PRESENTACIÓN

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PRESENTACIÓN

Comité Editorial

En el presente número de la Revista de Derecho del Consejo de Defensa del Estado se incluyen siete interesantes artículos más una selección de jurisprudencia de los Tribunales Superiores de Justicia, correspondiente al segundo semestre del año 2011, a lo cual se suma la habitual recensión bibliográfica, en la que se comenta el libro titulado “Litigación Pública”, basado en el seminario homónimo celebrado en la Universidad de Los Andes, a comienzos del mes de octubre pasado.

En la Sección Doctrina, José Pablo Vergara Bezanilla (“Comentarios sobre el daño moral en materia contractual”) considera la opinión de los juristas y de la jurisprudencia de la Corte Suprema, luego de lo cual formula su propia posición, sobre la posibilidad de que el incumplimiento de una obligación de origen contractual o legal cause daños morales al acreedor que no ha visto satisfecha la prestación derivada de su derecho personal o de crédito.

Jaime Rodríguez Espoz (Iniciativa de la Corte Suprema en Proyectos de Ley sobre Organización y Atribuciones de los Tribunales de Justicia”) explica la necesidad de proveer a la Corte Suprema de iniciativa en la generación de las leyes referidas a la organización y atribuciones de los tribunales de justicia, con la finalidad de proporcionarle una herramienta eficaz que le permita cumplir con mayor propiedad y autonomía con el gobierno y mejor desempeño de los servicios de la administración de justicia.

Lisa Lanzoni (“La idea de territorio en sentido funcional. El regionalismo funcional y relacional”) revisa –en el complejo panorama del Estado italiano actual, donde coexisten distintos tipos de regiones– el concepto de territorio, el cual ha recibido el impacto de la reforma constitucional del año 2001, la que ha modificado profundamente el sistema de las autonomías territoriales del ordenamiento constitucional italiano.

Carlos Dorn Garrido (“La dignidad de la persona: Límite frente a la autonomía individual”) aborda la dimensión ética de la dignidad de la persona como límite de la autonomía individual, a partir de la complejidad que supone una aproximación hacia un concepto indeterminado, tal como es la dignidad humana. En tal derrotero explora temas que normalmente hemos dejado en el campo de lo anecdótico pero que no por eso no importan un desafío a la determinación de los límites del derecho, como es el caso del lanzamiento de enanos o de los “juegos” entre adultos que persiguen la muerte simulada de los enemigos.

Guillermo Piedrabuena Richard (“La formalización de la investigación, la decisión de no perseverar y el forzamiento de la acusación, en relación a los derechos de la víctima querellante”) analiza los derechos de las víctimas de un delito que se han querellado criminalmente, en relación con varias instituciones del nuevo Código Procesal Penal, a saber la formalización de la investigación, la decisión de no perseverar y el forzamiento de la acusación.

José Fernández Richard (“Obras de infraestructura hidráulica, eléctrica o minera no necesitan permiso de la dirección de obras municipales ni pagar los derechos respectivos”) estudia si las obras de infraestructura hidraúlica, eléctrica o minera necesitan permiso de la dirección de Obras Municipales y pagar los derechos respectivos, lo cual importa revisar el ámbito de aplicación del artículo 116 del Decreto con Fuerza de Ley (D.F.L.) Nº 458, Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Rubén Saavedra Fernández (“La doctrina de la Excma. Corte Suprema en materia de responsabilidad ambiental en la experiencia del Consejo de Defensa del Estado”) examina la doctrina emanada de las sentencias de casación dictadas, a la fecha, por el máximo tribunal, en el marco del ejercicio de la acción de reparación ambiental por parte del Consejo de Defensa del Estado, conforme a la Ley N° 19.300.

En la Sección Jurisprudencia se incluyen cinco fallos. En el primero, la Corte Suprema analiza el principio de tipicidad que rige al Derecho Administrativo, estableciendo sus diferencias con el Derecho Punitivo. En el segundo, el máximo tribunal destaca que existe una relación de derecho privado entre el concesionario y los usuarios que transitan por una autopista. En el tercero, confirmatorio de la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, se establece que ni tácita ni expresamente las bases de licitación de una obra pública condicionan el inicio de los actos preparatorios de las expropiaciones. En el cuarto, emanado de la Comisión Arbitral del Ministerio de Obras Públicas, analiza los objetivos de la multa aplicada a la Autopista Vespucio Sur S.A. por contratos de usuarios de Tag no incorporados oportunamente en el Registro Nacional Único de Televías. En el último, la Corte Suprema afirma que el daño moral sufrido por el causante es personalísimo.

Finalmente, como ya se ha indicado al inicio de esta presentación, en la Sección Recensiones Bibliográficas, se dedican algunos párrafos al reciente libro titulado “Litigación Pública”.

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