CDE REALIZA ALEGATO DE APERTURA EN AUDIENCIA DE JUICIO ORAL POR CASO CORPESCA

29.03.2019 Ayer jueves, cuarto día de audiencias del juicio oral por el caso Corpesca, en el que se persigue delitos funcionarios asociados al financiamiento ilícito de la política, el Consejo de Defensa del Estado realizó su alegato de apertura como querellante particular en la causa por los delitos de cohecho y fraude al Fisco en contra de un ex senador; cohecho contra una ex diputada; y cohecho contra la empresa Corpesca, por la responsabilidad que le cabe en el marco de la ley sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.

El CDE intervino en este juicio de acuerdo al mandato de su Ley Orgánica de perseguir los delitos cometidos en el desempeño de sus funciones por funcionarios públicos o empleados de organismos del Estado, especialmente tratándose de delitos de cohecho, soborno y negociación incompatible.

En su alegato, que se extendió por 50 minutos, la abogada a cargo de la Unidad de Litigio Penal de la Procuraduría Fiscal de Santiago, Luppy Aguirre, se refirió consecuencialmente a los antecedentes reunidos en la etapa de investigación de la causa, que sustentarían la infracción a los deberes funcionarios.

“La infracción de los deberes del cargo, en este caso, estuvo directamente conectado con el beneficio económico recibido por el ex senador (…). Lo que hay realmente aquí es un pago de las deudas de campañas políticas. Eso es un beneficio económico porque, indudablemente, una campaña política se paga con dinero y, por lo tanto, es beneficio económico en los términos descritos en el artículo 248 bis del Código Penal”, indicó. A este respecto, el CDE afirmó que la apropiación indebida de fondos fiscales fue desplegada entre 2009 y 2016, año en que el ex senador mantuvo dichas conductas, a pesar de que se presentó la solicitud para su desafuero.

Responsabilidad penal de Corpesca

Respecto de la responsabilidad penal de Corpesca S.A. como persona jurídica, el Consejo subrayó el hecho de que ésta no haya realizado ninguna actividad a lo largo del tiempo para evitar la comisión de los delitos. “Si Corpesca hubiese tenido un plan efectivo y la intensión real de tener un plan de prevención que estuviese funcionando para efectos de evitar estos actos, esta situación no podría haberse extendido durante la cantidad de años que se extendió”.

La abogada del CDE finalizó su alegato  solicitando “las máximas sanciones, tanto por la reiteración en el caso de los funcionarios públicos, como por la naturaleza de la infracción que se comete por parte de la persona jurídica”.