de derechos de los actores, atendido que se trata de personal de exclusiva confianza, conforme la legislación aplicable al caso.




  • Ampliar la querella presentada en la causa RUC Nº 1600042459-9 de la Fiscalía Regional de O'Higgins, por el delito del artículo 79 de la Ley de Propiedad Intelectual, en relación con la utilización de informes de la Comisión Chilena del Cobre, dirigiéndola en contra del Sr. Sebastián Dávalos Bachelet.


En consideración a que existen antecedentes suficientes para entender que tuvo conocimiento de la circunstancia de que se entregaría a la empresa del Sr. Vial informes emanados de Cochilco, falsamente atribuidos a Caval, o que podría haber intervenido en la elaboración de éstos.


 

 

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