MATERIA PENAL

Corte Suprema. Recurso de Amparo a favor de B. V. E

Lectura estimada: 2 minutos 124 views
Descargar artículo en PDF

 

 

Corte Suprema

Recurso de Amparo a favor de B.V.E.

19 de marzo de 2001

RECURSO PLANTEADO: Recurso de amparo deducido por el encausado condenado en primera instancia, a raíz de la negativa del Juez a concederle autorización para salir del país.

DOCTRINA: El legislador ha facultado al juez que conoce o ha conocido el proceso para conceder la autorización para salir del país, resolución que el caso de causarle agravio puede ser apelada. En consecuencia, al pretender dejar sin efecto la negativa de la Ministro Instructora, por la vía del amparo, resulta estar utilizando un medio distinto al que la ley le otorga.

Santiago, diecinueve de marzo del dos mil uno.

Proveyendo a fojas 18 y 19: téngase presente.

Vistos y teniendo únicamente presente:

Que según aparece del mérito de los antecedentes el arraigo que afecta a B. V. es consecuencia de su procesamiento y la condena que por fallo de primera instancia le fuera impuesta, como consta de la certificación de fojas 6, 6 vuelta y 7.

Que el legislador ha facultado al Juez que conoce o ha conocido el proceso para conceder la autorización para salir del país, resolución que en el caso de causarle agravio puede ser apelada. En consecuencia, al pretender dejar sin efecto la negativa de la Ministro Instructora por la vía del amparo, resulta estar utilizando un medio distinto al que la ley le otorga.

Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 305, 306 y 315 del Código de Procedimiento Penal, se declara inadmisible el recurso de amparo, deducido a fojas 1.

Acordado con el voto en contra del Ministro Sr. Cury, quien estuvo por entrar al fondo del asunto controvertido.

En mérito de lo resuelto no se emite pronunciamiento respecto del recurso de apelación concedido a fojas 16.

Regístrese y devuélvase con su agregado.

Rol Nº 939-01.

Pronunciado por los Ministros señores Enrique Cury U., José Luis Pérez Z. y Domingo Yurac S., y los Abogados Integrantes señores Franklin Geldres A. y Alvaro Rencoret S.

CONTENIDO