Sesiones octubre de 2008

En Sesiones Ordinarias celebradas en el mes de octubre de 2008, el Consejo del Consejo de Defensa del Estado adoptó los siguientes acuerdos:

ACUERDO
Renovar por un nuevo plazo de 60 días el acuerdo aprobatorio de la proposición de facilidades de pago en la causa “Municipalidad de Antofagasta con Cristina Cuevas López”, Rol N° 44.281-05 del Segundo Juzgado de Letras de Coquimbo, adoptado en sesión de 20 de mayo de 2008.

ACUERDO
Aprobar la proposición de transacción en la causa “López Arévalo, Guillermo con Fisco”, Rol N° 2.334-03 del Décimo Juzgado Civil de Santiago, en los siguientes términos: a) El Fisco pagará a la parte demandante, al contado, la suma de $ 700.000, por concepto de costas personales, renunciando la contraparte al saldo de la suma regulada por el tribunal; b) El Fisco se desistirá de la apelación interpuesta contra la resolución que reguló las referidas costas.

ACUERDO
Aprobar la proposición de transacción en la causa “Juan Alvarez Salgado con Cristián Burdiles Vera”, Rol N° 3.373-XL del Primer Juzgado de Policía Local de Ñuñoa, en los siguientes términos: a) La Aseguradora Magallanes S.A. pagará al Fisco la suma única y total de $ 728.378, equivalente al 80% del monto adeudado, en el plazo de 30 días contados desde la fecha de la presentación del escrito de avenimiento al tribunal; b) El Fisco condonará el saldo del monto demandado; c) Cada parte pagará sus costas.

ACUERDO
Rechazar la proposición de transacción en las causas “María Gloria Riesco Larraín con Fisco”, Rol N° 12.164-05 del Octavo Juzgado Civil de Santiago, acumulado con Rol N° 13.125-06 del mismo tribunal, y “Fisco con María Gloria Riesco Larraín”, Rol N° 9.961-06 del Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago.

ACUERDO
Rechazar la proposición de transacción en la causa “Rina Cuéllar Arabach y Erika Ávila Cuéllar con Servicio de Salud de Iquique”, Rol N° 4.018-06 del Tercer Juzgado de Letras de Iquique.

ACUERDO
Aprobar la proposición de transacción en las causas “Fisco con Jorge Leonel García Díaz”, Roles N°s 9.386-06 y 2.533-08 del Segundo Juzgado Civil de Rancagua, en los siguientes términos: a) El deudor pagará al Fisco la suma de 160,481072 UF en 12 cuotas iguales, mensuales y sucesivas de 13,3734227 UF; b) Se condonarán los reajustes; c) Se condonarán los intereses devengados y los futuros, salvo los que provengan de la mora; d) Se mantendrá el embargo sobre los derechos sociales del deudor en las sociedades Xicafe S.A. e Inversiones Santa Rita Ltda.; d) Se establecerá una cláusula de aceleración; e) Cada parte pagará sus costas.

ACUERDO
Encomendar al Sr. Jefe de Defensa Estatal impartir las instrucciones que correspondan, en el sentido que las Procuradurías Fiscales soliciten al demandado que proponga transacción o facilidades de pago copia de su última declaración anual de impuesto a la renta, cuando ello sea conveniente para contar con mayores antecedentes sobre su situación económica.

ACUERDO
Rechazar la proposición de transacción en la causa “Ingeniería Civil Vicente S.A. con Fisco”, Rol N° 4.534-00 del Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago, actualmente en tramitación ante la Corte Suprema.

ACUERDO
Rechazar la proposición de transacción en la causa “Vega Llaneza, Alfredo y Otro con Fisco”, Rol N° 304-98 del Décimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, actualmente en tramitación ante la Corte Suprema.

ACUERDO
No transigir en la causa “C/Juan Manuel Contreras y Otros”, Episodio David Silberman, Rol N° 2.182-98 de la Corte de Apelaciones de Santiago, actualmente en tramitación ante la Corte Suprema.

ACUERDO
Concurrir a la audiencia de conciliación dispuesta por la Corte Suprema en la causa “C/Juan Manuel Contreras y Otros”, Episodio David Silberman, Rol N° 2.182-98 de la Corte de Apelaciones de Santiago, y manifestar que, debatida la posibilidad de transigir en la especie, no concurre el número de votos exigido en el artículo 7° de la ley orgánica para aprobar una proposición de transacción.

ACUERDO
Entender que el hecho de haber participado la Sra. Paulina Veloso Valenzuela en la dictación, como Abogado Integrante, de la sentencia de segunda instancia en un juicio terminado, del cual derivan las causas caratuladas “CMPC Celulosa S.A. con Banco Central de Chile”, Roles N°s 1.934-04 y 1.936-04 del Décimo Primer Juzgado Civil de Santiago, no la inhabilita para cumplir el encargo de este Servicio en orden a asumir en éstas el patrocinio de la entidad demandada, ni contraviene lo dispuesto en el artículo 21 del Código de Etica Profesional del Colegio de Abogados, pues actúa en su calidad de funcionaria del Consejo de Defensa del Estado, no en el ejercicio privado de la profesión, y por lo demás aquella participación se produjo en una causa distinta a las singularizadas.

ACUERDO
Suspender la tramitación de las causas “Fisco con Flores Correa”, Rol Nº 7.006-08 del Primer Juzgado Civil de San Miguel; “Fisco con Comité de Vivienda Las Aralias”, Rol Nº 4.503-08, “Fisco con Inmobiliaria Padre Hurtado S.A.”, Rol Nº 5.109-08, ambas del Segundo Juzgado Civil de San Miguel; y “Fisco con Comunidad Habitacional Santa Mónica”, Rol N° 4.487-08, del Cuarto Juzgado Civil de San Miguel, incluso la notificación de las demandas en su caso, e instruir a la Procuraduría Fiscal de San Miguel que elabore un informe completo acerca de todos los actos y contratos celebrados por las inmobiliarias propietarias originales de los terrenos a que se refieren dichas demandas y sus sucesivos adquirentes, sean contratos de compraventa, de promesa de compraventa, cesiones de derechos u otros, incluidos los actos de ocupación material que de ellos hayan derivado y sobre las normas relativas al saneamiento y regularización de loteos rústicos y urbanos contenidas en la normativa vigente y, en especial, en la ley N° 20.234, considerando todos los organismos con atribuciones en la materia. El mencionado estudio deberá ser presentado a la Sección Contencioso Administrativo, con copia de todos los instrumentos de que se disponga, a la mayor brevedad posible.

ACUERDO
Encomendar al Sr. Presidente subrogante, a la Sra. Manaud y al Sr. Procurador Fiscal de San Miguel, reunirse con el Sr. Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo y el Sr. Director del Servicio de Vivienda y Urbanismo, ambos de la Región Metropolitana, con el fin de coordinar las actuaciones que correspondan para dar solución técnica y jurídica al problema en que inciden las causas mencionadas en el acuerdo que antecede.

ACUERDO
Aprobar la proposición de transacción formulada por el Sr. Fernando Pino Pertuiset, en el siguiente sentido: a) El Sr. Pino pagará al Fisco la suma de $ 546.924, en 24 cuotas iguales, mensuales y sucesivas expresadas en unidades de fomento, sin intereses; b) Las cuotas antes señaladas se descontarán de sus remuneraciones; c) Se establecerá una cláusula de aceleración; d) Cada parte pagará sus costas. De forma previa a suscribirse la transacción se deberá interponer demanda y notificarla al deudor.

ACUERDO
Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Lorena María Olcese Torres”, Rol N° 3.083-99 del Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, en los siguientes términos: a) La Sra. Olcese pagará al Fisco la suma única de $ 21.439.196 y al Consejo la suma de $ 270.000 por concepto de costas personales, ambas al contado; b) El Fisco condonará el saldo del capital reajustado y los intereses devengados.

ACUERDO
Ratificar el acuerdo de la Sección Civil, de fecha 15 de octubre último, en el sentido de no acceder al requerimiento de ejercer acciones judiciales formulado por el Sr. Subsecretario de Planificación a través de su oficio N° 2908, de 27 de diciembre de 2007, sin perjuicio de instruir a la Procuraduría Fiscal de Temuco que, en vez de ello, efectúe las gestiones extrajudiciales de cobro correspondientes.

ACUERDO
Entender que los estatutos de las corporaciones pueden contemplar que las funciones de Secretario serán desempeñadas por una persona que no tenga la calidad de director, considerando que la norma del inciso primero del artículo 11 del Reglamento del ramo es supletoria de la voluntad de los constituyentes o miembros de la entidad, según resulta de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 9° del mismo Reglamento. En consecuencia, dejar sin efecto el respectivo reparo formulado por informe N° 13, de 7 de enero de 2008, relativo a la reforma de estatutos de la Corporación “Protección y Desarrollo del Patrimonio Histórico Naval y Marítimo”.

ACUERDO
Concurrir a la audiencia de conciliación decretada por la Corte Suprema en la causa “C/Corbalán Castilla y Otros”, Rol N° 39.122-B substanciada por el Ministro en Visita Sr. Haroldo Brito, que se llevará a efecto el 30 de octubre en curso, y manifestar la disposición del Consejo a transigir respecto de los actores que efectuaron en su oportunidad reserva de sus acciones civiles, con la única excepción del Colegio de Periodistas de Chile A.G. en razón del fundamento de su pretensión, sin pronunciarse por ahora sobre el monto de las indemnizaciones adecuadas para concretar el correspondiente avenimiento.

ACUERDO
Aprobar la proposición de transacción en la causa “Claudia Carreño Lozano con Fisco”, Rol Nº 3.661-2002 del Vigésimo Octavo Juzgado Civil de Santiago, en el siguiente sentido: a) El Fisco pagará a la actora la suma única y total de $ 600.000, renunciando ésta al resto de sus pretensiones; b) Cada parte pagará sus costas.

ACUERDO
Rechazar la proposición de transacción en la causa “Fisco con San Juan Rojas, Humberto”, Rol Nº 1.081-2006 del Cuarto Juzgado de Letras de Antofagasta.

ACUERDO
Disponer que, en la eventualidad que se prorrogue el plazo de la investigación RUC Nº 0810000883-2 de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte, relativa a irregularidades en la Corporación de Desarrollo Social de Cerro Navia, se informe a la Sección Penal el resultado de la pericia contable decretada en esa investigación, con un nuevo proyecto de querella, si hubiere mérito para ello.

ACUERDO
Encomendar al Sr. Presidente que solicite al Sr. Fiscal Nacional del Ministerio Público la flexibilización del criterio sobre aplicación del artículo 41 de la ley orgánica del Consejo, en el sentido que mientras éste se encuentre estudiando la posibilidad de intervenir en una investigación se le permita hacer uso de esa facultad en más de una oportunidad.

ACUERDO
No acceder a la reconsideración presentada por el Sr. Bernardo Montt respecto del acuerdo de Consejo adoptado en sesión de 21 de octubre pasado, que incide en la reforma de estatutos de la corporación “Protección y Desarrollo del Patrimonio Histórico Naval y Marítimo”, en razón de los fundamentos que sustentan dicho acuerdo.

ACUERDO
Autorizar al Secretario Abogado para distribuir la Tabla de la próxima sesión de Consejo el día lunes 3 de noviembre de 2008, incluidos los antecedentes sobre proposiciones de transacción.

CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO