UNIDAD DE MEDIACIÓN POR DAÑOS EN SALUD PÚBLICA
Abogada Jefa : Virginia Vega Díaz
La Unidad de Mediación por daños en salud pública del Consejo de Defensa del Estado es responsable de elaborar los procedimientos y administrar los recursos destinados a la operación del sistema de mediación prejudicial entre los usuarios(as) del sistema de salud público y la red de prestadores de estos servicios.
La Ley 19.966 señaló que serán susceptibles de mediación por el Consejo de Defensa del Estado, sólo aquellos reclamos por daños producidos con ocasión de prestaciones de salud realizadas en los establecimientos de salud pública.
La mediación es un procedimiento no confrontacional que promueve la comunicación directa entre la persona que reclama y/o su representante y la persona que representa al establecimiento de salud donde ocurrieron los hechos, para que, con la ayuda de el mediador(a), puedan llegar a una solución del conflicto. El mediador (a) citará a una o varias audiencias con el fin que las partes expongan el conflicto, propongan las medidas de solución y lleguen a acuerdos. La mediación no es un juicio, porque las decisiones no son adoptadas por un tercero ajeno a las partes involucradas.