SESIÓN DE 08 DE SEPTIEMBRE DE 2020

SESIÓN DE 8 DE SEPTIEMBRE DE 2020

PARTICIPANTES: Presidida por el Sr. Juan Peribonio Poduje, con la participación de los Consejeros Sra. Clara Szczaranski Cerda, Sra. Paulina Veloso Valenzuela, Sr. Carlos Mackenney Urzúa, Sr. Rodrigo Quintana Meléndez, Sra. María Inés Horvitz Lennon, Sra. Ana María Hübner Guzmán, Sr. Jaime Varela Aguirre, Sr. Daniel Martorell Correa, y Sr. Raúl Letelier Wartenberg y el Sr. Sebastián Soto Velasco

ACUERDO Y FUNDAMENTOS:

  • Aprobar la propuesta de transacción en la causa “Consejo Nacional de La Cultura y de Las Artes con Agrupación Cultural Amigos de la Opera”, Rol N° 1.854-20 del Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Antofagasta, sobre cobro de pesos, de una cuantía de $ 6.371.466, en los siguientes términos: a) La Entidad demandada pagará al Fisco la suma única y total de $ 3.800.000, al contado, al momento de suscribir el escrito respectivo; b) El Fisco, por su parte, renunciará a perseguir el saldo de la suma demandada y al cobro de reajustes, intereses y costas.

En atención a que la entidad demandada carece de bienes.

  • Aprobar la propuesta de transacción en la causa “Minera Las Cenizas S.A. con Fisco de Chile”, Rol N° 3.142-19 del Cuarto Juzgado de Letras en lo Civil de Antofagasta, sobre constitución de servidumbres mineras, en los siguientes términos: a) El Fisco aceptará la constitución de servidumbre minera de ocupación y tránsito sobre una extensión de 61,72 hectáreas de suelo superficial de dominio fiscal; b) La demandante pagará al Fisco a título de indemnización de perjuicios la suma de 7.063,31 UF, mediante pagos anuales de 235,443667 UF, por el periodo de treinta años; c) Cada parte pagará sus costas. El presente acuerdo se implementará una vez aprobado por el Ministerio de Hacienda. Se faculta al Sr. Abogado Procurador Fiscal de Antofagasta para comparecer en la respectiva escritura pública.

En consideración a que el monto propuesto concuerda con el valor de la indemnización estimada por el Ministerio de Bienes Nacionales.

  • Aprobar la propuesta de transacción en la causa “Minera Las Cenizas S.A. con Fisco de Chile”, Rol N° 3.152-19 del Cuarto Juzgado de Letras en lo Civil de Antofagasta, sobre constitución de servidumbres mineras, en los siguientes términos: a) El Fisco aceptará la constitución de servidumbre minera de ocupación y tránsito sobre una extensión de 115,25 hectáreas de suelo superficial de dominio fiscal; b) La demandante pagará al Fisco a título de indemnización de perjuicios la suma de 13.189,35 UF, mediante pagos anuales de 439,645 UF, por el periodo de treinta años; c) Cada parte pagará sus costas. El presente acuerdo se implementará una vez aprobado por el Ministerio de Hacienda. Se faculta al Sr. Abogado Procurador Fiscal de Antofagasta para comparecer en la respectiva escritura pública.

En consideración a que el monto propuesto concuerda con el valor de la indemnización estimada por el Ministerio de Bienes Nacionales.

  • Aprobar la propuesta de transacción en la causa “Fisco de Chile con Inmobiliaria e Inversiones Mandalay S.A.”, Rol N° 34.572-18 del Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago, sobre cumplimiento obligación de dar, en los siguientes términos: a) La demandada pagará al Fisco la suma de 152,95 UTM, mediante once cuotas mensuales y sucesivas de 12,75 UTM más una última cuota mensual de 12,70 UTM, a partir del 30 de noviembre de 2020; b) El Fisco renunciará a los intereses futuros, con excepción de aquellos que se generen por la eventual mora; c) Se deberá incluir cláusula de caducidad del plazo; d) Cada parte pagará sus costas.

En consideración a la situación económica de la empresa demandada, derivada de la actual emergencia sanitaria, y que se obtiene el pago de lo adeudado en un término razonable.

  • Aprobar la propuesta de transacción en la causa “Valdés Jiménez, Fernán y Otros con Fisco de Chile”, Rol N° 26.760-19 del Décimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, sobre indemnización de perjuicios por prisión política y tortura, de una cuantía de $ 100.000.000, en el sentido que el Fisco pagará al Sr. Luis Farías Salazar la suma única y total de $ 5.000.000, soportando cada parte sus costas.

Por estimar que se trata de una cifra razonable y en atención al ahorro fiscal que conlleva, considerando el promedio fijado por los tribunales en este tipo de materia, como, asimismo, la desfavorable y sostenida jurisprudencia de la Corte Suprema y la alta probabilidad de obtener sentencia de condena superior a este monto.

  • Aprobar la propuesta de transacción en la causa “Ciña Donoso, Dolly y Otros con Fisco de Chile”, Rol N° 17.414-19 del Segundo Juzgado Civil de Santiago, sobre indemnización de perjuicios por prisión política y tortura, de una cuantía de $ 500.000.000, en el sentido que el Fisco pagará las sumas únicas y totales que se señalan, a los actores que se indican: $ 12.000.000 a don Pedro Durán Quiroz, $ 13.000.000 a don Rigoberto Acuña Ortiz y $ 12.000.000 a don Luis Ruperto Sáez Devincensi. Cada parte soportará sus costas.

Por estimar que se trata de una cifra razonable y en atención al ahorro fiscal que conlleva, considerando el promedio fijado por los tribunales en este tipo de materia, como, asimismo, la desfavorable y sostenida jurisprudencia de la Corte Suprema y la alta probabilidad de obtener sentencia de condena superior a este monto.

  • Aprobar la propuesta de transacción en la causa “Pisagua, Homicidio de Luis Manríquez y Nicolás Chanez (Dda. Civil)”, Rol N° 2.182-98 de la Corte de Apelaciones de Santiago, a cargo del Ministro de Fuero Sr. Mario Carroza, sobre homicidio, en el sentido que el Fisco pagará las sumas únicas y totales de $ 93.000.000 a doña Patricia del Carmen Covarrubias Barrientos y $ 47.000.000 a doña María Soledad Fuenzalida Covarrubias, soportando cada parte sus costas.

Por entender que la propuesta es adecuada en relación con los daños materia de la demanda, y es conveniente respecto de la indemnización establecida por la sentencia de primera instancia.

  • Aprobar la propuesta de transacción en la causa “Vasseur con Fisco de Chile”, Rol N° 1.458-15 del Tercer Juzgado de Letras de Talca, sobre indemnización de perjuicios por fallecimientos en tsunami de 2010, de una cuantía de $ 7.400.000.000, en el sentido que el Fisco pagará a la parte demandante la suma única y total de $ 550.000.000, soportando cada parte sus costas. El presente acuerdo se materializará previa aprobación del Ministerio de Hacienda.

En consideración a la jurisprudencia actual de la Corte Suprema respecto a la materia controvertida y por considerar que las sumas indemnizatorias propuestas son adecuadas, atendida la relación familiar de que se trata en cada caso.

  • Aprobar la propuesta de transacción en la causa “Ponce Aravena, Ximena María con Fisco”, RIT Nº O-842-19 del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 25.417.470, en el sentido que el Fisco pagará a la actora la suma única y total de $ 10.911.910, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de carácter común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a las pretensiones de la demanda y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la propuesta de transacción en la causa “Consejo de Defensa del Estado con Fredes Vargas”, Rol N° 12.848-16 del Primer Juzgado Civil de Puente Alto, sobre acción de reembolso, de una cuantía de $ 1.326.548, en los siguientes sentidos: a) El demandado pagará al Fisco catorce cuotas mensuales y sucesivas de 3 UF más una última cuota mensual de 0,502 UF; b) Cada parte soportará sus costas.

En atención al origen de la deuda, proveniente de remuneraciones pagadas indebidamente, al bajo monto de lo adeudado y la circunstancia de que se paga el capital demandado.

  • Aprobar la propuesta de transacción en la causa “Pincheira Meléndez, Alvaro con Fisco de Chile”, RIT Nº O-200-20 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 42.402.534, en el sentido que el Fisco pagará al actor la suma única y total de $ 6.624.000, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de carácter común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a las pretensiones de la demanda y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

 

 

CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO