Sesión del 12 de mayo de 2009

En Sesión Ordinaria celebrada el 12 de mayo de 2009, el Consejo del Consejo de Defensa del Estado adoptó los siguientes acuerdos:

 

ACUERDO
Aprobar la proposición de facilidades de pago en la causa “Fisco con Max Antonio Martínez Carrasco”, Rol Nº 11.295-08 del Primer Juzgado Civil de Rancagua, en los siguientes términos: a) El Sr. Martínez pagará al Fisco $ 10.331.685, en cuatro cuotas anuales, iguales y sucesivas de $ 2.000.000 y una final de $ 2.331.685; la primera cuota se pagará a la fecha de suscripción del respectivo escrito de transacción; b) Para efectos de la reajustabilidad futura, el monto acordado y sus cuotas deberán ser expresados en unidades de fomento, conforme el valor de dicha unidad a la fecha del presente acuerdo; c) Se condonarán los intereses futuros, sin perjuicio de los que se devenguen por la mora; d) Se deberá incluir cláusula de aceleración; e) En garantía del cumplimiento de la obligación, se deberán mantener las medidas precautorias de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de los derechos que el deudor tiene en las Sociedades Agrícola Santa Ana Limitada y Martínez y Morales Limitada, hasta el pago total de la deuda; además, se deberá constituir hipoteca sobre la propiedad raíz inscrita a fojas 6.434, número 4.072, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua correspondiente al año 2004.
ACUERDO
Encomendar a los Consejeros Sra. Veloso, Sr. Quintana, Sra. Horvitz y Sr. Varela, efectuar un estudio sobre el sistema de asignación de causas a Abogados Consejeros y abogados de las Procuradurías Fiscales, en particular de la de Santiago, y proponer al Sr. Presidente el rediseño del que se aplica actualmente en los aspectos que estimen pertinentes.

 

ACUERDO
Encomendar a la Procuraduría Fiscal de Santiago que prepare para la firma del Sr. Presidente un oficio dirigido al Sr. Presidente de la Corte Suprema, por el cual se informe sobre la aparente existencia de una banda delictual dedicada a apropiarse fraudulentamente de dineros consignados por el Fisco en procedimientos de expropiación, la que posiblemente opera a lo largo del país, y de los antecedentes de que se dispone, con el objeto de que esa superioridad formule las advertencias correspondientes, si lo estima del caso.

 

ACUERDO
Mantener, por ahora, el reparo propuesto por la abogada Sra. Viviana Duarte respecto del artículo 49 de los estatutos de la corporación Circolo Italiano de Villa Alemana, en lo que guarda relación con la liquidación de los bienes en caso de disolución. Además, disponer que los abogados que informan personalidades jurídicas precisen los fundamentos de dicho reparo y solicitar al Departamento de Estudios un informe sobre tales fundamentos, a la luz de lo dispuesto en el artículo 561 del Código Civil.

 

ACUERDO
Transigir en la causa “Fisco con Empresa de Correos de Chile”, Rol Nº 11.262-05 del Décimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, en los siguientes términos: a) La empresa demandada no se opondrá a la petición fiscal de rectificar la referencia errónea a una inscripción conservatoria contenida en la sentencia de primera instancia ni recurrirá en contra de lo principal de ésta; b) El Fisco no cobrará las costas del juicio.

 

 

CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO