VIGÉSIMA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO
FECHA: 20 DE AGOSTO DE 2024
ASISTENCIA: Presidida por el Sr. Raúl Letelier Wartenberg, en su calidad de Presidente titular, con la asistencia de los Consejeros Sra. Paulina Veloso Valenzuela, Sr. Carlos Mackenney Urzúa, Sra. Ana María Hübner Guzmán, Sr. Jaime Varela Aguirre, Sr. Juan Peribonio Poduje, Sr. Sebastián Soto Velasco, Sr. Alberto Espina Otero, Sra. Mariana Valenzuela Cruz y Sra. Ruth Israel López.
No asistió el Sr. Rodrigo Quintana Meléndez, quien se encuentra haciendo uso de licencia médica ni el Sr. Daniel Martorell Correa, quien se encuentra preparando su intervención en la audiencia de formalización a efectuarse desde mañana en el Caso Audios.
ACUERDOS Y FUNDAMENTOS:
Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fisco de Chile con CENCOSUD”, Rol Nº 12.025-2020 del Primer Juzgado Civil de Santiago, sobre restitución de inmueble, en los siguientes términos: a) El Seminario Pontificio Mayor de Santiago adquirirá para sí el predio fiscal objeto de la litis, sin considerar lo construido en el terreno por Cencosud, en la suma de UF 15.070,86, valor comercial del terreno establecido por la Comisión Especial de Enajenaciones Metropolitana; b) El Fisco renunciará al cobro de las indemnizaciones y costas establecidas en la sentencia definitiva de primera instancia. Deberá comparecer a la transacción el Ministerio de Bienes Nacionales, a efectos de otorgar su consentimiento para vender al Seminario Pontificio Mayor de Santiago el inmueble objeto de la acción.
En atención a que permite poner término de forma satisfactoria al presente litigio y a que el valor de venta del inmueble fue fijado por la Comisión Especial de Enajenaciones Metropolitana.
Aprobar la proposición de conciliación en la causa “Sociedad Concesionaria Metropolitana de Salud S.A. con Ministerio de Obras Públicas”, Rol Nº 8-2023 de la Comisión Arbitral de la Obra Pública Fiscal denominada “Hospital Félix Bulnes”, sobre reclamos de multas, en los siguientes términos: a) Se rebajará en un 50% el monto total de las multas impuestas a la concesionaria, que ascienden a UTM 1.000, de manera que ésta sólo pagará UTM 500 por este concepto; b) En consecuencia, y atendido que las multas ya fueron pagadas, el Ministerio de Obras Públicas reembolsará a la concesionaria UTM 500, mediante transferencia bancaria dentro del plazo de treinta días corridos desde que se verifiquen las condiciones suspensivas que se señalan en la letra e) de este acuerdo; c) La concesionaria y el Ministerio de Obras Públicas pondrán término irrevocable a cualquier diferencia existente, conflicto o litigio, que tenga por objeto la reclamación de multas por todos y cada uno de los hechos que dieron lugar a esta controversia, desistiéndose la concesionaria de la demanda de autos y renunciando a cualquier acción que tenga como pretensión el objeto antes señalado. Por su parte, el Ministerio de Obras Públicas, aceptará el desistimiento y renuncia de la concesionaria. Las partes se otorgarán el más amplio y total finiquito en relación con las multas reclamadas en estos autos, declarando no tener cargos ni reclamos de ninguna especie que formular al respecto; d) Ambas partes pagarán por mitades las costas y honorarios de la Comisión Arbitral; e) La conciliación se perfeccionará una vez que sea aprobada por el Ministerio de Hacienda, conforme al artículo 86 N° 3 del Reglamento de la Ley de Concesiones, y sea aceptada por ambas partes.
En atención a la opinión favorable del Ministerio de Obras Públicas en el sentido que este acuerdo permite poner término satisfactorio al juicio.
Asumir la representación del Gobierno Regional de Los Lagos en la causa “Aldo Rodrigo González Carimán con San Felipe S.A. – Fisco de Chile (MOP)”, RIT Nº O- 5-2024 del Juzgado de Letras y Garantía de Panguipulli, sobre nulidad de despido, para el solo efecto de aprobar la propuesta de transacción planteada, en el sentido que el Gobierno Regional de Los Lagos pagará al actor la suma única y total de $ 6.269.240, debiendo desistirse éste de su acción contra el mencionado Gobierno Regional y el Fisco de Chile. Cada parte soportará sus costas.
En consideración a la solicitud del servicio requirente y al ahorro que se obtiene frente a los conceptos demandados y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.
Asumir la representación del Gobierno Regional de Los Lagos en la causa “Altamirano y Otro con San Felipe S.A.-MOP”, RIT Nº O-3-2024 del Juzgado de Letras y Garantía de Panguipulli, sobre nulidad de despido, para el solo efecto de aprobar la propuesta de transacción planteada, en el sentido que el Gobierno Regional de Los Lagos pagará las sumas únicas y totales de $ 7.657.953 a don Claudio Altamirano Campos y de $ 6.160.669 a don Jorge Amoyante Ríos, debiendo éstos desistirse de sus acciones contra el mencionado Gobierno Regional y el Fisco de Chile. Cada parte soportará sus costas.
En consideración a la solicitud del servicio requirente y al ahorro que se obtiene frente a los conceptos demandados y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.
Asumir la representación del Gobierno Regional de Los Lagos en la causa “Huentecura Cumillanca, Daniel y León Zenteno, Danilo con San Felipe S.A. – Fisco de Chile- Ministerio de Obras Públicas”, RIT Nº O-14-2024 del Juzgado de Letras y Garantía de Panguipulli, sobre cobro de prestaciones varias, para el solo efecto de aprobar la propuesta de transacción planteada, en el sentido que el Gobierno Regional de Los Lagos pagará las sumas únicas y totales de $ 12.642.820 a don Daniel Huentecura Cumillanca y de $ 15.627.286 a don Danilo León Zenteno, debiendo éstos desistirse de sus acciones contra el mencionado Gobierno Regional y el Fisco de Chile. Cada parte soportará sus costas.
En consideración a la solicitud del servicio requirente y al ahorro que se obtiene frente a los conceptos demandados y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.
Aprobar la proposición de transacción en la causa “Carol Nathalie Sanhueza Caamaño con Fisco de Chile”, RIT Nº M-414-2024 del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, sobre cobro de prestaciones varias, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 4.500.000, soportando cada parte sus costas.
En consideración al ahorro que se obtiene frente a los conceptos demandados y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.
No aprobar la proposición de transacción en la causa “Herrera Valverde, Javier con Ministerio de Obras Públicas”, RIT Nº T-623-2022 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre tutela de derechos constitucionales.
Por estimar que no están acreditados los indicios materia de la demanda.
Consejo de Defensa del Estado