VIGESIMA OCTAVA SESION ORDINARIA DEL CONSEJO
FECHA: 22 DE AGOSTO DE 2017
ASISTENCIA:
Presidida por la Sra. María Eugenia Manaud Tapia, con la asistencia de los Consejeros Sra. Paulina Veloso Valenzuela, Sr. Carlos Mackenney Urzúa, Sr. Rodrigo Quintana Meléndez, Sra. María Inés Horvitz Lennon, Sra. Ana María Hübner Guzmán, Sr. Jaime Varela Aguirre, Sr. Daniel Martorell Correa, Sr. Juan Peribonio Poduje, Sra. Javiera Blanco Suárez y Sr. Raúl Letelier Wartenberg.
Ausente la Sra. Clara Szczaranski Cerda, quien se encuentra haciendo uso de permiso administrativo.
ACUERDOS Y FUNDAMENTOS
- Aprobar el acuerdo adoptado en la mediación Rol Nº CONCE-2017-12474, entre don Eric Morales y Otros y el Complejo Asistencial Víctor Ríos Ruiz de Los Angeles y el Servicio de Salud Bío Bío, en los términos que constan del acta de acuerdo de 8 de junio pasado, en el sentido que el Servicio de Salud Bío Bío pagará a la parte reclamante, la suma única y total de $ 37.136.540. La parte reclamante renunciará a sus acciones contra el señalado Servicio de Salud, así como del Complejo Asistencial Dr. Víctor Ríos Ruiz de Los Angeles. Sin perjuicio de lo anterior, deberá complementarse la referida acta de acuerdo, en el sentido de indicar que el menor concurre representado por ambos padres.
En consideración a que se trata de una indemnización adecuada, considerando la naturaleza del daño sufrido, la edad del menor fallecido, y la estrecha relación de parentesco de los reclamantes con él. Se tiene en cuenta, además, la posibilidad de que en un eventual juicio indemnizatorio se estime que existió falta de servicio en la atención brindada por el médico a cargo del menor.
- Aprobar la proposición de transacción en la causa “Velasquez Parra, Ignacio y Otros con Fisco”, sobre indemnización de perjuicios, Rol Nº 8.511-13 del Vigésimo Juzgado Civil de Santiago, de una cuantía de $ 400.000.000, en el sentido que se pagará las sumas de $ 25.000.000 al Sr. Ignacio Velásquez Parra y de $ 10.000.000 a la Sra. Olga Parra Fuica.
En atención a que se estima conveniente al interés fiscal, pues se la considera una indemnización apropiada, en atención a los daños sufridos, particularmente por la víctima, y permite un ahorro respecto de la suma establecida en la sentencia de segunda instancia. Además, evita la contingencia de un resultado desfavorable.
- No aprobar la proposición de transacción en la causa “Berríos González, Francisco con González Cuevas, Carlos y Otro”, sobre nulidad de despido, RIT Nº O-3.681-17 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
En consideración a que no hay indicios de la existencia de relación laboral entre el actor y el demandado principal.
- No aprobar la proposición de transacción en la causa “Osorio Rojas, María Elena con Servicio Nacional de Menores y Otro”, sobre tutela de derechos constitucionales, RIT Nº T-666-17 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
En atención a que la actora fue destituida en virtud de lo resuelto en un sumario administrativo, sustanciado en el legítimo ejercicio de la potestad sancionatoria de la Administración.
- Aprobar la proposición de transacción en la causa “Raúl Reyes Cartes con Secretaría Regional Ministerial de Educación, I Región”, sobre tutela de derechos constitucionales, RIT Nº T-117-17 del Juzgado de Letras del Trabajo del Iquique, de una cuantía de $ 19.831.920, en el sentido que la Seremi demandada pagará al actor la suma única y total de $ 10.500.000, dejándose expresa constancia de que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.
En atención a que se estima conveniente al interés fiscal, considerando el importante ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores respecto a la materia controvertida.
- No aprobar la proposición de transacción en la causa “Jaque García, Alberto con Fisco”, sobre nulidad de despido, RIT Nº O-3.561-17 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
En atención a que en el caso se cumplen los requisitos del artículo 11 del Estatuto Administrativo y por cuanto aprobar la propuesta implicaría sentar un precedente inconveniente para otros casos similares.
- Aprobar la proposición de transacción en la causa “Muñoz Araya, Maria con González Cuevas, Carlos y Otro”, sobre nulidad de despido, RIT Nº O-3.677-17 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, de una cuantía de $ 22.308.718, en el sentido que el Fisco pagará a la actora la suma única y total de $ 3.221.066. Cada parte soportará sus costas.
En atención a que se la estima conveniente al interés fiscal, considerando el importante ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores respecto a la materia controvertida.
- Aprobar la proposición de transacción en la causa “Andrea Ayala Riffo con Servicio de Bienestar Social del Ejercito”, sobre tutela de derechos constitucionales, RIT Nº T-110-17 del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique, de una cuantía de $ 8.557.946, en el sentido que el Comando de Bienestar del Ejército pagará a la actora la suma única y total de $ 5.000.000. Cada parte soportará sus costas.
En atención a que se estima conveniente al interés fiscal, considerando el importante ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y a la posibilidad de que se dicte fallo desfavorable. Se tiene igualmente en cuenta la opinión a favor de la entidad requirente y la circunstancia que se pagará con fondos propios de ésta.
- Aprobar la proposición de transacción en la causa “Empresa de Ferrocarriles del Estado con Fisco”, sobre indemnización de perjuicios, Rol Nº 511-15 del Primer Juzgado Civil de Valdivia, de una cuantía actualizada de $ 1.163.614.542, en el siguiente sentido: a) El Fisco pagará a la empresa demandante la suma única y total de $ 708.982.500; b) La actora renunciará al cobro de los reajustes e intereses a que fuera condenado el Fisco por la sentencia de primera instancia; c) Cada parte soportará sus costas. El presente acuerdo se materializará una vez aprobado por el Ministerio de Hacienda.
En atención a que se estima conveniente al interés fiscal, considerando el ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas, al evitarse el pago de los intereses devengados, y que se evita la contingencia de un fallo desfavorable.
- Complementar el acuerdo de 8 de marzo último, aprobatorio de la proposición de transacción planteada en la causa “Fisco con Monasterio Irazoque, Hernán y Otros”, sobre cobro de pesos, Rol Nº 30.999-15 del Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago, de una cuantía de $ 6.914.485, en el sentido que el Fisco concurrirá a la compraventa del inmueble ubicado en pasaje Lanalhue Sur N° 7170, comuna de Pudahuel, autorizando el alzamiento de la medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto a este bien, con el objeto de proceder a su enajenación, y destinar la parte pertinente del precio de venta al pago del remanente de la deuda de la Sra. Lorena Osorio Diaz a favor del Fisco, mediante un vale vista u otro instrumento que el Consejo de Defensa del Estado determine. Se autorizará al Abogado Procurador Fiscal de Santiago para comparecer en la señalada escritura pública.
En atención a que se estima conveniente al interés fiscal, pues permite implementar el acuerdo previamente adoptado con la Sra. Osorio y que, una vez vendido el inmueble, se pague la totalidad del crédito materia de la transacción suscrita.
- Aprobar la solicitud de facilidades de pago en la causa “C.D.E. con Norambuena Benítez, María”, por cobro de pesos, Rol Nº 2.947-17 del Segundo Juzgado Civil de Temuco, de una cuantía de $ 3.000.000, en el sentido que la demandada pagará al Consejo una primera cuota de 18,81 UF, más cuarenta y dos cuotas mensuales, iguales y sucesivas de 2,24 UF, según su equivalencia en pesos a la fecha de cada pago.
En atención a que permite obtener el pago de la suma adeudada, evitando los costos asociados a la continuación del juicio, teniendo presente además la baja cuantía del juicio.
CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO