SESIÓN 28 DE MAYO DE 2019

DÉCIMA SEXTA SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO

FECHA: 28 de MAYO de 2019

ASISTENCIA:
Presidida por la Sra. María Eugenia Manaud Tapia, con la asistencia de los Consejeros Sra. Clara Szczaranski Cerda, Sra. Paulina Veloso Valenzuela, Sr. Rodrigo Quintana Meléndez, Sra. Ana María Hübner Guzmán, Sr. Jaime Varela Aguirre, Sr. Daniel Martorell Correa, Sr. Juan Peribonio Poduje y Sr. Raúl Letelier Wartenberg
Ausentes el Sr. Carlos Mackenney Urzúa y la Sra. María Inés Horvitz Lennon, quienes hacen uso de feriado legal.

ACUERDO Y FUNDAMENTOS:

  • Aprobar el acuerdo adoptado en la mediación Rol N° SNMIG-2018-14827, entre la Sra. Juan Cancino y Otros y el Hospital Barros Luco Trudeau, en los términos que constan del acta de 19 de febrero de 2019, en el sentido que el Hospital reclamado pagará a la Sra. Ana Rosa Guzmán Cáceres, viuda del paciente fallecido, la suma única de $ 50.000.000, a título de indemnización, en el entendido que los demás reclamantes han renunciado a la parte que pudiera corresponderle del monto indemnizatorio. A su vez, todos los reclamantes renuncian a sus acciones contra el referido Hospital y el Servicio de Salud Metropolitano Sur, y toda persona natural dependiente de éstos.

En consideración a que se trata de una indemnización de un monto adecuado, atendida la naturaleza del daño sufrido. Se tiene en cuenta, además, la posibilidad de condena en un eventual juicio indemnizatorio.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fisco-MOP con Sociedad Austral de Electricidad S.A.”, Rol N° 3.090-15 del Primer Juzgado Civil de Valdivia, sobre cobro de pesos, de una cuantía de $ 1.010.375.994, en los siguientes términos: a) La empresa demandada pagará al Fisco, al contado, al momento de suscribir la respectiva transacción, la suma de $ 1.010.375.994, así como los reajustes y el diez por ciento de los intereses que se hayan devengado desde la fecha de notificación de la demanda y hasta la fecha de pago; b) Además, la empresa pagará la suma de $5.000.000 por concepto de costas; c) El Fisco renunciará al saldo de los intereses. El presente acuerdo se materializará previa aprobación del Ministerio de Hacienda.

En atención a que se paga la mayor parte de lo adeudado y las costas de la causa al contado.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Capacitación de Personal de Seguridad Ltda.”, Rol Nº 32.104-17 del Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, sobre cobro de multa sanitaria, de una cuantía de 200 UTM, en el siguiente sentido: a) La demandada pagará doce cuotas mensuales, iguales y sucesivas de 16,7 UTM; b) EL Fisco renunciará a los intereses devengados y futuros, a excepción de los que se generen por una eventual mora; c) Cada parte soportará sus costas.

En consideración a que se paga la totalidad de la multa en un periodo relativamente corto.

  • No acceder a la solicitud de condonación efectuada por la Sra. Astrid Diaz, respecto de las costas generadas en las reclamaciones presentadas en las causas Roles Nºs 10.386-15, 7.505-15, 7.056-15, 7.058-15, 6.684-15 y 6.678-15 de la Corte de Apelaciones de Concepción.

Por entender que no existiría mérito para acceder a lo pedido.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Ingenio Publicidad S.A.”, Rol N° 31.647-18 del Décimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, sobre cobro de multa sanitaria, de una cuantía de 200 UTM, en el siguiente sentido: a) La demandada pagará la suma de $ 9.603.200, mediante una cuota al contado de $ 2.000.000, al momento de suscribir la respectiva escritura, más otras siete cuotas mensuales y sucesivas de $1.000.000 y una cuota final de $ 603.200; b) El Fisco renunciará a los reajustes e intereses devengados y futuros, a excepción de los que se generen por una eventual mora; Se deberá incorporar cláusula de caducidad del plazo; d) Cada parte soportará sus costas.

En consideración a que se paga el capital demandado en un periodo relativamente corto y a que el monto de los reajustes e intereses que se condona es menor.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Vitrotec S.A.”, Rol N° 36.061-17 del Vigésimo Segundo Juzgado Civil de Santiago, sobre cobro de multa sanitaria, de una cuantía de 120 UTM, en el siguiente sentido: a) La demandada pagará cuatro cuotas mensuales, iguales y sucesivas de 30 UTM; b) El Fisco renunciará a los intereses devengados y futuros, a excepción de los que se generen por una eventual mora; c) Se incorporará cláusula de caducidad del plazo; d) Cada parte soportará sus costas.

En consideración a que se paga la totalidad de la multa en un periodo que se estima razonable.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Fábrica de Muebles Castelli Ltda.”, Rol N° 4.968-16 del Séptimo Juzgado Civil de Santiago, sobre cobro de multa sanitaria, de una cuantía de 150 UTM, en el siguiente sentido: a) La demandada pagará al Fisco la suma de $ 4.000.000, mediante cuarenta cuotas mensuales y sucesivas de $ 100.000; b) El Fisco renunciará al saldo del capital y reajustes devengados y futuros, a excepción de los que se generen por una eventual mora; c) Se deberá incluir cláusula de caducidad del plazo; d) Se mantendrá el embargo trabado en autos hasta el pago final de la deuda; e) Cada parte soportará sus costas.

En consideración a la situación económica de la empresa, debidamente acreditada, y al estado de salud del proponente.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Fisco con Elizabeth González Manríquez”, Rol N° 3.766-18 del Primer Juzgado de Letras de La Serena, sobre cobro de pesos, en los siguientes términos: a) La demandada restituirá al Fisco, por concepto de honorarios percibidos indebidamente, la suma única y total de $ 2.574.910, al contado, al momento de suscribir el respectivo acuerdo; b) El Fisco retirará la demanda de cobro de pesos correspondiente; c) Cada parte pagará sus costas.

En consideración a que el contrato de honorarios que infringía la prohibición de la ley Nº 20.734 no fue tomado de razón por la Contraloría General de la República.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Acevedo Rojas, Cecilia con Ministerio de Obras Públicas”, RIT N° O-6.845-18 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido de una cuantía de $ 19.397.908, más cotizaciones previsionales, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 7.400.000, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Tapia Castillo, Hernán con Consejo de Defensa del Estado”, RIT N° O-766-19 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 30.060.394, más cotizaciones previsionales, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 19.367.375, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Abarca Page, Karina con Ministerio de Educación”, RIT N° O-6.694-18 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 14.729.295, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 5.611.160, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Salgado Poehlmann, Pablo con Fisco”, RIT N° O-689-19 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido de una cuantía de $ 28.080.038, más cotizaciones previsionales, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 15.000.000, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Barrera Reyes, Jonathan con Subsecretaría de Transportes”, RIT N° O-1.063-19 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido de una cuantía de $ 3.696.144, más cotizaciones previsionales, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 1.586.554, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Christian Pereira Rojas con Fisco”, RIT N° T-86-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, sobre tutela de derechos constitucionales, de una cuantía de $ 19.408.514, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 5.236.110, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Francisco José Pizarro Bravo con Subsecretaría de Transportes”, RIT N° T-413-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, sobre tutela de derechos constitucionales, de una cuantía de $ 50.238.370, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 4.961.700, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común durante el desempeño a honorarios. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “Carquin Núñez, Claudia con Fisco”, RIT N° T-890-18 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, tutela de derechos constitucionales.

Por entender que no existen indicios de la vulneración demandada y que no es posible transigir respecto de las labores que deba desempeñar la funcionaria.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Leiva Leiva, René con Fisco”, RIT N° T-1.711-18 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre tutela de derechos constitucionales, de una cuantía de $ 26.528.161, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 8.000.000. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Loncón Antileo, Juan con Fisco”, RIT N° T-964-18 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre tutela de derechos constitucionales, de una cuantía de $ 63.564.975, en el sentido que se pagará al actor la suma única y total de $ 12.404.700. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Corvalán Kimura, Rayen con Subsecretaria del Interior”, RIT N° T-1.854-18 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre tutela de derechos constitucionales, de una cuantía de $ 22.550.598, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 7.000.000, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Espinoza Rodríguez, Fresia y Otra con Genco S.A. y Otro”, RIT N° O-4.116-18 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido, de una cuantía de $ 12.943.528, en el sentido que se pagará la suma de $ 1.654.297 a cada una de las dos actoras. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “Fernández Chicharro, José con Fisco”, RIT N° O-6.360-18 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre nulidad de despido.

Por estimar que la suma propuesta es demasiado elevada y no considera el tope establecido en el artículo 172 del Código del Trabajo.

  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “Pereira Ortiz, Moisés Con Fisco”, RIT N° T-1.490-18 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre tutela de derechos constitucionales.

En consideración a que el actor, como funcionario de Carabineros, tiene un estatuto especial que hace improcedente la aplicación del procedimiento de tutela, y porque la desvinculación se efectúa en virtud de la decisión de la comisión técnica institucional.

  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “Valenzuela Aravena Juan Carlos con Fisco”, RIT N° T-66-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua, sobre tutela de derechos constitucionales.

Por entender que el actor se desempeñaba en un cargo de exclusiva confianza.

  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “González Medina, Alfredo con Subsecretaría General de Gobierno”, RIT N° O-6.530-18 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre despido injustificado.

En atención a que las labores desempeñadas por el actor son cometidos específicos y determinados, que se extendieron por un plazo acotado.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Calderón Alarcón, Ana con Fisco”, RIT N° T-644-18 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre tutela de derechos constitucionales, de una cuantía de $ 67.884.899, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 4.356.250, dejándose expresa constancia que no se reconoce la existencia de relación laboral de derecho común. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Calvo Lepe, Wendoline con Fisco”, RIT N° T-56-19 del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, sobre tutela de derechos constitucionales, de una cuantía de $ 36.725.842, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $6.972.227. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • No aprobar la proposición de transacción en la causa “Rocío Félix Rosas con Fisco (Ministerio de Salud)”, RIT N° T-182-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique, sobre tutela de derechos constitucionales.

En atención a que la resolución que dispone el término anticipado se funda en antecedentes objetivos sobre el desempeño de la actora.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Contreras Oyarzún, Paula Beatriz con Ministerio del Interior y Seguridad Pública”, RIT N° T-16-19 del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt, sobre tutela de derechos constitucionales, de una cuantía de $ 24.299.720, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 6.067.002. Cada parte soportará sus costas.

En consideración al ahorro que se obtiene frente a las sumas demandadas y la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “CDE con Sociedad Contractual Minera Bahía Inglesa Ltda. y Otro”, Rol N° 5.532-2004 del Segundo Juzgado de Letras de Copiapó, sobre acción de reparación ambiental, en los términos del proyecto de escritura pública que se archiva en Secretaría. Se faculta al Sr. Abogado Procurador Fiscal de Copiapó para comparecer en la escritura de transacción. El presente acuerdo se materializará una vez aprobado por el Ministerio de Hacienda.

Por entender que de esta forma se da cumplimiento a la sentencia ejecutoriada que permitirá el establecimiento de medidas a favor de la conservación patrimonial.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Marín Badilla, Elizabeth con Servicios Generales Time Ltda. y Otro”, RIT Nº M-457-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua, sobre despido injustificado, de una cuantía de $ 536.377, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 321.826. Cada parte soportará sus costas.

En consideración a la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Aprobar la proposición de transacción en la causa “Menares Vallejos, Bernarda con Servicios Generales Time Ltda. y Otro”, RIT Nº M-448-18 del Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua, sobre despido injustificado, de una cuantía de $ 611.775, en el sentido que se pagará a la actora la suma única y total de $ 367.065. Cada parte soportará sus costas.

En consideración a la jurisprudencia actual de los tribunales superiores de justicia respecto a la materia controvertida.

  • Interponer querella por el delito de estafa, en la causa RUC Nº 1800167062-6 de la Fiscalía de Delitos de Alta Complejidad.

Por entender que los hechos investigados revestirían el carácter del delito de que se trata.

  • Ejercer una acción ambiental en contra de la Compañía Contractual Minera Candelaria, en relación con los daños sufridos por las napas subterráneas, a consecuencia de las actividades de explotación minera efectuadas en la comuna de Tierra Amarilla.

Por entender que existe daño por la actividad desarrollada por la empresa minera.

Consejo de Defensa del Estado