CDE PARTICIPÓ EN AUDIENCIA DE REFORMALIZACIÓN POR LAVADO DE ACTIVOS DE EX COMANDANTE EN JEFE DEL EJÉRCITO, DELITO POR EL QUE TAMBIÉN SE FORMALIZÓ A SU CÓNYUGE

(29.07.2021) El Consejo de Defensa del Estado intervino este jueves en la audiencia efectuada ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, durante la cual, junto con reformalizar al ex Comandante en Jefe del Ejército Juan Miguel Fuente-Alba por el delito de lavado de activos, la Fiscalía Metropolitana Centro Norte procedió también a formalizar a su cónyuge, Ana María Pinochet, en calidad de coautora del mismo delito.

Tras conocer y valorar los hechos en que se fundó la formalización formulada por el Ministerio Público, así como la intervención del Consejo de Defensa del Estado en su calidad de querellante en la causa, el Tribunal decretó, respecto de ambos imputados, las medidas cautelares personales de arraigo y obligación de fijación de domicilio. 

Los argumentos entregados por el Consejo, representado por la Abogada Consejera María Inés Horvitz, resultaron relevantes para obtener que el Tribunal resolviera de forma favorable al interés público una cautela de garantías planteada por la defensa -que sostuvo que el plazo para solicitar las formalizaciones se encontraba vencido-, la que fue desestimada tras acogerse lo expuesto por el Ministerio Público y el CDE. En oposición a la incidencia, la Consejera adhirió a los argumentos de la Fiscalía en torno a que la solicitud de audiencia se efectuó encontrándose vigente la investigación penal, además de precisar que constituyó una decisión del Tribunal la fecha en que ésta se fijó.

La Consejera también representó al Tribunal “la inadmisibilidad decretada por la Corte de Apelaciones de Santiago de un recurso de amparo presentado con anterioridad por la defensa, cuya apelación se encuentra pendiente, y en el que lo planteado no guarda relación con la cautela de garantías que ahora se discute, sino con una eventual amenaza del derecho a la libertad de desplazamiento de la imputada que, a juicio de la contraparte, podría ocasionar la discusión de medidas cautelares personales que aún no se decretan”.

Asimismo, Horvitz detalló la existencia de jurisprudencia, incluida una reciente sentencia de la Corte Suprema, “que precisa con claridad que el plazo previsto en el artículo 247 del Código Procesal Penal no opera de pleno derecho, como sostuvo la defensa, dado que el transcurso del plazo de dos años no determina por sí sólo el cierre de la investigación sino que, por el contrario, necesariamente debe solicitarse el apercibimiento, tanto por el querellante o por el imputado, y fijarse una audiencia para que se declare su cierre”. A mayor abundamiento, explicó que “no existe una sanción expresa e inmediata del legislador respecto del incumplimiento del cierre de la investigación en ese plazo, pues para decretar el sobreseimiento deben concurrir los presupuestos legales para ello, como que el Ministerio Público no asista a la respectiva audiencia o se niegue a cerrar la investigación”. Conforme con lo anterior, el Tribunal rechazó la incidencia planteada al no satisfacerse ninguno de tales presupuestos y al considerar que se solicitó el apercibimiento cuando ya se había fijado por el Tribunal la fecha de la audiencia de formalización.

La Fiscalía relató y precisó los hechos imputados a ambos formalizados en una extensa lectura que duró aproximadamente cuatro horas, destacando que las indagatorias han corroborado que hubo un evidente incremento en el patrimonio de la pareja, de más de 280%, lo que no se condice con los ingresos que Fuente-Alba percibió en su calidad de ex Comandante en Jefe durante los años 2010 y 2014. Asimismo, se entregó una serie de detalles sobre, al menos, ocho modalidades de lavado de dinero, entre ellas, millonarios movimientos bancarios y de inversión ejecutados por ambos, compra y resciliación de contratos de adquisición de vehículos, compra de inmuebles con créditos que luego se prepagan con otros créditos, y pago de cuotas al contado y con dinero en efectivo, todo ello con el propósito de distanciar el dinero de su origen ilícito.

Antecedentes

El CDE interviene en las 57 aristas en que se investigan delitos de corrupción y defraudaciones de recursos públicos al interior del Ejército de Chile, procesos que se encuentran bajo la supervisión de la Consejera María Inés Horvitz, tanto los radicados en la jurisdicción militar -a cargo de la Ministra en Visita Extraordinaria, Romy Rutherford-, como los abiertos ante la justicia ordinaria, a cargo del Ministerio Público.

En lo que respecta a esta causa, en la que junto a la Consejera interviene activamente el abogado litigante de la Procuraduría Fiscal de Santiago Marcelo Oyharcabal, el CDE amplió en noviembre de 2020 la querella criminal por el delito de lavado de activos presentada en junio de 2019 contra el ex general Fuente-Alba, dirigiéndola también contra su cónyuge. La acción imputó a Pinochet diversas operaciones -materiales, financieras y jurídicas- que, en su conjunto, tuvieron por objeto disimular el origen ilícito de los bienes obtenidos. Lo anterior, daría cuenta de un eventual ocultamiento de bienes o “blanqueo propio”, con el propósito de esconder o disimular “la naturaleza, origen, ubicación, propiedad o control de dinero y/o bienes obtenidos ilegalmente”; así como de “introducir en la economía activos de procedencia ilícita, dándoles apariencia de legalidad al valerse de actividades lícitas”, sostuvo la acción del Consejo.

El Organismo realizó dicha imputación sobre la base de informes, antecedentes y declaraciones de testigos, como de la propia imputada contenidos en la investigación, y que fueron consignados en detalle en la querella. Precisamente, el delito base que posibilitó ampliar la acción hacia Ana María Pinochet fue el de malversación reiterada de caudales públicos cometido por parte de su cónyuge, el que, conforme con el auto de procesamiento dictado en su contra, asciende a una suma aproximada de $3.500 millones.