CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO

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SESIÓN DEL 15 DE MAYO DE 2018


DÉCIMA CUARTA SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO


FECHA: 15 de MAYO de 2018


ASISTENCIA:


Presidida por la Sra. María Eugenia Manaud Tapia, con la asistencia de los Consejeros Sra. Clara Szczaranski Cerda, Sra. Paulina Veloso Valenzuela, Sr. Carlos Mackenney Urzúa, Sr. Rodrigo Quintana Meléndez, Sra. María Inés Horvitz Lennon, Sra. Ana María Hübner Guzmán, Sr. Daniel Martorell Correa, Sr. Juan Peribonio Poduje, Sra. Javiera Blanco Suárez y Sr. Raúl Letelier Wartenberg.


Ausente el Sr. Jaime Varela Aguirre, por encontrarse haciendo uso de feriado legal


ACUERDOS Y FUNDAMENTOS:




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Inmobiliaria e Inversiones Konig Limitada con Fisco”, Rol Nº 865-18 del Segundo Juzgado Civil de Valdivia, sobre cobro de pesos, de una cuantía de $ 72.934.558, más reajustes e intereses, en el sentido que se pagará a la demandante la suma única y total de $ 79.877.887, soportando cada parte sus costas.


En atención al ahorro que implica la proposición ya que el demandante renuncia a los intereses, la mitad de los reajustes y las costas, evitándose, además, la incertidumbre del resultado del presente juicio.




  • No aprobar la proposición de transacción en las causas caratuladas “Ingeniería y Construcciones Santa Fe S.A. con Director de Vialidad de la Región del Maule”, Roles Nº 220-17, Nº 228-17 y Nº 229-17, del Tribunal de la Contratación Pública.


En consideración a que la sentencia dictada por el Tribunal de la Contratación Pública ya rechazó la demanda presentada en la causa Rol Nº 220-17, y porque el Ministerio de Obras Públicas retiró de tramitación las resoluciones impugnadas, con lo cual el contrato de transacción pierde el objeto.




  • Aprobar la proposición de transacción planteada por la Sociedad Educacional Weston Academy Limitada, en relación con subvenciones escolares indebidamente pagadas, de una cuantía de 1.620 UF, en los siguientes términos: a)La proponente Sra. Gloria Hormazábal Calderón, pagará al Fisco la suma adeudada, mediante doce cuotas mensuales y sucesivas de 135 UF; b) El Fisco renunciará a los intereses futuros, con excepción de los que se generen por la eventual mora; c) Se deberá incluir cláusula de caducidad del plazo; d) Cada parte soportará sus costas.


Atendido que la proponente carece de bienes sobre los cuales hacer efectivo el crédito y a que se obtiene el pago de la totalidad de la deuda en un corto lapso.




  • Solicitar a la Procuraduría Fiscal de Santiago un informe sobre el estado del estudio de inicio de acciones de disolución y cancelación de la personalidad jurídica de la Corporación Evangelística Impacto de Dios.


La procedencia de conocer el estado de tramitación del asunto.




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Sandino Urzúa Luna”, Rol Nº 9.402-17 del Segundo Juzgado de Policía Local de Maipú, sobre daños en choque, de una cuantía de $ 5.500.000, en los siguientes términos: a) La Compañía de Seguros Liberty S.A. pagará al Fisco la suma de $ 4.400.000, al contado, al momento de suscribir el respectivo escrito; b) El Fisco renunciará al saldo del capital demandado, como también a los intereses y reajustes devengados; c) Cada parte pagará sus costas.


En atención a que la suma propuesta se estima conveniente y concuerda con los criterios del Servicio para transigir en este tipo de juicios, evitando los costos de continuar con la tramitación del presente juicio.




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Emelectric S.A.”, Rol Nº 656-16 del Primer Juzgado de Letras de Talca, sobre cobro de pesos originados en gastos por traslado de postaciones, de una cuantía de $ 16.042.534, en los siguientes términos: a) La Compañía General de Electricidad S.A. pagará al Fisco la suma única y total de $ 13.000.000, al contado, al momento de suscribir el correspondiente escrito; b) Cada parte soportará sus costas.


En consideración a que se paga parte importante del capital adeudado y atendido lo resuelto por el fallo de primer grado.




  • Aprobar las bases de transacción planteadas en audiencia de 29 de enero pasado, por la Comisión Arbitral de la Concesión de Obra Pública Centro de Justicia de Santiago, exclusivamente en lo referido al cuaderno Nº 18, en el sentido que la concesionaria pagará al Fisco la suma única de 576 UTM, debiendo expresarse en la transacción que los montos que se paguen corresponden a multas. Cada parte soportará sus costas.


En consideración a que se estima conveniente la propuesta de la Comisión Arbitral, pues permite poner término a la controversia mediante el pago de una parte importante del monto aplicado por multa, y teniendo en cuenta la opinión favorable del Ministerio de Obras Públicas respecto del cuaderno Nº 18, y la opinión desfavorable respecto del cuaderno Nº 20, y la circunstancia de que el Consejo no es parte en el reclamo del cuaderno Nº 21.




  • Encomendar al Comité Laboral Medioambiental aprobar la redacción del contrato de transacción que dé cumplimiento, en lo relativo a las acciones civiles y su renuncia, al acuerdo de 23 de enero pasado, aprobatorio de la proposición planteada por el Laboratorio Biosano S.A., relativo a la causa Rol Nº 312-16 del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en virtud del cual la empresa pagará en beneficio del Fisco y de Cenabast la suma única y total de $ 250.000.000, por partes iguales. El presente acuerdo se materializará previa aprobación del Ministerio de Hacienda.


En consideración a que la presente transacción permite concluir el conflicto entre las partes, complementando lo acordado con fecha 23 de enero pasado.




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Marcela Prado Toro con Subsecretaría del Medio Ambiente”, RIT Nº T-213-17 del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, sobre tutela de derechos constitucionales, de una cuantía de $ 26.565.048, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 1.500.000, por concepto de reembolso de gastos médicos. Además, la Seremi de Medio Ambiente de la Octava Región realizará una capacitación a todos los funcionarios en actual desempeño en el Departamento de Personas sobre materias relativas a derechos fundamentales de los trabajadores, identificación de conductas y prácticas que constituyen vulneración a éstos, formas de prevención y procedimientos de protección, realizada por profesionales competentes del área, que comprenda veinte horas presenciales e igual término no presencial. Además, se detallarán las funciones que deberá desempeñar la actora, sin perjuicio de otras labores que le pudieran ser encomendadas por parte de su jefatura y nuevas autoridades. Se dejará expresa constancia de que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.


Por estimarlo conveniente al interés fiscal, considerando el importante ahorro que se obtiene frente a la suma demandada y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.



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