SESIÓN DEL 13 DE ABRIL DE 2010

En Sesión Ordinaria celebrada el 13 de abril de 2010, el Consejo del Consejo de Defensa del Estado adoptó los siguientes acuerdos:

ACUERDO
Aprobar el acuerdo alcanzado en la mediación Rol IQUIQ-2009-03337, entre la Sra. Elvira Pairoa Ramos y Otros y el Servicio de Salud Iquique, en los términos que constan del Acta de Acuerdo de fecha 18 de enero último.

ACUERDO
Rechazar la proposición de transacción en la causa “Urrejola, Carlos con Fisco”, RIT Nº T-84-2009 del Segundo Juzgado del Trabajo de Santiago, en los términos formulados, sin perjuicio de facultar a la abogada patrocinante para transigir en la audiencia de 15 de abril próximo, en el sentido de que el Fisco pagará al actor una suma única y total no superior a $ 11.000.000, soportando cada parte sus costas.

ACUERDO
Aprobar la solicitud de facilidades de pago en la causa “Fisco con Catrián Bustos”, Rol Nº 17.104-06 del Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago, en los siguientes términos: a) El Sr. Catrián pagará al Fisco $ 2.682.150, mediante sesenta y seis cuotas iguales, mensuales y sucesivas de $ 40.000 y una final de $ 42.150, la primera de ellas a la fecha de suscripción del escrito de transacción; b) Para efectos de la reajustabilidad futura, el monto anterior y sus cuotas deberá ser expresado en unidades de fomento, conforme el valor de dicha unidad a la fecha del presente acuerdo; c) Se condonará el interés futuro, salvo aquel que pueda devengarse por la eventual mora; d) Se deberá incluir cláusula de aceleración; e) Cada parte soportará sus costas.

ACUERDO
Aprobar la solicitud de facilidades de pago en la causa “C.D.E. con Jorge Raúl Quevedo Lira”, Rol Nº 1.478-06 del Segundo Juzgado de Letras de Copiapó, en los siguientes términos: a) El Sr. Quevedo pagará al Fisco 55,71 UF, mediante dieciocho cuotas iguales, mensuales y sucesivas de 3 UF cada una, a partir de la fecha de suscripción del convenio de pago, más una final de 1,71 UF, y al Consejo de Defensa del Estado la suma 8,39 UF por concepto de costas, en dos cuotas mensuales iguales y sucesivas de 3 UF, y una final de 2,39 UF, a partir del mes siguiente al del término del pago de las cuotas del capital; b) Se condonará el interés devengado y futuro, sin perjuicio del que se devengue por la mora; c) Se deberá incluir cláusula de aceleración; d) En garantía del cumplimiento de la obligación, se deberá mantener la medida precautoria trabada en el juicio.

ACUERDO
Recurrir de casación en el fondo en contra del fallo de segundo grado dictado en la causa “María Ortiz Rojas y Otros con Fisco”, Rol Nº 5.341-03 del Primer Juzgado Civil de Santiago.

ACUERDO
No aceptar la proposición de transacción formulada en la causa “María Ortiz Rojas y Otros con Fisco”, Rol Nº 5.341-03 del Primer Juzgado Civil de Santiago.

ACUERDO
Extender la autorización relativa a las demandas de cobro de pesos otorgada en el número 20 del oficio circular A Nº 474, de 25 de enero de 2007, a las gestiones preparatorias de la vía ejecutiva y a las gestiones voluntarias, aumentándose los montos de 35 UF allí mencionados a la suma de 50 UF.

ACUERDO
Poner en conocimiento de los Sres. Ministros de Hacienda y de Salud, mediante oficio explicativo, el informe estadístico elaborado por la Unidad de Mediación sobre mediaciones en salud efectuadas entre los años 2005 y 2009.

 

                CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO