SESIÓN DEL 19 DE DICIEMBRE DE 2017

CUADRAGÉSIMA CUARTA SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO

FECHA: 19 DE DICIEMBRE DE 2017

ASISTENCIA:

Presidida por el Sr. Carlos Mackenney Urzúa, en su calidad de Presidente subrogante, y con la asistencia de los Consejeros Sr. Rodrigo Quintana Meléndez, Sra. María Inés Horvitz Lennon, Sra. Ana María Hübner Guzmán, Sr. Jaime Varela Aguirre, Sr. Daniel Martorell Correa, Sr. Juan Peribonio Poduje, Sra. Javiera Blanco Suárez y Sr. Raúl Letelier Wartenberg.
Ausentes la Sra. María Eugenia Manaud Tapia, la Sra. Clara Szczaranski Cerda y la Sra. Paulina Veloso Valenzuela, quienes hacen uso de feriado legal.

ACUERDOS Y FUNDAMENTOS:

  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “Menéndez Argueso, Cristina y Otros con Fisco”, Rol Nº 1.183-17 del Quinto Juzgado de Letras de Valparaíso, sobre indemnización de perjuicios.

En consideración a la existencia de un régimen especial de indemnización por muerte en actos de servicio, que se ha cumplido, y a lo elevado del monto propuesto.

  • Aprobar la proposición de transacción en las causas “Fisco con CMET S.A.”, Roles Nºs 1.555-08, 20.387-08, 20.388-08, 11.437-09 y 25.030-15 del Séptimo Juzgado Civil de Santiago, y Nº 6.593-15 del Décimo Primer Juzgado Civil de Santiago, sobre cobro de costos de traslado de postaciones, en los siguientes términos: a) La empresa demandada pagará al Fisco la suma de $ 258.347.859, correspondiente al 80% del valor base determinado considerando el monto demandado sin IVA, ni intereses pero reajustado desde la fecha de pago de las facturas hasta la fecha del acuerdo, más el 50% del IVA neto, esto es, sin reajuste. La señalada suma se pagará mediante siete cuotas de $ 36.906.837, la primera de ellas al momento de la suscripción del respectivo escrito; b) El Fisco condonará el saldo de los intereses y reajustes devengados, con excepción de los que se generen por una eventual mora; c) La empresa se compromete formalmente a asumir a futuro el costo de los cambios de sus instalaciones que deban efectuarse en las fajas viales bajo tuición de Dirección de Vialidad cuando se le requiera legalmente, sea que realice los trabajos directamente o a través de terceros; d) Cada parte soportará sus costas. El presente acuerdo se materializará una vez que sea aprobado por el Ministerio de Hacienda.

En consideración a que se pagará en un corto plazo el total del capital adeudado y parte de los intereses, y que la oferta se conforma con el criterio sostenido en otros juicios similares en el sentido de aceptar el pago del 80% del valor neto reajustado de las facturas insolutas, más la mitad de lo debido por concepto de IVA.

CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO