SESIÓN DEL 8 DE AGOSTO DE 2017

VIGÉSIMA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO

FECHA: 8 DE AGOSTO DE 2017

 

ASISTENCIA:

Presidida por la Sra. María Eugenia Manaud Tapia, con la asistencia de los Consejeros Sra. Clara Szczaranski Cerda, Sra. Paulina Veloso Valenzuela, Sr. Carlos Mackenney Urzúa, Sr. Rodrigo Quintana Meléndez, Sra. María Inés Horvitz Lennon, Sra. Ana María Hübner Guzmán, Sr. Jaime Varela Aguirre, Sr. Daniel Martorell Correa, Sr. Juan Peribonio Poduje, Sra. Javiera Blanco Suárez y Sr. Raúl Letelier Wartenberg.

 

ACUERDOS Y FUNDAMENTOS

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Sociedad de Gestión e Inversiones Santa Mónica Limitada con Fisco”, sobre indemnización de perjuicios por reajuste devengado durante excesivo atraso del Ejército en la tramitación de resolución aprobatoria de contrato, Rol Nº 350-17 del Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, de una cuantía de $ 211.518.936, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 175.094.013, reajustado conforme a la variación del IPC entre la fecha de presentación de la propuesta de transacción, 23 de junio último, y la de pago efectivo, soportando cada parte sus costas. El presente acuerdo se materializará previa aprobación del Ministerio de Hacienda.

Por estimarlo conveniente al interés fiscal, pues permite poner término al juicio, evitando los costos de continuar con la tramitación del procedimiento y la eventualidad de un fallo desfavorable. Además, el acuerdo implica un ahorro considerable ante lo que se debiera pagar en el evento de un fallo que acoja la demanda. Se tiene presente además la jurisprudencia administrativa desfavorable hecha valer por la parte demandante.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Herrera Briceño, Francisco y Otros”, sobre cobro de pesos, Rol Nº 4.832-16 del Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago, de una cuantía de 285,62 UTM, equivalentes a la fecha del presente acuerdo, a $ 13.309.892, en los siguientes términos: a) La Sra. Maricela Gallardo pagará al Fisco la suma de $ 6.419.956, equivalentes a la fecha del presente acuerdo a 137,7 UTM, mediante setenta y dos cuotas mensuales, iguales y sucesivas de 1,9125 UTM, conforme a su equivalencia a la fecha del pago de cada cuota; b) Por su parte, el Sr. Francisco Herrera pagará al Fisco la suma de $ 6.654.480, equivalentes a la fecha del presente acuerdo a 142,8 UTM, mediante ciento veinte cuotas mensuales, iguales y sucesivas de 1,19 UTM, en su equivalente en pesos a la fecha del respectivo pago; c) El Fisco renunciará a los intereses devengados, como también a los futuros, con excepción los que se generen por la eventual mora; d) Se deberá incluir cláusula de caducidad del plazo; e) Cada parte pagará sus costas.

En atención a que se pone término al presente juicio, obteniendo el pago de la mayor parte del capital reajustado, teniendo en consideración, también, que no existen bienes que permitan el cumplimiento forzado de la obligación.

  • Someter nuevamente a conocimiento del Consejo las bases de conciliación planteadas por la Comisión Arbitral del contrato de concesión de obra pública “Concesión para el Mejoramiento y Conservación de la Ruta 43, Región de Coquimbo”, en relación con reclamo presentado por la Sociedad Concesionaria Ruta del Limarí S.A., de una cuantía de 2.600 UTM, acompañando la opinión escrita del Ministerio de Obras Públicas sobre la conveniencia de transigir, un informe de esa entidad respecto del eventual acuerdo previo que se habría establecido y una aclaración sobre los honorarios que deben ser pagados en el presente juicio arbitral.

Por estimarse conveniente aclarar los aspectos dudosos, en particular obtener la opinión del Ministerio sobre las bases y conocer si hubo conversaciones previas entre el Ministerio y la concesionaria.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Maury Diaz, Iván”, sobre acción reivindicatoria, Rol Nº 5.573-16 del Segundo Juzgado Civil de Temuco, en los siguientes términos: a) El Sr. Maury reconocerá el dominio único y exclusivo del Fisco sobre los lotes materia de la demanda reivindicatoria, inscritos a su nombre a fojas 5418, número 5416, a fojas 5419, número 5417 y a fojas 5420, número 5418, todas del Registro de Propiedad del año 2014, del Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco; b) Se dejarán sin efecto y cancelarán las inscripciones conservatorias a nombre del demandado indicadas en la letra precedente, así como las correspondientes anotaciones marginales de transferencia practicadas en la inscripción a nombre de la empresa Forestal Coyamento Limitada, a fojas 3870 vuelta, número 2888 del Registro de Propiedad del año 2007, del Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco; c) El Fisco renunciará al cobro de los daños y deterioros que pudieren haberse producido en los lotes reivindicados; d) Cada parte soportará sus costas.

En atención a que mediante esta transacción se pone término al juicio, obteniendo el objeto principal solicitado en la acción reivindicatoria, el reconocimiento del dominio fiscal y la cancelación de los títulos del demandado.

  • No aprobar la proposición de transacción presentada por la empresa Publivía S.A.

Por estimar que la suma propuesta aún dista de ser satisfactoria en consideración a la capacidad económica de la empresa.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Quezada Hernández, Oscar con Comando de Industria Militar e Ingeniería del Ejército”, sobre tutela de derechos constitucionales, RIT Nº T-129-17 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, de una cuantía de $ 20.560.277, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 5.250.000. Cada parte soportará sus costas.

En atención a que se estima conveniente al interés fiscal, considerando el importante ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores respecto a la materia controvertida.

  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “González González, Aníbal con Ministerio de Justicia”, RIT Nº O-1.487-17 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

En atención a la existencia de fallos recientes que resuelven de forma favorable al interés fiscal en relación con funcionarios que se desempeñaron en el mismo programa transitorio.

  • Intervenir en la causa “C/N.N.”, RUC Nº 1600417012-5 de la Fiscalía de Delitos de Alta Complejidad de la Fiscalía Regional Centro Norte, presentando querella por los delitos de falsificación de instrumento público y de fraude al Fisco.

Por la gravedad de los hechos que aparecen en los antecedentes de la investigación, que podrían ser constitutivos de los delitos señalados.

  • Comunicar al Ministerio Público la opinión contraria del Consejo a una suspensión condicional del procedimiento planteada en relación con la investigación penal, RIT Nº 10.969-16 del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago.

En atención a la relevancia de los bienes jurídicos comprometidos en la actuación de la empresa investigada.

 

CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO