SESIÓN DEL 06 DE JUNIO DE 2017

DÉCIMA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO

FECHA: 6 DE JUNIO DE 2017

ASISTENCIA: Presidida por la Sra. María Eugenia Manaud Tapia, con la asistencia de los Consejeros Sra. Paulina Veloso Valenzuela, Sr. Carlos Mackenney Urzúa, Sr. Rodrigo Quintana Meléndez, Sra. Ana María Hübner Guzmán, Sr. Jaime Varela Aguirre, Sr. Daniel Martorell Correa, Sr. Juan Peribonio Poduje y Sr. Raúl Letelier Wartenberg.

Ausentes la Sra. Clara Szczaranski Cerda, que hace uso de licencia médica, y las Sras. María Inés Horvitz Lennon y Javiera Blanco Suárez, que hacen uso de permiso administrativo.

ACUERDOS Y FUNDAMENTOS:

  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “Robles Vergara, Julio con Fisco”, Rol N° 8.133-15 del Trigésimo Juzgado Civil de Santiago.

En atención a lo desmedido de la suma solicitada, que está muy lejos de los montos establecidos por la jurisprudencia.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Rojas Salinas, Cristián con Subsecretaría de Prevención del Delito y Otro”, RIT N° O-1.305-17 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, de una cuantía de $ 28.390.703, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 15.000.000, dejándose expresa constancia de que no se reconoce la existencia de relación laboral. Cada parte soportará sus costas.

En atención a que el acuerdo se estima conveniente al interés fiscal, considerando el ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores respecto a la materia en discusión.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Castillo Alvarez, Elisa con Junta Nacional de Jardines Infantiles”, RIT N° O-1.509-17 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, de una cuantía de $ 30.975.471, en el sentido que la Junta Nacional de Jardines Infantiles pagará a la actora la suma única y total de $ 5.000.000, dejándose expresa constancia de que no se reconoce la existencia de relación laboral. Cada parte soportará sus costas.

En atención a que se estima conveniente al interés fiscal, considerando el ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas, a la jurisprudencia actual de los tribunales superiores respecto a la materia controvertida y a la opinión favorable del Servicio requirente.

  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “Carlos Santelices Lagos con Fisco”, RIT N° T-13-17 del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique.

En consideración a lo elevado de la suma propuesta y a la opinión desfavorable de la Seremi de Salud.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “María José Becker Cordano con Municipalidad de Cisnes”, RIT N° O-9-17 del Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Cisnes, de una cuantía de $ 13.681.379, en el sentido que la Municipalidad de Cisnes pagará a la actora la suma única y total de $ 4.000.000, dejándose expresa constancia de que no se reconoce la existencia de relación laboral. Cada parte soportará sus costas.

En atención a que se la estima conveniente al interés fiscal, considerando el ahorro que se obtiene frente a la suma demandada, a la jurisprudencia actual de los tribunales superiores respecto a la materia controvertida y a que la entidad requirente ha dado su consentimiento.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Luis Valdés Zúñiga y Otro con Municipalidad de Cisnes”, RIT N° O-4-17 del Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Cisnes, de una cuantía de $ 35.759.474, en el sentido que la Municipalidad de Cisnes pagará las sumas únicas y totales de $ 4.000.000 al Sr. Luis Valdés y de $ 5.200.000 al Sr. Luis Torres, dejándose expresa constancia de que no se reconoce la existencia de relación laboral. Cada parte soportará sus costas.

Por cuanto se la estima conveniente al interés fiscal, considerando el ahorro que se obtiene en comparación a lo frente a la suma demandado, a la jurisprudencia actual de los tribunales superiores respecto a la materia controvertida y al consentimiento dado por la entidad requirente.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Teresa Duamante Barría con Municipalidad de Cisnes”, RIT N° M-5-17 del Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Cisnes, de una cuantía de $ 6.792.688, en el sentido que la Municipalidad de Cisnes pagará a la actora la suma única y total de $ 1.500.000, dejándose expresa constancia de que no se reconoce la existencia de relación laboral. Cada parte soportará sus costas.

Debido a que se considera que es conveniente para el interés fiscal, considerando el ahorro que se obtiene frente a la suma demandada, a la actual jurisprudencia de los tribunales superiores respecto a la materia controvertida y a que la Municipalidad ha dado su consentimiento.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Jimena Oyarzo Villegas con Municipalidad de Cisnes”, RIT N° O-8-17 del Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Cisnes, de una cuantía de $ 16.635.592, en el sentido que Municipalidad de Cisnes pagará a la actora la suma única y total de $ 3.717.592, dejándose expresa constancia de que no se reconoce la existencia de relación laboral. Cada parte soportará sus costas.

Por ser conveniente al interés fiscal, considerando el ahorro que se permite obtener frente a la suma demandada, a la jurisprudencia actual de los tribunales superiores sobre la materia controvertida y a que la entidad requirente ha dado su consentimiento.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Carla Aguila Galleguillos y Otro con Municipalidad de Cisnes”, RIT N° O-2-17 del Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Cisnes, de una cuantía de $ 18.784.490, en el sentido que la Municipalidad de Cisnes pagará a la Sra. Carla Aguila la suma única y total de $ 4.200.000, dejándose expresa constancia de que no se reconoce la existencia de relación laboral. Cada parte soportará sus costas.

En atención a que se las estima conveniente al interés fiscal, considerando el ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas en cada caso, a la jurisprudencia actual de los tribunales superiores respecto a la materia controvertida y a que la entidad requirente ha dado su consentimiento.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Vásquez Plaza, Misael con Constructora Vicybar Ltda. y Dirección General de Servicios de la Armada”, RIT N° O-344-17 del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, de una cuantía de $ 6.599.354, en el sentido que se pagará al actor la suma de $ 1.601.893, más lo devengado por concepto de cotizaciones previsionales y seguro de cesantía correspondientes al periodo desde el 1 de enero al 12 de agosto de 2016. Cada parte soportará sus costas.

Por estimarla conveniente al interés fiscal, dado el ahorro que se obtiene frente a lo establecido en la sentencia dictada en autos, a la jurisprudencia actual, a la opinión favorable del ente requirente y la circunstancia de que se cuenta con recursos retenidos con los cuales pagar al actor.

  • Desistirse del recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto en la causa “Molina con Embajada de México”, RIT N° O-4.565-15 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

A fin de mantener la jurisprudencia existente en la materia.

  • No intervenir en la investigación RUC N° 1700174564-6 de la Fiscalía de Delitos de Alta Complejidad de la Fiscalía Regional Metropolitana Centro Norte.

En atención a que el estudio de los antecedentes no da cuenta de la existencia de un ilícito penal.

 

CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO