SESIÓN DEL 12 DE JUNIO DE 2018

DÉCIMA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO

FECHA: 12 de JUNIO de 2018

ASISTENCIA:

Presidida por la Sra. María Eugenia Manaud Tapia, con la asistencia de los Consejeros Sra. Clara Szczaranski Cerda, Sra. Paulina Veloso Valenzuela, Sr. Carlos Mackenney Urzúa, Sr. Rodrigo Quintana Meléndez, Sra. Ana María Hübner Guzmán, Sr. Daniel Martorell Correa, Sr. Juan Peribonio Poduje, Sra. Javiera Blanco Suárez y Sr. Raúl Letelier Wartenberg.

Ausentes la Sra. María Inés Horvitz Lennon y el Sr. Jaime Varela Aguirre, quienes hacen uso de licencia médica y de feriado legal, respectivamente.

ACUERDOS Y FUNDAMENTOS:

  • Aprobar el acuerdo adoptado en la mediación Rol Nº SEREN-2017-13601, entre la Sra. Patricia Vidal Barría y Otros y el Hospital San Pablo de Coquimbo y el Servicio de Salud Coquimbo, en los términos que constan del acta de 25 de abril de 2018, en el sentido que dicho Servicio de Salud pagará a la Sra. Vidal y sus hijos Morelia y Fernando Delague Vidal la suma única y total de $ 75.000.000, renunciando los reclamantes a sus acciones contra el Servicio de Salud Coquimbo, el mencionado Hospital y toda persona natural dependiente de ambas entidades.

En consideración a que se trata de una indemnización de un monto adecuado, atendida la naturaleza del daño sufrido. Se tiene en cuenta, además, la posibilidad de condena en un eventual juicio indemnizatorio.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “José Rojas Peñaloza con Servicio de Salud de Iquique y Otro”, Rol Nº 2.793-16 del Primer Juzgado de Letras de Iquique, sobre indemnización de perjuicios, de una cuantía de $ 6.000.000.000, en el sentido que el Servicio de Salud demandado pagará a la parte demandante la suma total de 4.000 UF, mediante dos cuotas iguales y sucesivas, pagaderas a los sesenta y noventa días de la suscripción del respectivo escrito. Cada parte soportará sus costas.

En atención a la opinión favorable del Servicio requirente y considerarse adecuada la suma en relación con la naturaleza del daño sufrido.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Conejeros Márquez, Mauricio y Otros con Fisco”, Rol Nº 24.431-16 del Segundo Juzgado Civil de Rancagua, sobre indemnización de perjuicios, de una cuantía de $ 173.650.000, en el sentido de que se pagará a la parte demandante la suma única de $ 40.000.000, soportando cada parte sus costas.

En atención a los antecedentes de la causa y por estimarse adecuada la suma propuesta.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Valenzuela Berríos, María y Otra con ACCENT SpA y Otra”, RIT Nº O-3.168-17 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 24.240.460, en el sentido de que se pagará a las actoras la suma única y total de $ 800.000. Cada parte soportará sus costas.

En consideración la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Carolina Oyharcabal con Fisco”, RIT Nº T-131-18 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre tutela de derechos constitucionales, de una cuantía de $ 23.535.270, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 4.707.054, dejándose expresa constancia de que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

Atendido el importante ahorro que se obtiene frente a la suma demandada y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Oponerse a la exhibición del acta de la sesión ordinaria de Consejo de 31 de julio de 2012, ordenada en la causa “Compañía Minera Cerro del Medio SCM con Fisco y Otro”, Rol Nº 16.279-13 del Décimo Segundo Juzgado Civil de Santiago, ejerciendo los derechos y recursos que procedan tendientes a que se deje sin efecto dicha orden, dado el carácter reservado que legalmente tiene el documento de que se trata, según ha reconocido la Excma. Corte Suprema. En caso de quedar firme la resolución que ordena la exhibición, acompañar un certificado del Secretario Abogado que indique los asistentes a dicha sesión, la inhabilidad aceptada y puntos discutidos en el tratamiento de la proposición de transacción en la causa caratulada “Sociedad Contractual Minera Eton Chile con Fisco”, y el respectivo acuerdo adoptado.
  • Interponer querella en la causa RUC Nº 1700480634-4 de la Fiscalía Local de Antofagasta, por el delito de fraude al Fisco.

Por estimarse que los hechos revisten caracteres de delito y que existen sospechas fundadas de participación de funcionarios.

CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO