CDE INFORMA PRECISIONES EN RELACIÓN AL VEREDICTO ABSOLUTORIO DE SENTENCIADO EN CASO HOTEL PRINCIPADO

(14.11.2022) EL Consejo de Defensa del Estado, en cumplimiento de su obligación legal, el 21 de noviembre de 2019 dedujo querella contra los imputados Matías Rojas, Benjamín Espinoza y Jesús Zenteno, como autores de delitos contemplados en el artículo 14 D de la Ley N° 17.798, sobre control de armas y el delito de incendio contemplado en el artículo 475 Nº 1 del Código Penal, por los hechos que afectaron  la estación de metro Baquedano y a la construcción del edificio de la Universidad de Chile, inmuebles que se ubican cerca del Hotel Principado, ocurridos los días 12 y 14 de noviembre de 2019. 

Al respecto y en referencia al veredicto absolutorio dictado por el Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago el día de hoy, en favor de Jesús Zenteno, señalar que lo informado hace referencia a los delitos imputados por los hechos ocurridos el 12 de noviembre de 2019, esto es como autor del ilícito de incendio que afectó a inmuebles cercanos al Hotel Principado, manteniéndose para el imputado todas las condenas y la condición procesal de los hechos ocurridos el 14 de noviembre.

De acuerdo con los hechos de esta causa, el 10 de mayo de 2021 el TOP conociendo del respectivo juicio oral dictó sentencia condenatoria respecto de los 3 imputados, por los delitos de la ley de control de armas, por los hechos ocurridos el 12 y 14 de noviembre, fijando penas privativas de libertad efectivas. Se desestimó la concurrencia del delito de incendio por interpretar que no concurrían ciertos elementos del tipo penal.

Las defensas dedujeron recurso de nulidad y, en fallo del 12 de noviembre de 2021, la Corte Suprema dispuso que se realizara un nuevo juicio oral sólo por los hechos ocurridos el 12 de noviembre de 2019, quedando ejecutoriada la sentencia, es decir, “determinada definitivamente” respecto a la condena por los hechos del día 14 de noviembre, para los 3 imputados.

Con relación a los hechos del día 12 de noviembre de 2019, y producto del nuevo juicio oral realizado en contra de dos de los tres imputados, con fecha 31 de mayo de 2022 se conoció la decisión absolutoria del 3° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago respecto de Benjamín Espinoza y Matías Rojas.

Luego, el 28 de junio de 2022, el 8° Juzgado de Garantía de Santiago complementó dicha resolución señalando que respecto de los imputados Benjamín Espinoza Gatica, Matías Rojas Marambio y Jesús Zenteno Guiñez, resultaban condenados, con sentencia firme por el 3° TOP, por los delitos contemplados en la ley de control de armas, a penas privativas de libertad, por los hechos ocurridos el día 14 de noviembre de 2019, instruyendo en esa oportunidad orden de detención en contra de estos tres imputados, a fin de que cumplan las penas asignadas a sus delitos.

Respecto de Jesús Zenteno, el juicio quedó pendiente por problemas en la defensa de dicho imputado.

Este último, fue absuelto el día de hoy de los delitos ocurridos el 12 de noviembre de 2019, pero mantiene sus condenas por los hechos relacionados a la ley de Control de Armas por los que fue acusado el 14 de noviembre del mismo año.

En consecuencia, en la actualidad los 3 imputados, se encuentran condenados a penas efectivas de:

  • Matías Rojas, 5 años y un día de presidio, como autor de tres delitos de elaboración de artefactos incendiarios.
  • Benjamín Espinoza, 6 años de presidio como autor de tres delitos de elaboración de artefactos incendiarios y seis delitos de arrojar artefactos incendiarios.
  • Jesús Zenteno, 6 años de presidio como autor de dos delitos de elaboración de artefactos incendiarios y un delito de arrojar artefacto incendiario.