REVISTA 40

PRESENTACIÓN

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PRESENTACIÓN

Comité Editorial

Pausada pero presente nuestra revista institucional sigue avanzando en su aporte a la comunidad jurídica ya por más de veinte años, merced a la difusión de ensayos y estudios jurídicos, además del análisis de la jurisprudencia de los tribunales, siempre atenta a nuevos desafíos propios de los tiempos que corren.

A tales insumos se suma, ya desde hace un tiempo, y en concordancia con las ideas de probidad y transparencia, la inclusión, en el cuerpo de la revista, de la cuenta pública anual del jefe del Servicio. En este caso, la cuenta correspondiente al año 2020, es presentada por el Presidente del Consejo de Defensa del Estado, don Juan Antonio Peribonio Poduje, quien, pasado el primer año de su periodo, expone una serie de antecedentes relevantes que dan cuenta de las complejidades que asume hoy la defensa jurídica del Estado, entre ellas las asociadas al trabajo en pandemia, amén de la consideración de una serie de temas centrales de su quehacer como son la protección de las atribuciones y potestades públicas, del medioambiente y del acervo cultural del país; la defensa del patrimonio fiscal y de los bienes nacionales de uso público para beneficio de toda la comunidad; la persecución de la corrupción y de los delitos que atentan contra los derechos de las personas; y la mediación por daños en salud, materias a las cuales se suman varias otras asociadas a la gestión interna del Servicio, destacando, a tal respecto, la gestión del conocimiento, el compromiso con la formación, el trabajo colaborativo y la entrega de un buen servicio, el bienestar de las personas como centro de nuestro actuar y la modernización institucional.

Siguen, luego, en la Sección de Doctrina, dos interesantes estudios.

El primero, titulado “Principio de no formalización en la jurisprudencia del Tribunal de Contratación Pública: Notas para su estudio”, escrito por don Pablo Andrés Alarcón Jaña, juez titular del Tribunal de Contratación Pública, y por don Pedro Bello Villablanca, relator del mismo tribunal, analiza el principio de no formalización y cómo ha sido entendido en la jurisprudencia reciente del Tribunal de Contratación Pública. Para ello, se revisan, en primer término, los principios que rigen la licitación pública; luego, cuál es el sentido y alcance del principio de no formalización; para, finalmente, concluir de qué forma su aplicación –al momento de decidir un caso concreto– armoniza con los principios cardinales de la licitación pública, tales como los de estricta sujeción a las bases, de juridicidad y de igualdad entre los oferentes.

El segundo, titulado “Estado actual de la jurisprudencia en materia de aplicación de la tesis de comunicabilidad de la circunstancia personal de funcionario público”, corresponde a un informe elaborado por el Departamento de Estudios del Consejo de Defensa del Estado, el cual tiene por objeto constatar el actual estado de la jurisprudencia de la Corte Suprema, entre los años 2001 y 2020, en la aplicación del llamado principio de la comunicabilidad. En concreto, se trata entonces de verificar el modo en que actualmente el Máximo Tribunal hace comunicable o no al extraneus el elemento del tipo de carácter personal que se da en el autor de los delitos especiales, denominado intraneus. En el caso específico, la calidad especial del sujeto calificado que se aborda está dada por la condición de funcionario público, por lo que se debe determinar si la misma se comunica a quien interviene en el hecho, pero no posee tal calidad especial, caso en el cual éste debe ser sancionado por el mismo título de imputación de quien detenta la calidad de funcionario o bien, no se le comunica y, en ese evento, éste debe ser sancionado, en su caso, por el delito común que corresponda.

Se suman, a continuación, algunos fallos que, por su relevancia, se han querido destacar en el presente número, entre ellos las decisiones asociadas a la limitación de la revisión judicial de las medidas adoptadas por la autoridad sanitaria en el contexto de covid-19; la pertinencia de la acumulación de sanciones administrativas y penales por los mismos hechos, cuestión analizada en el marco del caso denominado “La Polar”; la decisión de no perseverar en la investigación en ausencia de formalización; así como sendos fallos medioambientales, vinculados, el primero, con la declaración, en calidad de Monumento Nacional bajo la categoría de Monumento Histórico, del inmueble denominado “Fábrica Textil Bellavista Oveja Tomé”, de propiedad del Banco de Chile, recurrente de protección en la especie; y, el segundo, con la extensión de la reparación ambiental provocada por el daño causado a las copropietarias del terreno en donde se ejecutó el correspondiente proyecto.

Finalmente, se incluye una recensión bibliográfica, escrita por don Arturo Felipe Onfray Vivanco, la cual versa sobre el libro de Pedro Prado, titulado “Un juez rural”, un clásico de nuestra literatura, el cual es abordado, en la especie, desde la perspectiva del Derecho procesal y de la ética de las profesiones jurídicas.

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