CORTE SUPREMA UNIFICA JURISPRUDENCIA EXIMIENDO AL FISCO DEL PAGO DE INTERESES PENALES Y MULTAS

(21.11.2023) Desde el 11 de octubre pasado hasta la fecha, la Cuarta Sala de la Corte Suprema ha dictado una serie de sentencias recaídas en causas de reconocimiento de relación laboral de personas contratadas a honorarios por órganos de la Administración del Estado, condenando a éstos al pago de cotizaciones previsionales cuando no estuvieran pagadas directamente por el demandante o no se hubiera pactado contractualmente dicho pago por el trabajador, eximiéndolos del pago de multas e intereses penales, es decir, sobre una base diversa a la establecida en el Decreto Ley N° 3.500.

Así, el Máximo Tribunal acoge los argumentos esgrimidos por la defensa fiscal y que se han venido trabajando y afinando desde hace un par de años por el Comité Laboral Medioambiental, con la valiosa colaboración de los abogados y abogadas de la Procuraduría Fiscal de Santiago, Carolina Cuevas, Jorge Escobar, Roxana Aránguiz, María Eliana Ricke y Juan José Reyes .

En concreto, en sus sentencias, la Corte Suprema consideró que no procede someter al órgano estatal al mismo tratamiento normativo que rige para los empleadores privados, por estar en circunstancias muy disímiles, pues los órganos de la Administración del Estado no podían, de acuerdo a la normativa y reglas presupuestarias que los rigen, pagar libremente las cotizaciones de sus prestadores de servicios a honorarios durante la vigencia del vínculo, estando, en definitiva, de buena fe y amparados por la presunción de legalidad. 

A mayor abundamiento, el Máximo Tribunal establece que las cotizaciones a que resulte condenado este tipo de empleador, amparado por la referida presunción, deberán ser incrementadas únicamente con reajustes y con intereses del artículo 63 del Código del Trabajo, los que sólo se devengarán desde la época en que el fallo que declaró el carácter laboral del vínculo quedó ejecutoriado.

La Consejera Mariana Valenzuela hace especial hincapié en el trabajo colaborativo realizado en esta materia entre los Consejeros del Comité Laboral Medioambiental, sus asesores y los abogados laboralistas de todas las Procuradurías Fiscales, todos quienes han ido aportando ideas y nuevos argumentos, obteniéndose logros y avances en los últimos años, aunque reconoce que estos fallos tienen especial relevancia por el importante impacto que tendrá en el erario fiscal, significando millonarios ahorros al Estado, pues beneficia tanto a órganos centralizados como descentralizados. 

Sobre la materia destacan los alegatos ante la Corte Suprema de los abogados Pedro Gorroño, Carolina Cuevas, Juan José Reyes, y la Consejera Mariana Valenzuela y ante el Tribunal Constitucional de los abogados María Eliana Ricke, Roxana Aránguiz, Jorge Escobar, Carolina Cuevas y los Consejeros Juan Peribonio, Jaime Varela y  Mariana Valenzuela.