CDE REALIZÓ ALEGATO DE APERTURA EN SEGUNDA JORNADA DE JUICIO ORAL SEGUIDO CONTRA EXCOMANDANTE EN JEFE DEL EJÉRCITO JUAN MIGUEL FUENTE-ALBA

(23.06.2023) El Consejo de Defensa del Estado efectuó sus alegatos de apertura en la segunda jornada de juicio oral seguido contra el excomandante en jefe del Ejército Juan Miguel Fuente-Alba y su cónyuge, Anita María Pinochet, por delitos reiterados de lavado de activos en grado de consumados, en relación al delito base reiterado de malversación de caudales públicos.

El abogado de la Procuraduría Fiscal de Santiago, Marcelo Oyharcabal, presentó ante el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago los argumentos en que se fundó la acusación particular deducida por el CDE que, junto con la abundante y consistente prueba de cargo que será acreditada durante el desarrollo del juicio oral, permitirá al tribunal arribar a la convicción de la responsabilidad penal que cabe a ambos acusados en la comisión de los delitos.

El alegato de apertura del CDE hizo suyas las alegaciones que, de manera previa, efectuó el Ministerio Público en relación con la existencia de una serie de hechos típicos y antijurídicos previstos en el artículo 27 de la ley 19.913, que tipifica y sanciona el delito de lavado de activos. El Consejo señaló que la prueba propia que aportará en su calidad de querellante permitirá complementar la abundante prueba de cargo de la Fiscalía, cuya relevancia permitirá acreditar conductas de ocultamiento, disimulación, adquisición y uso de bienes provenientes de fondos públicos malversados al Ejército de Chile; maniobras ilícitas perpetradas por ambos acusados de forma consciente y voluntaria.

“Durante este juicio –sostuvo el abogado Marcelo Oyharcabal– se logrará probar que el general Fuente-Alba, ejerciendo el mando superior de la institución, impartía instrucciones verbales al director de Finanzas del Ejército para que parte de estos gastos reservados se entregaran al jefe del Departamento de Finanzas de la Comandancia en Jefe del Ejército, en forma parcializada, por un total de 2.980 millones de pesos, lo que se denominaba recursos extraordinarios o recursos de libre disponibilidad del Comandante en Jefe del Ejército, misma metodología utilizada en la cuenta en dólares, sin que quedara registro contable”.

En cuanto al delito de lavado de activos, “esta parte querellante tiene la convicción que se logrará acreditar que los acusados, a sabiendas del origen ilícito de estos fondos, ocultaron, disimularon su origen y utilizaron bienes que, en definitiva, provenían directa o indirectamente de este delito base, con ánimo de lucro”. Junto con ello, el abogado del Consejo profundizó sobre la concurrencia en este caso de cada una de las fases que permiten tipificar dicho delito, las cuales se refieren a la colocación, estratificación e integración de los bienes de origen ilícito.  

Al momento de concluir su alegato, el abogado del Consejo de Defensa del Estado subrayó que el significativo caudal de prueba de cargo en que se funda la acusación fiscal permitirá acreditar la responsabilidad penal que cabe a ambos acusados en la comisión de los delitos de malversación de caudales públicos y de lavado de activos, permitiendo al tribunal arribar a un veredicto condenatorio en su contra.

Marcelo Oyharcabal, abogado litigante Procuraduría Fiscal de Santiago