CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO


PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO

FECHA: 2 de ENERO de 2018

ASISTENCIA:

Presidida por la Sra. María Eugenia Manaud Tapia, con la asistencia de los Consejeros Sra. Clara Szczaranski Cerda, Sra. Paulina Veloso Valenzuela, Sr. Carlos Mackenney Urzúa, Sr. Rodrigo Quintana Meléndez, Sra. María Inés Horvitz Lennon, Sra. Ana María Hübner Guzmán, Sr. Jaime Varela Aguirre, Sr. Daniel Martorell Correa, y Sr. Raúl Letelier Wartemberg.

Ausentes el Sr. Juan Antonio Peribonio Poduje y la Sra. Javiera Blanco Suárez, quienes hacen uso de feriado legal.

ACUERDOS Y FUNDAMENTOS:

 

Efectuado el análisis de la materia, la mayoría de los Sres. Consejeros se manifiestan por aprobar el acuerdo adoptado en la mediación del epígrafe, en consideración a que se trata de una indemnización adecuada, atendida la naturaleza del daño sufrido y la estrecha relación de parentesco de los beneficiados con la fallecida. Se tiene en cuenta, además, la posibilidad de condena en un eventual juicio indemnizatorio. En consecuencia, reuniéndose el quórum exigido por el artículo 7º de la ley orgánica, se adopta el siguiente:

 

Efectuado el análisis de la materia, los Sres. Consejeros se manifiestan por aprobar la propuesta en comento, por estimar la suma adecuada considerando los perjuicios sufridos por la actora. En consecuencia, se adopta por unanimidad el siguiente:

Efectuado el análisis de la materia, la mayoría de los Sres. Consejeros se manifiestan por no aprobar la propuesta en los términos formulados, por estimar que la suma propuesta es muy baja, pues equivale al treinta por ciento del capital demandado, y por ser elevado el número de cuotas ofrecidas. En consecuencia, se adopta el siguiente:

 

Efectuado el análisis de la materia, los Sres. Consejeros se manifiestan por aprobar la propuesta formulada, en consideración a que se pone término al juicio, evitando los costos de continuar con su tramitación, y se obtiene el pago del total del capital demandado. En consecuencia, se adopta por unanimidad el siguiente:

 

Efectuado el análisis de la materia, la mayoría de los Sres. Consejeros se manifiestan por aprobar la propuesta de que se trata, por estimarla conveniente al interés fiscal, considerando el importante ahorro que se obtiene frente a la suma demandada y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida. En consecuencia, reuniéndose el quórum exigido por el artículo 7º de la ley orgánica para transigir, se adopta el siguiente:

 

 

Efectuado el análisis de la materia, se expresan opiniones a favor y en contra de la propuesta. Las opiniones a favor consideran la circunstancia de que se trata de una deuda que tiene su origen en un error de la Administración, que efectuó un cálculo errado, sin que haya responsabilidad de la afectada, y que se trata de una suma menor, que no justifica continuar con la causa. Las opiniones en contra dicen relación con que no era procedente el pago de la asignación demandada y que ya existe un pronunciamiento de Contraloría General sobre la materia, a solicitud de la contraparte. En consecuencia, no reuniéndose el quórum exigido por el artículo 7º de la ley orgánica para transigir, se adopta el siguiente:

 

 

 

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