CORTE SUPREMA RECHAZÓ RECURSO DE PROTECCIÓN INTERPUESTO POR INMOBILIARIA QUE BUSCABA DECLARAR ILEGAL EL CARÁCTER DE MONUMENTO HISTÓRICO DE LA VILLA SAN LUIS

24.07.2018.- El pasado lunes 23 de julio, la Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó el recurso de protección interpuesto por la Constructora e Inmobiliaria Presidente Riesco S.A. contra el Ministerio de Educación, cartera que -según el requirente- habría declarado como monumento nacional a la Villa San Luis de Las Condes, sin haber respetado el debido procedimiento.

La sentencia dejó sin efecto lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago, que acogió el recurso de protección en contra del Mineduc presentado el pasado 16 de abril, el cual establecía el “actuar arbitrario e ilegal de la recurrida al no notificar a la empresa constructora e inmobiliaria Presidente Riesco S.A. del proceso de declaración de monumento nacional”.

El CDE, que representó al Estado en este recurso, señaló que “no se han vulnerado los derechos de la inmobiliaria en la declaración de monumento nacional y el valor histórico de la Villa San Luis no puede ser discutido mediante un recurso de protección, ya que es una discusión de lato conocimiento”. Ambos argumentos fueron acogidos por la Excelentísima Corte Suprema.

La causa estuvo directamente a cargo del Consejero Raúl Letelier y contó con la colaboración del Consejero Rodrigo Quintana, quién además estuvo a cargo del alegato en la Corte Suprema.

Tras la resolución de la Corte Suprema, se confirmó la legalidad del acto por medio del cual el Consejo de Monumentos Nacionales declaró como monumento histórico el mencionado conjunto habitacional.