CORTE SUPREMA RATIFICÓ ATRIBUCIONES DE LA CONTRALORÍA REGIONAL DE LOS RÍOS EN CASO SOBRE PERMISOS IRREGULARES DE CONSTRUCCIÓN Y SUBDIVISIÓN DE PREDIOS DEL DL. 3516

(15.10.2020) La Corte Suprema ratificó a comienzos de este mes un fallo de la Corte de Apelaciones de Valdivia que rechazó un recurso de protección presentado por una empresa constructora en contra de la Contraloría General de la República, en caso sobre permisos irregulares de edificación en zona rural otorgados en la comuna de Panguipulli.

Mediante el Dictamen N° 203, de 15 de enero de 2020, la Contraloría Regional de Los Ríos declaró irregulares 13 permisos para edificar en zona rural, otorgados por la Municipalidad de Panguipulli a la empresa Panguipulli SpA, al considerar que ésta no contaba con la totalidad de las autorizaciones para iniciar las obras y debía cumplir con la normativa existente relativa a división y uso de suelos agrícolas.

A cargo de la defensa judicial del Órgano Contralor, el Abogado Procurador Fiscal del CDE en la Región de Los Ríos, Natalio Vodanovic, indicó que “la Corte Suprema ratificó el criterio del Tribunal de Alzada respecto del correcto ejercicio de las atribuciones legales y constitucionales de la Contraloría Regional en este asunto, descartando la existencia de algún acto ilegal o arbitrario, argumento sostenido por el Consejo que fue acogido por la Corte de Apelaciones y, ahora, confirmado, por la Corte Suprema”.

Precisamente, en mayo, la Corte de Apelaciones de Valdivia señaló que la empresa “confunde la ilegalidad y arbitrariedad del acto impugnado, con una distinta interpretación del Derecho por parte del órgano de control, constatándose que este último ha emitido el Oficio dentro de la esfera de sus atribuciones legales y constitucionales, por lo que no existe acto ilegal o arbitrario que censurar por esta vía excepcional y de urgencia”.

En sus alegatos, el CDE subrayó la relación que debe establecerse entre la normativa de la Ley General de Urbanismo y Construcción y el Decreto Ley 3.516, que autoriza la subdivisión de predios rústicos en unidades mínimas de media hectárea, regulación legal que de ser transgredida autoriza al ente contralor a verificar las actuaciones u omisiones de los entes públicos concernidos en los permisos y autorizaciones que son menester. Se advirtió que una multiplicidad de solicitudes de permisos de construcción para lotes aún no transferidos, afectaba el tenor y espíritu de la prohibición, que permite la construcción de una vivienda, pero gestionado el permiso correspondiente por el nuevo propietario. Cuando lo solicita la empresa inmobiliaria que subdivide antes de transferir, y desarrolla otras faenas constructivas, atenta contra la prohibición de generar nuevos polos habitacionales sin debida autorización.