CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO

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SESIÓN DEL 17 DE ABRIL DE 2018


DÉCIMA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO

FECHA: 17 de ABRIL de 2018

ASISTENCIA:

Presidida por la Sra. María Eugenia Manaud Tapia, con la asistencia de los Consejeros Sra. Clara Szczaranski Cerda, Sra. Paulina Veloso Valenzuela, Sr. Rodrigo Quintana Meléndez, Sra. Ana María Hübner Guzmán, Sr. Jaime Varela Aguirre, Sr. Juan Peribonio Poduje, Sra. Javiera Blanco Suárez y Sr. Raúl Letelier Wartenberg.


Ausentes el Sr. Carlos Mackenney Urzúa y la Sra. María Inés Horvitz Lennon, quienes hacen uso de feriado legal, y el Sr. Daniel Martorell Correa, quien se encuentra participando en una audiencia decretada en causa a su cargo.


ACUERDOS Y FUNDAMENTOS:

  • Aprobar la proposición de facilidades de pago en la causa “CDE con Lorenzo Aviles Rubilar”, Rol Nº 2.110-12 del Primer Juzgado de Letras de Coyhaique, sobre acción de reembolso, en los siguientes términos: a) La demandada pagará al Fisco la suma de única y total de 235 UTM, mediante 64 UTM al momento de suscribir el correspondiente escrito, más veintitrés cuotas mensuales, iguales y sucesivas de 7 UTM cada una y una cuota final de 10 UTM; b) Se establecerá una cláusula de caducidad del plazo; c) Cada parte soportará sus costas.


En consideración a que comprende íntegramente el capital adeudado y a que se cuenta con la conformidad del Gobierno Regional de Aysén.




  • Solicitar al Ministerio de Obras Públicas que explicite mayormente todas sus razones para no aceptar las bases de transacción planteadas en audiencia de 29 de enero pasado, por la Comisión Arbitral de la Concesión de Obra Pública Centro de Justicia de Santiago, en lo concerniente al cuaderno Nº 20, y, de mantener esa opinión, precisar cuál sería el porcentaje que se pagaría en relación con la multa en que incide el cuaderno Nº 18, de manera que, manteniéndose los montos globales ofrecidos, se pague la totalidad de la multa a que se refiere el cuaderno Nº 20. En todo caso, de aprobarse una proposición deberá expresarse en el escrito correspondiente que los montos que se paguen corresponden a multas.


Por considerarse conveniente conocer los fundamentos de la opinión del Ministerio de no acceder a la transacción en uno de los cuadernos de que se trata.




  • No transigir en la causa “Estado de Chile con Minimal Enterprises Company y Elmira Shipping & Trading”, Rol Nº 7-09 de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, sobre demanda incidental de cumplimiento de sentencia, actualmente en tramitación ante la Excma. Corte Suprema.


En atención a la trascendencia del caso y el lesivo precedente que podría implicar un arreglo en los términos planteados, fundamentalmente en lo referido a la restitución del fondo de limitación de responsabilidad.




  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Salazar Rodríguez, Francis con Fisco”, RIT Nº O-95-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua, sobre despido injustificado, de una cuantía de $ 3.587.773, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 2.079.868, dejándose expresa constancia de que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.


Por estimarse conveniente al interés fiscal, considerando el importante ahorro que se obtiene frente a la suma demandada y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.


 

 

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