(05.05.2026) El Consejo de Defensa del Estado valoró las sentencias dictadas por la Corte de Apelaciones de Santiago que desestimaron las demandas de indemnización de perjuicios contra el Estado por falta de servicio, relacionadas con los incendios y saqueos que afectaron a las iglesias La Asunción y La Veracruz, en el contexto de las movilizaciones sociales.
Las parroquias afectadas presentaron estas demandas señalando que el Estado no cumplió con su obligación de protección y prevención frente a los desmanes que ocurrieron en el contexto de las manifestaciones, argumentando que las fuerzas de orden no habrían respondido de manera adecuada para evitar los daños a estas iglesias.
En el primer caso, el 22º Juzgado Civil de Santiago había condenado al Estado a pagar $2.900 millones, considerando que era responsable una “falta de servicio en su obligación de prevención y protección respecto a la Parroquia de La Asunción por los hechos acaecidos tanto el 08 de noviembre de 2019 como el 18 de octubre de 2020”, que culminaron con el incendio y destrucción de dicho lugar.
Sin embargo, la Corte de Apelaciones, en una decisión unánime, revocó dicho fallo al determinar que los hechos señalados se trataron “de manifestaciones y violencias inusitadas, que se cometieron a lo largo del país desde el 18 de octubre de 2019 en adelante, con una altísima convocatoria de personas, siendo la conocida Plaza Baquedano, el lugar que mayor presencia de manifestantes presentó a lo largo de todo ese periodo y que está próximo al lugar donde se ubica la parroquia demandante.”
“Que los hechos denunciados en autos y que afectaron a la actora, deben ser conocidos en el contexto que se ha descrito, esto es, la tarea propia de las fuerzas de orden y seguridad públicas deben ser examinadas desde esta perspectiva y no de un día cualquiera y ordinario.”
“Cuando se produjeron los hechos que afectaron a la parroquia demandante, se vivía en el país circunstancias excepcionales que pusieron a carabineros de Chile y demás fuerzas de orden y seguridad, en un evento imprevisible, viéndose completamente superados por los manifestantes, la violencia de un grupo mayoritario, los ataques ya descritos y sus persistencia en el tiempo, lo que se enfrentó con todos los medios disponibles, siendo imposible el mejor cumplimiento de la obligación de resguardar el orden público sin exponer la integridad física de los funcionarios”.
Finalmente, se concluye que no hubo falta de servicio.
En cuanto a la causa relacionada a la iglesia de La Veracruz, la misma Corte confirmó la sentencia de primera instancia emanada del 17º Juzgado Civil de Santiago que había rechazado íntegramente la demanda en contra del Estado, sobre la base de similares argumentos. Por dicha demanda se pretendía el pago de más de $5.200 millones como indemnización.




