SESIÓN 09 DE OCTUBRE DE 2018

TRIGÉSIMA CUARTA SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO

FECHA: 9 de OCTUBRE de 2018

ASISTENCIA:

Presidida por la Sra. María Eugenia Manaud Tapia, con la asistencia de los Consejeros Sra. Clara Szczaranski Cerda, Sra. Paulina Veloso Valenzuela, Sr. Carlos Mackenney Urzúa, Sr. Rodrigo Quintana Meléndez, Sra. María Inés Horvitz Lennon, Sra. Ana María Hübner Guzmán, Sr. Jaime Varela Aguirre, Sr. Daniel Martorell Correa. El Sr. Raúl Letelier Wartenberg, se incorporó a la sesión durante el trascurso de ésta.

Ausentes el Sr. Juan Peribonio Poduje y la Sra. Javiera Blanco Suárez, quienes hacen uso de feriado legal y permiso administrativo.

ACUERDOS Y FUNDAMENTOS:

  • Otorgar un nuevo plazo de noventa días para el cumplimiento del acuerdo adoptado en sesión de 19 de junio de 2018, aprobatorio de la propuesta de pago en la causa “Fisco con Andina Química SpA”, Rol Nº 26.181-18 del Décimo Juzgado Civil de Santiago.

Por estimarse conveniente para el interés fiscal dar curso a la propuesta de pago ya aprobada.

  • No incorporar en el escrito de la transacción en la causa “María Elena Silva con Ministerio de Obras Públicas”, RIT Nº T-180-17 del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique, la renuncia a acciones de tipo administrativo derivadas de los hechos fundantes de la demanda.

Por estimarse improcedente la renuncia a las acciones administrativas de que se trata, la que, en todo caso, no tendría efectos.

  • Reconsiderar la decisión adoptada en sesión de 10 de julio último, relativo a la mediación Rol N° ARICA-2017-13497, entre el Sr. Claudio Henríquez y Otros y el Hospital Dr. Juan Noé Crevani de Arica y el Servicio de Salud Arica, y, en consecuencia, aprobar el acuerdo que consta del acta de 15 de marzo pasado, en el sentido que el Servicio de Salud Arica pagará, a título de indemnización de perjuicios, la suma única y total de $ 48.000.000 a don Manuel Pavéz Tapia, a la menor Anays Pavéz Henríquez y a la Sra. Eliana Muñoz Callejas. De la referida suma, la menor recibirá $ 28.000.000, mediante depósito en la cuenta de ahorro del BancoEstado que se singulariza en dicho acuerdo, para que pueda disponer del dinero una vez cumplida la mayoría de edad. Los reclamantes declaran que el acuerdo adoptado satisface íntegramente sus pretensiones reparatorias, renunciando a sus acciones contra las entidades reclamadas y toda persona natural dependiente de éstas.

Se estima procedente acoger la reconsideración, dada la forma en que se efectuaron los procedimientos de mediación en cuestión, y aprobar el acuerdo adoptado por las partes por tratarse de una indemnización de un monto adecuado, atendida la naturaleza del daño sufrido. Se tiene en cuenta, además, la posibilidad de condena en un eventual juicio indemnizatorio.

  • Aprobar el acuerdo adoptado en la mediación Rol N° PTOMO-2017-13605, entre la Sra. Jessica Coronado y el Hospital de Castro, en los términos que constan del acta de 2 de mayo de 2018, en el sentido que la entidad reclamada pagará a los Sres. Jessica Coronado Gallardo, Isidora Moraga Coronado y Cristián Arrieta Montanares la suma única y total de $ 40.500.000, mediante tres cuotas iguales y sucesivas, renunciando la parte reclamante a sus acciones contra las entidades reclamadas y toda persona natural dependiente de éstas.

En consideración a que se trata de una indemnización de un monto adecuado, atendida la naturaleza del daño sufrido. Se tiene en cuenta, además, la posibilidad de condena en un eventual juicio indemnizatorio.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Helmuth Azócar Cabrera”, Rol Nº 1.382-17 del Primer Juzgado Civil de Valdivia, sobre cobro de pesos, de una cuantía de $ 40.957.318, los siguientes términos: a) El Sr. Azócar pagará el capital demandado mediante cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $ 500.000; b) Se renunciará al cobro de los reajustes e intereses, salvo los que se devenguen por la eventual mora; c) Deberá incluirse cláusula de aceleración; d) Cada parte soportará sus costas.

En consideración a la situación económica del deudor, la falta de bienes ejecutables y la circunstancia de que se pagará el total del capital demandado.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “C.D.E. con Pérez”, Rol Nº 271 18 del Primer Juzgado de Letras de Punta Arenas, sobre indemnización de perjuicios, en los siguientes términos: a) El Sr. Juan Tenorio Marín pagará la suma de $ 5.609.000, mediante ocho cuotas iguales, mensuales y sucesivas; b) El Fisco renunciará al cobro de los reajustes e intereses, salvo los que se devenguen por la eventual mora; c) Deberá incluirse cláusula de aceleración; d) Cada parte pagará sus costas.

Considerando que se paga el total del capital adeudado y a que el deudor principal se encuentra privado de libertad.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Henríquez Toyos, María Eugenia”, Rol Nº 31-17 del Vigésimo Primer Juzgado Civil de Santiago, sobre cobro de pesos, de una cuantía de $ 10.767.857, en los siguientes términos: a) La demandada pagará al Fisco la suma única y total de $ 3.000.000; b) El Fisco renunciará al saldo del capital, así como a los intereses y reajustes devengados; c) Cada parte pagará sus costas.

En atención a la situación socioeconómica de la proponente, debidamente acreditada, y al origen de la deuda.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Núñez Estrella, José con Fisco”, Rol Nº 6.471-18 del Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, sobre indemnización de perjuicios por prisión política y tortura, de una cuantía de $ 300.000.000, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 16.000.000, soportando cada parte sus costas.

Por entenderse que la oferta planteada es conveniente en comparación a indemnizaciones establecidas por los tribunales en casos similares.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Bernardo Yáñez con Fisco”, RIT Nº O-259-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique, sobre despido injustificado, de una cuantía de $ 22.530.987, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 6.484.670, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al importante ahorro que se obtiene frente a la suma demandada y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “Daniela Ayancán Galindo con Fisco”, RIT Nº O-46-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de Coyhaique, sobre despido injustificado.

Por estimarse demasiado elevado el monto propuesto y atendido el poco tiempo de desempeño de la actora en el Servicio demandado.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Rocío Alcayaga Mondaca con Ministerio de Bienes Nacionales”, RIT Nº T-68-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, sobre tutela de derechos constitucionales, de una cuantía de $ 80.000.000, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 9.222.728. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a la suma demandada y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “Jorge Fuster Mansilla con Ministerio del Interior y Seguridad Pública”, RIT Nº O-153-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó, sobre nulidad de despido.

Por estimarse que las labores desempeñadas por el actor se enmarcan en el artículo 11 del Estatuto Administrativo y porque la oferta no se estima conveniente económicamente.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Pineda Alfaro, Felisa con Fisco”, RIT Nº O-4.005-18 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 4.664.000, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 2.332.000, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a la suma demandada y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “Sergio Cortéz con Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social”, RIT Nº T-90-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique, sobre tutela de derechos constitucionales.

Por entender que las labores desempeñadas por el actor, que fueron específicas y por poco tiempo, se enmarcan en los términos del artículo 11 del Estatuto Administrativo.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Garay Ruiz-Tagle, Francisco con Fisco”, RIT Nº O-5.193-18 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 3.438.932, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 1.500.000, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al importante ahorro que se obtiene frente a la suma demandada y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia en relación con la materia controvertida.

 

CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO