JUSTICIA DECRETA SOBRESEIMIENTO TOTAL Y DEFINITIVO DE PROCESO PENAL INICIADO CONTRA FUNCIONARIOS DEL SAG QUERELLADOS POR SOCIEDADES INMOBILIARIAS

(11.09.2023) El Juzgado de Letras y Garantía de Cochrane resolvió este jueves dar a lugar a la solicitud efectuada por el Ministerio Público, a la que adhirió el Consejo de Defensa del Estado, y decretar el sobreseimiento total y definitivo del proceso penal iniciado por representantes de empresas desarrolladoras de loteos, parcelas y proyectos inmobiliarios en contra de dos funcionarios del Servicio Agrícola Ganadero.

La Fiscalía Regional de Aisén y la Procuraduría Fiscal de Coyhaique fundaron su solicitud de conformidad lo dispuesto en el artículo 250 letra a) del Código Procesal Penal, argumentando que no existe configuración del delito imputado ni una dilación arbitraria por parte de los funcionarios regionales, según acusaron los querellantes.

Por el contrario, el tribunal sostuvo que el desempeño de los funcionarios se enmarcó en el proceso administrativo establecido y fue llevado a cabo en estricto cumplimiento de la normativa vigente. En efecto, la legalidad de dichos actos fue ratificada por la Corte Suprema a mediados del mes de julio, tras confirmar el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó diversas acciones y recursos interpuestos contra el Ministerio de Agricultura y del SAG ante distintos tribunales, a través de los cuales se intentó impugnar las atribuciones legales de ambos organismos para la tramitación de permisos de subdivisión de predios rústicos.

El Máximo Tribunal estableció la legalidad de las circulares e instructivos de dichos servicios que fijan criterios para el otorgamiento de subdivisiones de los predios rurales, evitando la vulneración de la normativa correspondiente por medio de la construcción de proyectos inmobiliarios al margen de lo permitido por la ley.

El Consejo de Defensa del Estado asumió la defensa de los funcionarios querellados luego que ésta le fuera requerida formalmente por la Directora Nacional (S) del SAG, tomando en consideración la inexistencia de la responsabilidad penal imputada y que la real pretensión habría sido inhibir, de forma infundada y arbitraria, el desempeño de sus funciones públicas.