Sesión del 30 de Junio de 2009

En Sesión Ordinaria celebrada el 30 de junio de 2009, el Consejo del Consejo de Defensa del Estado adoptó los siguientes acuerdos:

ACUERDO
Otorgar un nuevo plazo de sesenta días para el cumplimiento del acuerdo adoptado en sesión de 28 de abril último, por el cual se aprobó la proposición de transacción formulada en la causa “Fisco con Ibarra Pino, Ricardo y Navarrete Arriaza, Ana María”, Rol N° 29.496-08 del Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago.

ACUERDO
Concurrir a la audiencia de conciliación dispuesta por la Corte Suprema en la causa “López López, Manuel y Otros con Fisco”, Rol Nº 600-00 del Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago, y manifestar que, debatida la posibilidad de transigir en la especie, no concurre el número de votos exigido en el artículo 7° de la ley orgánica para aprobar una proposición de transacción.

ACUERDO
Aprobar la proposición de transacción en la causa “Villarroel con Fisco”, Rol N° 22.315-08 del Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago en los siguientes términos: a) El Fisco pagará 500 UF a la Sra. Rosa Villarroel Labra por concepto de daño moral; b) El Hospital Militar de Santiago proporcionará a la actora, sin costo, las atenciones necesarias para el tratamiento de las lesiones consecuencia del accidente materia de autos, incluidas las quirúrgicas y terapéuticas; c) La demandante renunciará a las demás pretensiones contenidas en su demanda; d) Cada parte pagará sus costas.

ACUERDO
Aprobar la solicitud de facilidades de pago en la causa “Riesco Larraín con Fisco”, Rol N° 3.702-04 del Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago, en los siguientes términos: a) El Sr. Alejandro Silva Romero pagará al Consejo por concepto de costas la suma única y total de $ 4.000.000, mediante veinte cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $ 200.000, la primera de éstas a la fecha de suscripción del respectivo escrito; b) Se constituirán como codeudores solidarios los Sres. José Antonio Vial Joannon y Gustavo Molina Trivelli; c) Se establecerá cláusula de aceleración.

ACUERDO
Rechazar la proposición de transacción en la causa “González Cifuentes y Otros con Fisco”, Rol N° 4.621-08 del Tercer Juzgado Civil de Concepción.

ACUERDO
Aprobar la solicitud de facilidades de pago en la causa “C.D.E. con Hernán Freres Castillo”, Rol N° 1.451-08 del Tercer Juzgado de Letras de Copiapó, en los siguientes términos: a) El Sr. Freres pagará al Fisco la suma de 442,62 UF, por medio de una cuota inicial de 46,62 UF, a la fecha de la suscripción del convenio de pago, y 36 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de 11 UF cada una; b) Se condonarán los intereses futuros, sin perjuicio de los que se devenguen por la mora en el pago de alguna de las cuotas; c) Se deberá incluir cláusula de aceleración; d) En garantía del cumplimiento de la obligación, se mantendrá vigente la hipoteca y el embargo trabado en autos hasta el pago total de la deuda; e) Cada parte soportará sus costas.

ACUERDO
Aprobar la solicitud de facilidades de pago en la causa “C/Daniel Román Navia”, Rol N° 57.811-7 del Primer Juzgado de Letras de Arica, en el siguiente sentido: a) El Sr. Daniel Román Navia pagará al Fisco la suma de $ 729.832, mediante once cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $ 60.819 y una final de $ 60.823, la primera de ellas a la fecha de suscripción del escrito respectivo; b) Para efectos de la reajustabilidad futura, las cifras anteriores deberán ser expresadas en unidades de fomento conforme el valor de dicha unidad a la fecha del presente acuerdo; c) Se condonarán los intereses devengados y futuros, sin perjuicio de los que se devenguen por la mora en el pago de alguna de las cuotas; d) Se deberá incluir cláusula de aceleración; e) Se deberán mantener los embargos trabados en autos; f) Cada parte soportará sus costas.

ACUERDO
Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Peña Donoso”, Rol Nº 47.437-1 del Segundo Juzgado de Policía Local de Pudahuel, en los siguientes términos: a) El Sr. Ricardo Peña Donoso pagará al Fisco la suma única y total de $ 160.000, al contado; b) Cada parte soportará sus costas.

ACUERDO
Interponer querella en relación con los hechos materia de la investigación RUC N° 0900181518-8 de la Fiscalía Local de Valparaíso, según texto aprobado por la Sección Penal, sin perjuicio de incorporar las adecuaciones formales sugeridas por Sres. Consejeros de las cuales tomó nota el Sr. Urrejola.

ACUERDO
Concordar con la opinión de la Sección Civil, en el sentido de consignar como conclusión en el informe requerido por el Consejo de Monumentos Nacionales en relación con el navío “Oriflama”, que la sentencia de fecha 27 de enero de 2005, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Curepto, es inoponible al Fisco, defensa que corresponderá hacer valer en la eventualidad que se pretenda hacer efectiva dicha sentencia, de modo que por ahora no procede el ejercicio de acciones por parte del Fisco.

 

CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO