SESIÓN 08 DE OCTUBRE DE 2019

TRIGÉSIMA TERCERA SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO

FECHA: 8 de OCTUBRE de 2019

ASISTENCIA:

Presidida por la Sra. María Eugenia Manaud Tapia, con la asistencia de los Consejeros Sra. Paulina Veloso Valenzuela, Sr. Carlos Mackenney Urzúa, Sra. María Inés Horvitz Lennon, Sra. Ana María Hübner Guzmán, Sr. Jaime Varela Aguirre, Sr. Daniel Martorell Correa, Sr. Juan Peribonio Poduje, Sr. Raúl Letelier Wartenberg y Sr. Sebastián Soto Velasco.

Ausentes la Sra. Clara Szczaranski Cerda, quien hace uso de licencia médica, y el Sr. Rodrigo Quintana Meléndez, por encontrarse preparando dos alegatos ante los tribunales superiores en causas a su cargo.

ACUERDO Y FUNDAMENTOS:

  • Aclarar el acuerdo adoptado en sesión de 27 de agosto pasado, aprobatorio de la proposición de transacción en la causa “Vogel y Otra con Ministerio de Obras Publicas y Otra”, RIT N° O-7.967-18 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en el sentido que el demandante mencionado en su letra a) es el Sr. Pedro Benavente Aguilar y el mencionado en su letra l) es el Sr. Plácido Silva Fuentes, manteniéndose en todo lo demás el referido acuerdo.
  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Luzlinares S.A.”, Rol N° 2.548-2013 del Cuarto Juzgado de Letras de Talca, sobre cobro de pesos, de una cuantía de 2.987 UF, en el sentido que la demandada pagará dicha suma al contado, renunciando el Fisco a los intereses que puedan haberse devengado. Cada parte soportará sus costas.

En consideración a que se paga el total del capital demandado, debidamente reajustado, al contado.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Empresa Matabichos Control de Plagas Ltda.”, Rol N° 6.940-15 del Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, sobre cobro de multa sanitaria, de una cuantía de 180 UTM, en los siguientes términos: a) La empresa pagará al Fisco la suma demandada mediante diez cuotas iguales, mensuales y sucesivas de 18 UTM y al Consejo $ 200.000, al contado, por concepto de costas; b) El Fisco renunciará a los intereses devengados, como también a los intereses futuros, con excepción de aquellos que se generen por la eventual mora. c) Se deberá incluir cláusula de caducidad del plazo; d) Se mantendrá el embargo decretado sobre los bienes del demandado hasta el pago total de la deuda.

En consideración que la empresa demandada propone pagar la totalidad del capital adeudado, más las costas de la causa, y a que los intereses a los cuales renuncia el Fisco son bajos.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Porsche Chile SpA”, Rol N° 40.486-18 del Sexto Juzgado Civil de Santiago, sobre cumplimiento de contrato, de una cuantía de US$ 62.200, en los siguientes términos: a) La empresa demandada pagará la suma única de US$ 62.200, al contado, en su equivalente en moneda nacional según el valor del dólar observado; b) El Fisco renunciará a los intereses y reajustes devengados; c) Cada parte soportará sus costas.

En consideración a que se obtiene el pago al contado del capital demandado.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Jofré Sánchez, Andrea con Subsecretaría de Transportes”, RIT N° O-3.355-19 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 41.895.578, más cotizaciones previsionales, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 28.728.396, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a los conceptos demandados y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Acuña Durán, Eduardo con Fisco”, RIT N° O-7.742-18 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 37.279.516 más cotizaciones previsionales, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 22.890.931, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a los conceptos demandados y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Moreno González, Silvia con Fisco”, RIT N° T-1.065-18 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre tutela de derechos constitucionales, de una cuantía de $ 46.227.624, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 12.568.950, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a los conceptos demandados y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Parra Solís Claudia con Senda”, RIT N° T-31-19 del Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia, sobre tutela de derechos constitucionales, de una cuantía de $ 46.022.666, en el sentido que se pagará $ 5.077.440 a la Sra. Claudia Parra y $ 6.000.000 a la Sra. Fabiola Martel, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a los conceptos demandados y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “Senra Olivares, Ana con Ministerio de Educación”, RIT N° T-71-19 del Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua, sobre tutela de derechos constitucionales.

Por entender que la actora se desempeñaba en un cargo de confianza y que la suma solicitada es elevada.

  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “Alabarce Villagrán, Ernesto con Subsecretaría de Educación”, RIT Nº O-5.368-18 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre cobro de prestaciones laborales.

Por entender que las labores del actor se enmarcan en el artículo 11 del Estatuto Administrativo.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Patricia Bustos Olivares con Senado de la República y Fisco”, RIT N° O-355-19 del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique, sobre despido injustificado, de una cuantía de $ 2.379.000, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 1.339.000. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a los conceptos demandados y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Schanze Espinoza, Mariana con Fisco”, RIT N° O-4.569-19 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre despido injustificado, de una cuantía de $ 1.027.097, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 600.000. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a los conceptos demandados y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Figueroa Becerra, Angélica con Fisco”, RIT N° O-5.569-19 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre despido injustificado, de una cuantía de $ 2.748.610, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 1.800.000. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a los conceptos demandados y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Aros Guajardo, Yenny con Fisco-Subsecretaría de La Cultura y Las Artes”, RIT N° O-1.174-19 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre despido injustificado, de una cuantía de $ 8.208.804, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 5.940.030, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a los conceptos demandados y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Iturra Díaz, Pamela con Fisco-Subsecretaría de La Cultura y Las Artes”, RIT N° O-390-19 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre despido injustificado, de una cuantía de $ 9.334.665, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 5.681.970, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a los conceptos demandados y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Quezada Carrasco, Natalia con Fisco”, RIT N° O-996-19 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 12.653.492 más cotizaciones previsionales, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 9.202.532, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a los conceptos demandados y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Ortega Rivera, Iván con Fisco”, RIT N° O-4.602-18 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 14.111.114, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 8.333.335, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a los conceptos demandados y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Quinteros Villalobos, Manuel con Fisco”, RIT N° O-3.190-19 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 6.042.440, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 3.107.541, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a los conceptos demandados y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Venegas Pidal, Jorge con Fisco”, RIT N° T-758-18 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre tutela de derechos constitucionales, de una cuantía de $ 46.325.610, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 8.000.000, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a los conceptos demandados y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “Trepiana Bernales, Paulina con Hospital de Carabineros”, RIT N° T-70-19 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre tutela de derechos constitucionales.

Por entender que el despido indirecto de la actora no fue ajustado a derecho.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Salazar Soto, Sandra con Fisco”, RIT N° T-435-19 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre tutela de derechos constitucionales, de una cuantía de $ 19.341.376, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 5.688.640, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a los conceptos demandados y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “Soto Romero, Emilio con Fisco”, RIT N° T-1.819-18 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre tutela de derechos constitucionales.

Por estimarse que no sería susceptibles de acreditarse las pretensiones ni las vulneraciones alegadas por el actor.

  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “Vera de la Hoz, Nicole con Fisco”, RIT N° T-1.343-18 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre tutela de derechos constitucionales.

Por no existir indicios de las vulneraciones materia de la demanda.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Olivares Maldonado, Esteban con Ministerio del Interior”, RIT Nº T-789-18 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre tutela de derechos constitucionales, de una cuantía de $ 30.147.300, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 5.600.000, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a los conceptos demandados y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Quintanilla Maira, Sebastián con Servicio Nacional de Menores”, RIT N° O-204-19 del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, sobre indemnización por accidente de trabajo, de una cuantía de $ 20.000.000, en el sentido que se pagará al actor la suma única de $ 3.000.000, al contado. Por su parte, el actor renunciará al Servicio y se desistirá de la denuncia de enfermedad profesional. Cada parte soportará sus costas.

Por entender que se trata de una buena propuesta en consideración a los perjuicios sufridos.

 

CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO