CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO

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SESIÓN DEL 17 DE ENERO DE 2018


SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO

FECHA: 17 de ENERO de 2018

ASISTENCIA:

Presidida por la Sra. María Eugenia Manaud Tapia, con la asistencia de los Consejeros Sra. Clara Szczaranski Cerda, Sra. Paulina Veloso Valenzuela, Sr. Carlos Mackenney Urzúa, Sra. María Inés Horvitz Lennon, Sra. Ana María Hübner Guzmán, Sr. Jaime Varela Aguirre, Sr. Daniel Martorell Correa y Sra. Javiera Blanco Suárez.


Ausentes el Sr. Juan Peribonio Poduje y el Sr. Raúl Letelier Wartenberg, por encontrarse haciendo uso de feriado legal y cumpliendo una comisión de servicios en el extranjero, respectivamente, y el Sr. Rodrigo Quintana Meléndez, atendida su inhabilidad para intervenir en el tratamiento del tema objeto de esta sesión extraordinaria.


ACUERDO Y FUNDAMENTOS:

  • Aprobar el proyecto de bases de transacción en el juicio arbitral “Corporación de Fomento de la Producción con SQM Salar S.A. y Otra”, Rol CAM Santiago A-1954-2014, y acumulados a éste, cuyos términos se describen en la minuta elaborada por Corfo, que se archiva adjunta al acta de la presente sesión extraordinaria, y han sido explicadas verbalmente en ésta por el Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, Sr. Eduardo Bitrán, y el Fiscal de dicha Corporación, Sr. Pablo Lagos. El acuerdo transaccional deberá ser sometido a la aprobación del Ministerio de Hacienda.


Por estimarse conveniente para el interés fiscal. En efecto, entre otras medidas, su aprobación permitirá obtener: a) El pago al contado de una indemnización por las rentas insolutas que originaron la demanda; b) Un aumento sustancial de las rentas que Corfo obtendrá por el resto de la duración del contrato; c) La creación de mecanismos de control y auditoría, en particular la actuación de dos interventores, que supervigilen el cumplimiento de los contratos vigentes entre Corfo y Soquimich, así como del cumplimiento por esta última de las normas ambientales; d) El compromiso de Soquimich de vender parte de su producción de litio a empresas productoras chilenas especializadas de bienes con valor agregado, a un precio preferente; e) Importantes aportes de la empresa a instituciones que el Consejo de Corfo determine para investigación y desarrollo, así como a comunidades del sector del Salar de Atacama, al Gobierno Regional de Antofagasta y a tres municipalidades; f) Cambios en el gobierno corporativo de SQM Salar S.A., incluida la designación de dos directores independientes, uno de los cuales actuará como Presidente de la empresa, y el establecimiento de un comité de directores con obligaciones de fiscalización; g) Diversos cambios en el gobierno corporativo de la empresa matriz y del Grupo Pampa, incluida la prohibición de que el anterior controlador de la empresa, así como las personas del grado de parentesco indicado en el acuerdo, ocupen cargos directivos o gerenciales; h) La sujeción del cumplimiento de las concesiones de la empresa a una cláusula penal de tal relevancia que permitirá asegurar de forma efectiva que el contrato se cumplirá adecuadamente.


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